En 30 segundos · Qué es. El Convenio Colectivo Provincial de Oficinas y Despachos de Bizkaia era el marco de un sector amplísimo —estudios técnicos, delineación, cámaras y colegios, administradores/as de fincas, ingenierías, consultorías y empresas de informática— que emplea a unas 35.000 personas. Su último texto firmado abarcó 2009-2012 y se publicó en el BOB nº 107 del 6 de junio de 2011.
Por qué no tiene vigencia. El convenio se denunció en diciembre de 2012 y decayó a finales de 2013: la reforma laboral de 2012 (Ley 3/2012) suprimió la ultraactividad indefinida, así que, agotado el plazo de prórroga sin convenio nuevo, el texto perdió vigencia. No es un convenio "congelado que se sigue aplicando": es un convenio decaído, sin fuerza normativa propia desde hace más de una década.
Qué cobras hoy. Tu referencia dejó de ser aquella tabla. Se aplica el convenio de ámbito estatal que corresponda a la actividad de tu empresa, el Estatuto de los Trabajadores y, como suelo infranqueable, el SMI (17.094 €/año en 2026). El dato que lo resume todo: las últimas cifras del convenio (2012) fijaban a un/a auxiliar administrativo/a en 16.715-17.207 €/año — el SMI de 2026 ya las ha alcanzado.
Qué se está negociando. La mesa se reabrió en diciembre de 2025 tras años de bloqueo (unas 35 reuniones sin acuerdo). Los sindicatos (ELA, LAB, CCOO, UGT y otras organizaciones) quieren recuperar el convenio con un salario mínimo de sector; la patronal CEBEK considera "inasumible" pagar atrasos de trece años y rechaza partir del convenio de 2012 como base. El vacío no ha dejado de crecer: afectaba a unas 22.000-23.000 personas cuando el convenio decayó (2013) y hoy ronda las 35.000.
Qué cobras hoy (2026), si el convenio decayó
La pregunta que trae a casi todo el mundo aquí es sencilla: «mi sector no tiene convenio propio, ¿qué se supone que cobro?». La respuesta tiene tres capas, de abajo arriba:
- El suelo absoluto es el SMI. Ninguna empresa puede pagar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, que en 2026 es de 17.094 € brutos anuales (1.221 €/mes × 14 pagas — Real Decreto 126/2026).
- Encima, el convenio estatal que aplique. Al decaer el convenio provincial, se aplica el convenio colectivo de ámbito superior correspondiente a la actividad concreta de la empresa (consultoría, ingeniería, gestión, etc.), además del Estatuto de los Trabajadores para todo lo demás.
- Y, de facto, lo que cada empresa conservó. Muchas empresas mantuvieron por costumbre parte de las condiciones del viejo convenio (jornada, pagas, complementos). No es una obligación uniforme, sino un mosaico empresa a empresa.
¿Por qué se ha quedado tan atrás? Porque el tiempo jugó en contra. Entre 2012 y 2026 el SMI en España casi se ha duplicado, mientras las tablas de Oficinas y Despachos de Bizkaia se quedaron clavadas en las cifras de 2012. Lo que entonces era un salario digno para un/a auxiliar administrativo/a (unos 1.147 €/mes) hoy se lo ha comido la inflación y las sucesivas subidas del salario mínimo.
Qué puedes hacer como trabajador/a del sector
Trabajar en un sector sin convenio propio desde hace más de una década no te deja sin derechos, pero sí te obliga a ser más proactivo/a. Conviene separar dos frentes: reclamar lo que te corresponde hoy (individual) y ayudar a recuperar el convenio (colectivo).
Para asegurar tu salario y tus condiciones actuales
- Averigua qué convenio te aplica. Al decaer el provincial, rige el convenio de ámbito estatal de tu actividad concreta (consultoría, ingeniería, gestión administrativa…). Pregúntalo a la empresa o a la representación legal, o búscalo en el registro de convenios (REGCON). Sin ese dato no sabes cuál es tu suelo real.
- Comprueba que no cobras por debajo del mínimo. Ni del SMI (17.094 €/año en 2026) ni del convenio estatal que te aplique. Si tu bruto anual queda por debajo, tienes derecho a la diferencia.
- Guarda tus nóminas y tu contrato. Las condiciones que tu empresa te haya venido aplicando de forma habitual (30 días de vacaciones, 15 pagas, complementos del viejo convenio) pueden constituir una condición más beneficiosa consolidada en tu relación individual. Documentarlo es clave si algún día te las quieren recortar.
- Reclama a tiempo. Las diferencias salariales prescriben normalmente al año (art. 59 del Estatuto de los Trabajadores). Ante un impago: primero reclamación interna por escrito; si no se resuelve, papeleta de conciliación y, en su caso, demanda. Una asesoría laboral o tu sindicato te orientan.
Para recuperar el convenio (la vía colectiva)
Un convenio no lo devuelve un trámite: se recupera con presión en la mesa negociadora. Y esa presión se canaliza a través de la representación de los trabajadores, no en solitario.
- Afíliate y participa. Los distintos sindicatos del sector —de los mayoritarios a los más combativos— son quienes se sientan en la comisión negociadora frente a CEBEK. Cuanta más afiliación y respaldo, más fuerza tienen para no conformarse con un "marco de mínimos" a la baja. Elige el que mejor represente tu posición: "presionar al sindicato" es, en la práctica, sumarte a uno y empujar desde dentro.
- Impulsa representación en tu empresa. A partir de 6 personas en plantilla se puede elegir delegado/a de personal; a partir de 50, comité de empresa (art. 62 del ET). Con representación, tu centro gana voz en el conflicto y capacidad de negociar condiciones.
- Convenio de empresa como plan B. Ante el vacío sectorial, una plantilla organizada puede negociar un convenio propio de empresa, que fija condiciones por escrito y con vigencia. No sustituye al sectorial, pero blinda tu centro mientras aquel no llega.
- Infórmate y haz seguimiento. Las secciones sindicales del sector y sus blogs (como los de las plataformas de trabajadores/as de oficinas de Bizkaia) publican el estado de cada ronda de negociación. Estar al día te permite responder a movilizaciones y consultas cuando toca.
Las últimas tablas del convenio (2012), hoy sin vigencia
Estas son las últimas tablas salariales registradas del convenio: la revisión de 2012, publicada en el BOB del 23 de febrero de 2012 con un incremento del +3% sobre las cifras de diciembre de 2011. Desde entonces no se han vuelto a actualizar. Las reproducimos íntegras como referencia histórica —no como salario en vigor— porque son la base de la negociación y de lo que muchas empresas mantuvieron de facto. La columna «Frente al SMI 2026» muestra hasta qué punto el salario mínimo ha alcanzado la escala.
Bloque 1 · Empresas de ingeniería e informática (tabla 2012)
| Categoría | Salario/mes 2012 | Anual (15 pagas) | Frente al SMI 2026 |
|---|---|---|---|
| Titulado/a grado superior | 1.921,32 € | 28.819,83 € | Superior |
| Analista | 1.921,32 € | 28.819,83 € | Superior |
| Titulado/a grado medio | 1.722,57 € | 25.838,49 € | Superior |
| Jefe/a superior | 1.722,57 € | 25.838,49 € | Superior |
| Técnico/a de cálculo y diseño | 1.633,14 € | 24.497,06 € | Superior |
| Jefe/a de 1.ª | 1.633,14 € | 24.497,06 € | Superior |
| Cajero/a con firma | 1.633,14 € | 24.497,06 € | Superior |
| Analista programador/a | 1.633,14 € | 24.497,06 € | Superior |
| Programador/a de ordenador | 1.633,14 € | 24.497,06 € | Superior |
| Delineante proyectista | 1.537,03 € | 23.055,46 € | Superior |
| Jefe/a de 2.ª | 1.537,03 € | 23.055,46 € | Superior |
| Cajero/a sin firma | 1.537,03 € | 23.055,46 € | Superior |
| Programador/a de maquinaria auxiliar | 1.537,03 € | 23.055,46 € | Superior |
| Delineante proyectista de 2.ª | 1.479,38 € | 22.190,76 € | Superior |
| Oficial/a 1.ª administrativo/a | 1.421,73 € | 21.325,92 € | Superior |
| Operador/a de ordenador | 1.421,73 € | 21.325,92 € | Superior |
| Viajante | 1.421,73 € | 21.325,92 € | Superior |
| Delineante | 1.421,73 € | 21.325,92 € | Superior |
| Programador/a de 2.ª | 1.421,73 € | 21.325,92 € | Superior |
| Dibujante | 1.229,65 € | 18.444,74 € | Superior |
| Oficial/a de 2.ª administrativo/a | 1.229,65 € | 18.444,74 € | Superior |
| Perforista-grabador/a de 1.ª | 1.229,65 € | 18.444,74 € | Superior |
| Conserje | 1.229,65 € | 18.444,74 € | Superior |
| Operador/a de 2.ª | 1.229,65 € | 18.444,74 € | Superior |
| Telefonista-recepcionista | 1.172,03 € | 17.580,48 € | Superior |
| Oficial/a de 1.ª (oficios varios) | 1.172,03 € | 17.580,48 € | Superior |
| Cobrador/a | 1.172,03 € | 17.580,48 € | Superior |
| Vigilante | 1.172,03 € | 17.580,48 € | Superior |
| Dibujante de 2.ª | 1.172,03 € | 17.580,48 € | Superior |
| Delineante de 2.ª | 1.172,03 € | 17.580,48 € | Superior |
| Calcador/a | 1.114,35 € | 16.715,20 € | Por debajo |
| Auxiliar administrativo/a | 1.114,35 € | 16.715,20 € | Por debajo |
| Telefonista-ordenanza | 1.114,35 € | 16.715,20 € | Por debajo |
| Personal de limpieza | 1.114,35 € | 16.715,20 € | Por debajo |
| Oficial/a de 2.ª (oficios varios) | 1.114,35 € | 16.715,20 € | Por debajo |
| Perforista-grabador/a de 2.ª | 1.114,35 € | 16.715,20 € | Por debajo |
| Ayudantes de oficios varios | 999,08 € | 14.986,24 € | Por debajo |
| Auxiliar técnico/a | 938,04 € | 14.070,59 € | Por debajo |
| Aspirante y botones (menor de 18) | 656,90 € | 9.853,47 € | Por debajo |
Bloque 2 · Resto de sectores (tabla 2012)
| Categoría | Salario/mes 2012 | Anual (15 pagas) | Frente al SMI 2026 |
|---|---|---|---|
| Titulado/a grado superior | 1.977,82 € | 29.667,35 € | Superior |
| Analista | 1.977,82 € | 29.667,35 € | Superior |
| Titulado/a grado medio | 1.773,25 € | 26.598,69 € | Superior |
| Jefe/a superior | 1.773,25 € | 26.598,69 € | Superior |
| Técnico/a de cálculo y diseño | 1.681,16 € | 25.217,42 € | Superior |
| Jefe/a de 1.ª | 1.681,16 € | 25.217,42 € | Superior |
| Cajero/a con firma | 1.681,16 € | 25.217,42 € | Superior |
| Analista programador/a | 1.681,16 € | 25.217,42 € | Superior |
| Programador/a de ordenador | 1.681,16 € | 25.217,42 € | Superior |
| Delineante proyectista | 1.582,25 € | 23.733,82 € | Superior |
| Jefe/a de 2.ª | 1.582,25 € | 23.733,82 € | Superior |
| Cajero/a sin firma | 1.582,25 € | 23.733,82 € | Superior |
| Programador/a de maquinaria auxiliar | 1.582,25 € | 23.733,82 € | Superior |
| Delineante proyectista de 2.ª | 1.522,89 € | 22.843,29 € | Superior |
| Oficial/a 1.ª administrativo/a | 1.463,55 € | 21.953,19 € | Superior |
| Operador/a de ordenador | 1.463,55 € | 21.953,19 € | Superior |
| Viajante | 1.463,55 € | 21.953,19 € | Superior |
| Delineante | 1.463,55 € | 21.953,19 € | Superior |
| Programador/a de 2.ª | 1.463,55 € | 21.953,19 € | Superior |
| Dibujante | 1.265,75 € | 18.986,28 € | Superior |
| Oficial/a de 2.ª administrativo/a | 1.265,75 € | 18.986,28 € | Superior |
| Perforista-grabador/a de 1.ª | 1.265,75 € | 18.986,28 € | Superior |
| Conserje | 1.265,75 € | 18.986,28 € | Superior |
| Operador/a de 2.ª | 1.265,75 € | 18.986,28 € | Superior |
| Telefonista-recepcionista | 1.206,50 € | 18.097,48 € | Superior |
| Oficial/a de 1.ª (oficios varios) | 1.206,50 € | 18.097,48 € | Superior |
| Cobrador/a | 1.206,50 € | 18.097,48 € | Superior |
| Vigilante | 1.206,50 € | 18.097,48 € | Superior |
| Dibujante de 2.ª | 1.206,50 € | 18.097,48 € | Superior |
| Delineante de 2.ª | 1.206,50 € | 18.097,48 € | Superior |
| Calcador/a | 1.147,14 € | 17.207,09 € | Superior (+113 €) |
| Auxiliar administrativo/a | 1.147,14 € | 17.207,09 € | Superior (+113 €) |
| Telefonista-ordenanza | 1.147,14 € | 17.207,09 € | Superior (+113 €) |
| Personal de limpieza | 1.147,14 € | 17.207,09 € | Superior (+113 €) |
| Oficial/a de 2.ª (oficios varios) | 1.147,14 € | 17.207,09 € | Superior (+113 €) |
| Perforista-grabador/a de 2.ª | 1.147,14 € | 17.207,09 € | Superior (+113 €) |
| Ayudantes de oficios varios | 1.028,46 € | 15.426,89 € | Por debajo |
| Auxiliar técnico/a | 965,63 € | 14.484,39 € | Por debajo |
| Aspirante y botones (menor de 18) | 676,21 € | 10.143,14 € | Por debajo |
Ejemplo: Ainhoa, auxiliar administrativa en una gestoría de Bilbao
Ainhoa trabaja como Auxiliar Administrativa en una gestoría de Bilbao
Contrato indefinido. En el viejo convenio, su puesto encajaba en Auxiliar Administrativo/a, bloque «resto de sectores».
Lo que fijaba el convenio (última tabla, 2012): 1.147,14 €/mes × 15 pagas = 17.207,09 €/año
Lo que obliga el SMI 2026 (RD 126/2026): 1.221 €/mes × 14 pagas = 17.094,00 €/año
La última cifra del convenio y el mínimo legal de hoy están separados por 113 €: prácticamente idénticos.
Lo que Ainhoa cobra en 2026: al menos el SMI (17.094 €) — más lo que fije el convenio estatal aplicable
Como el convenio provincial decayó, la cifra de 2012 no es su salario garantizado: es un vestigio. Su suelo real es el SMI, y por encima se aplica el convenio de ámbito estatal que corresponda a la gestoría, más el Estatuto de los Trabajadores. Si su empresa mantuvo de facto condiciones del viejo convenio (30 días de vacaciones, 15 pagas, complemento de IT…), conviene que lo verifique en su contrato y sus nóminas. Calcula tu neto real con la calculadora de SalarioJusto aplicando el IRPF foral de Bizkaia.
Qué establecía el convenio (hoy sin vigencia)
Jornada, pagas y vacaciones (arts. 14, 15 y 23)
- Jornada anual: 1.742 horas de trabajo efectivo, 40 horas semanales de lunes a viernes; intensiva de verano de máximo 35 horas; 2 días de libre disposición.
- Vacaciones: 30 días naturales retribuidos al año, con nuevo periodo si caías de baja antes de disfrutarlas.
- 15 pagas: 12 mensualidades + 3 gratificaciones extraordinarias en marzo, julio y diciembre, cada una de una mensualidad de salario base más antigüedad.
Antigüedad (art. 20)
Complemento del 5% del salario base por cada trienio de servicio, devengado desde el 1 de enero del año en que se cumple, sobre la última categoría y salario base del convenio. Un porcentaje alto para los estándares actuales.
Baja por enfermedad y accidente (art. 21)
En enfermedad común o accidente no laboral con baja de más de 15 días, la empresa complementaba hasta el 100% del salario real desde el primer día, hasta un máximo de 10 meses al año; en accidente de trabajo, el 100% desde el primer día. Era una de las coberturas más generosas del texto.
Nocturnidad (art. 24)
El trabajo nocturno habitual (entre las 22:00 y las 6:00) se retribuía con un +100% sobre el salario, más antigüedad; se exceptuaba al personal contratado expresamente para horario nocturno.
Licencias retribuidas (art. 16)
- Matrimonio: 15 días naturales. Parejas de hecho equiparadas al matrimonio (con certificado de convivencia e inscripción).
- Nacimiento de hijo/a o fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención de parientes hasta 2.º grado: 2 días (4 si el desplazamiento supera 200 km).
- Traslado de domicilio: 1 día. Deber inexcusable público y personal: el tiempo indispensable. Lactancia: 1 hora.
- Permisos sin sueldo: hasta 15 días al año, una vez, con antigüedad mínima de un año (art. 18).
A quién cubría (art. 1)
El ámbito funcional era amplio: estudios técnicos y delineación; cámaras, colegios y asociaciones; administradores/as de fincas; oficinas de planificación y organización de empresas y contable; cobradores/as de giros y mensajerías; empresas de servicios de informática; ingenierías y consultorías; y oficinas sujetas a la antigua Ordenanza Laboral de Oficinas y Despachos. Se aplicaba a las empresas con domicilio o centro de trabajo en Bizkaia (art. 2), salvo la alta dirección.
Calcula tu salario neto real en Bizkaia con el IRPF foral 2026 sobre el SMI o sobre el convenio estatal que te aplique
Ir a la calculadora →Por qué el sector lleva sin convenio desde 2013
El vacío no es un descuido: es el resultado de más de una década de negociación fallida entre sindicatos y patronal. Esta es la línea de tiempo:
- 2009-2012. Último convenio en vigor, publicado en el BOB nº 107 (6-jun-2011). La revisión de 2012 (+3%, BOB del 23-feb-2012) fue la última tabla registrada.
- Diciembre de 2012. El convenio queda denunciado (art. 3), con el compromiso de negociar el siguiente. No llegó a firmarse.
- Finales de 2013. Agotado el plazo de prórroga que fijó la reforma laboral de 2012 (Ley 3/2012, que suprimió la ultraactividad indefinida), el convenio decae: el sector se queda sin convenio provincial en vigor (Deia, 23-dic-2013).
- 2014-2025. Sucesivas rondas sin acuerdo — el "convenio cadáver" del sector en Euskadi. Se aplican convenios de ámbito estatal y el Estatuto de los Trabajadores; en muchas empresas se mantienen de facto condiciones del viejo texto.
- Diciembre de 2025 - 2026. Se reabre la mesa tras unas 35 reuniones acumuladas. Los sindicatos (ELA, LAB, CCOO, UGT y otras organizaciones) proponen recuperar el convenio con un salario mínimo de sector; CEBEK considera "inasumible" pagar los atrasos de trece años y rechaza partir del convenio de 2012 como base (Crónica Vasca, abril de 2026).
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de Oficinas y Despachos de Bizkaia?
No. El último convenio provincial cubría 2009-2012, se denunció en diciembre de 2012 y decayó a finales de 2013, una vez agotado el plazo de ultraactividad que fijó la reforma laboral de 2012 (Ley 3/2012), que suprimió la ultraactividad indefinida. Desde entonces —más de una década— el sector no tiene convenio provincial en vigor. Se aplica un mosaico: convenios de ámbito estatal según la actividad de cada empresa, el Estatuto de los Trabajadores y, como suelo, el SMI. Código de convenio: 48001755011981.
Si el convenio decayó, ¿cuánto cobro realmente en 2026?
Tu suelo absoluto es el SMI: en 2026, 17.094 € brutos anuales (1.221 €/mes en 14 pagas, RD 126/2026). Por encima, se aplica el convenio de ámbito estatal que corresponda a la actividad de tu empresa y el Estatuto de los Trabajadores. Como dato ilustrativo, las últimas tablas del convenio (2012) fijaban a un/a auxiliar administrativo/a entre 16.715 € (ingeniería e informática) y 17.207 € (resto de sectores): catorce años después, el salario mínimo legal ya las ha alcanzado.
¿Qué establecía el convenio en pagas, jornada y vacaciones?
El convenio 2009-2012 fijaba 15 pagas (12 mensualidades + 3 extras en marzo, julio y diciembre — art. 23), jornada máxima de 1.742 horas anuales con 2 días de libre disposición (art. 14) y 30 días naturales de vacaciones (art. 15). Son condiciones del texto decaído: hoy no tienen fuerza por sí mismas, aunque en algunas empresas se mantuvieron de facto y son la referencia de la negociación. Lo aplicable con carácter general es el convenio estatal correspondiente y el Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuál fue la última tabla salarial del convenio?
La revisión salarial de 2012, publicada en el BOB del 23 de febrero de 2012, con un incremento del 3% sobre las tablas de diciembre de 2011. Es la última registrada: desde entonces no se ha actualizado porque no hay convenio nuevo. Distinguía dos bloques (ingeniería e informática, y resto de sectores), con salarios anuales en 15 pagas que iban de unos 9.850 € (aspirante menor de 18) a unos 29.667 € (titulado/a superior).
¿Por qué el sector lleva sin convenio desde 2013?
Porque la negociación lleva bloqueada más de una década: unas 35 reuniones sin acuerdo. La mesa se reabrió en diciembre de 2025, pero la patronal CEBEK considera inasumible pagar los atrasos de trece años y rechaza partir del convenio de 2012 como base, mientras los sindicatos (ELA, LAB, CCOO, UGT y otras organizaciones) reclaman recuperar un convenio sectorial con un salario mínimo de sector. El bloqueo mantiene el vacío, que afecta a unas 35.000 personas en Bizkaia.
¿Pueden pagarme por debajo del SMI en este sector?
No. Con independencia de que el convenio provincial haya decaído, ninguna empresa puede pagar por debajo del SMI vigente (17.094 € brutos anuales en 2026). Si tu retribución anual queda por debajo, puedes reclamar la diferencia. Conserva tus nóminas, comprueba qué convenio de ámbito estatal aplica a tu empresa y, si detectas un pago inferior al mínimo legal o al convenio aplicable, acude a tu representación sindical o a una asesoría laboral: las diferencias salariales suelen prescribir al año.
Fuentes oficiales verificadas
- BOB nº 107 · lunes 6 de junio de 2011 — Resolución de la Delegada Territorial de Bizkaia por la que se registra, publica y deposita el Convenio Colectivo Provincial de Oficinas y Despachos de Bizkaia 2009-2012 (texto íntegro, arts. 1-38). Código 48001755011981.
- Revisión salarial 2012 — Resolución de la Delegada Territorial de Bizkaia (BOB del 23 de febrero de 2012): incremento del 3% sobre diciembre de 2011 y tablas 2012 de ambos bloques. Reproducida en Noticias Jurídicas.
- Deia · 23-dic-2013 — «Decae el convenio de oficinas y despachos de Bizkaia».
- Crónica Vasca · abril de 2026 — estado de la negociación (13 años, ~35 reuniones, ~35.000 personas, posición de CEBEK).
- Iberley · Convenio de Oficinas y Despachos de Bizkaia — ficha con vigencia, estructura y revisiones.
- SMI 2026: Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2026 (1.221 €/mes × 14 pagas = 17.094 €/año). BOE de 18 de febrero de 2026.
- Marco legal: Ley 3/2012, de 6 de julio (fin de la ultraactividad indefinida); Estatuto de los Trabajadores (RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre); doctrina del Tribunal Supremo sobre aplicación del convenio de ámbito superior tras el decaimiento, sin contractualización automática de las condiciones previas.