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Convenio autonómico Catalunya · 2026-2030 · 5 años de vigencia

Convenio de Limpieza de Edificios y Locales — Barcelona 2026

Convenio autonómico de Catalunya renovado para cinco años (Acuerdo parcial DOGC 9613 del 26-feb-2026, con corrección de erratas DOGC 9635 del 30-mar-2026). +3,25% sobre tablas 2025, estructura Salario Base + Complemento con plan de transición 2026-2030, 31 días de vacaciones, 15 mensualidades equivalentes, jornada 1.792 h/año.

Suelo salarial: 1.211,81 €/mes · IT 100 % accidente · Subrogación 4 meses
✓ Verificado contra DOGC Núm. 9613 por SalarioJusto · última revisión 28 de mayo de 2026
Datos clave del convenio
Ámbito territorial
Autonómico (Catalunya) con tabla por provincia
Vigencia
1-ene-2026 → 31-dic-2030
Publicación oficial
DOGC 9613 del 26-feb-2026
Incremento 2026
+3,25 % sobre tablas 2025
Código REGCON
79002415012005
Firmantes Acuerdo parcial
ASCEN · ASPEL · FeSMC-UGT
Convenio renovado para 2026-2030. El Acuerdo parcial suscrito el 3 de febrero de 2026 por las patronales ASCEN y ASPEL y por FeSMC-UGT Catalunya renueva el convenio hasta el 31 de diciembre de 2030, con efectos retroactivos al 1 de enero de 2026. Las empresas deben regularizar los atrasos del periodo que corresponda en el plazo del mes siguiente a la publicación en el DOGC.
CCOO del Hàbitat no firmó el Acuerdo parcial. La mesa negociadora dejó constancia de su desacuerdo con el preacuerdo alcanzado, por lo que no figura como parte firmante. Esto no afecta a la validez del Acuerdo —publicado en el DOGC y plenamente aplicable—, pero sí es un contexto relevante: si eres afiliado o afiliada a CCOO y tienes dudas sobre cómo interpretar la tabla, conviene contactar con tu delegación.

Antes de seguir: ¿este convenio te cubre?

El Convenio de Limpieza de Edificios y Locales de Catalunya (código REGCON 79002415012005) aplica a toda persona trabajadora por cuenta ajena en empresas dedicadas a la limpieza, mantenimiento e higienización de cualquier edificio, local, hospital, centro sanitario, industria, medio de transporte (terrestre/aéreo/marítimo, FGC y Metro de Barcelona), máquinas, espacios, soportes publicitarios o mobiliario urbano de la comunidad autónoma de Catalunya (Art. 1 y 2), con independencia de dónde tenga sede la empresa.

Tu nómina tiene dos partes (y una de ellas va a desaparecer en 2030)

Lo más confuso del convenio 2026-2030 es la estructura salarial. Te lo explicamos en tres pasos.

Paso 1 · Tu sueldo bruto se compone de dos conceptos

Mira tu nómina: en lugar de un único "salario base", verás dos líneas:

Salario Base Convenio
Cuantía por día natural según tu categoría (ver tablas). Es la parte "principal" del salario. Sube cada año.
Complemento a Salario Base · 208,90 €/mes en 2026
Concepto retributivo nuevo creado el 1-ene-2026 (Art. 34 bis). Naturaleza salarial. Aplica a Barcelona, Girona y Lleida (no Tarragona). Lo cobran todas las personas trabajadoras desde el primer día.

Salario Base + Complemento = Total mensual bruto. Si eres Personal limpiador/a y peón (Grupo IV Nivel 4), de enero a agosto de 2026 cobras 1.007,97 € de Salario Base + 208,90 € de Complemento = 1.216,86 €/mes.

Paso 2 · El Complemento se va a ir «mudando» al Salario Base hasta desaparecer en 2030

Cada cierto tiempo, una parte del Complemento se traslada al Salario Base. Tu Total mensual no cambia: lo que está en una columna pasa a la otra. Es como mover dinero de un bolsillo a otro de la misma chaqueta.

A partir de…Pasa al Salario BaseComplemento queda en
Hoy (enero-agosto 2026)208,90 €
1 sept 2026+12 €196,90 €
1 enero 2027+50 € más146,90 €
1 enero 2028+50 € más96,90 €
1 enero 2029+50 € más46,90 €
1 enero 2030Lo que quede0 € · desaparece

Paso 3 · Ejemplo concreto con Personal limpiador/a (Grupo IV Nivel 4)

Para que se vea la mecánica con tu categoría real. Aquí no estamos sumando los incrementos pactados de 2027-2030 (que están pendientes de negociar) — solo mostramos el reparto interno entre Salario Base y Complemento:

PeriodoSalario BaseComplementoTotal mes
Enero-agosto 20261.007,97 €208,90 €1.216,86 €
Septiembre-diciembre 20261.019,97 € ↑ +12 €196,90 € ↓ −12 €1.216,86 € igual
2027-2029: el Complemento sigue trasvasándose 50 € cada año al Salario Base. El Total mensual sí subirá, pero por el incremento pactado del año (a negociar), no por el trasvase.
Desde 1 enero 2030Todo el sueldo en una sola línea0 €El que resulte tras 4 años de incrementos
¿Por qué se hace este trasvase si el total no cambia? Porque el Salario Base es la base de cotización a la Seguridad Social (afecta a tu jubilación, prestación por desempleo, IT, baja por maternidad…). Al integrar progresivamente los 208,90 € del Complemento, esas prestaciones futuras suben con cada mudanza. Es una mejora invisible en la nómina pero real en el largo plazo. Por eso el Acuerdo dice que el Complemento no es compensable ni absorbible con los incrementos pactados: es un compromiso a 5 años que no se puede revertir.
Si trabajas en Tarragona, esto no te aplica. El Complemento solo existe en Barcelona, Girona y Lleida. Tarragona mantiene la estructura clásica de un único Salario Base sin Complemento.

Tablas salariales 2026 — Barcelona, Girona y Lleida

El Acuerdo parcial publica las cuantías en dos tramos del año con el mismo total mensual en ambos: solo se reestructura la proporción entre Salario Base y Plus Convenio (a partir del 1 de septiembre pasan 12 € del plus a la base). Mostramos abajo la tabla de enero-agosto 2026 y, a continuación, la estructura del segundo tramo.

Categoría Salario base
ene-ago 2026
Plus convenio
ene-ago 2026
Total mes
Grupo I — Personal directivo y titulado
Dirección (incluye Dirección comercial, administrativa, Jefe/a de compras, Jefe/a de servicio)1.685,33 €208,90 €1.894,22 €
Personal titulado grado superior1.357,82 €208,90 €1.566,72 €
Personal titulado grado medio1.311,07 €208,90 €1.519,96 €
Personal titulado laboral o profesional1.152,01 €208,90 €1.360,91 €
Grupo II — Personal administrativo
Jefe/a administrativo 1ª (incluye 2ª)1.311,07 €208,90 €1.519,96 €
Oficial 1ª administrativo (incluye 2ª)1.152,01 €208,90 €1.360,91 €
Auxiliar administrativo1.012,98 €208,90 €1.221,87 €
Telefonista1.002,92 €208,90 €1.211,81 €
Grupo III — Mandos intermedios
Personal supervisor/a o encargado/a general1.285,12 €208,90 €1.494,02 €
Personal supervisor/a o encargado/a de zona1.238,36 €208,90 €1.447,26 €
Personal supervisor/a o encargado/a de sector1.191,49 €208,90 €1.400,39 €
Personal encargado/a de edificio1.113,81 €208,90 €1.322,70 €
Responsable de equipo1.071,23 €208,90 €1.280,12 €
Grupo IV — Personal operario
Especialista y oficial1.056,99 €208,90 €1.265,89 €
Peón especializado y ayudante1.028,58 €208,90 €1.237,47 €
Personal conductor/a–limpiador/a1.099,64 €208,90 €1.308,54 €
Personal limpiador/a y peón1.007,97 €208,90 €1.216,86 €
Ordenanza, personal de almacén, personal listero, personal vigilante1.002,92 €208,90 €1.211,81 €

Segundo tramo (1-septiembre a 31-diciembre 2026): reestructuración interna

A partir del 1 de septiembre de 2026, 12 € del Plus Convenio se trasfieren al Salario Base. El total mensual que percibe cada categoría no varía. Concretamente:

Cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. Para calcular tu salario neto a partir del total anual de tu categoría, usa la calculadora de SalarioJusto indicando el bruto anual orientativo (Total mes × número de pagas previstas en tu convenio).

Pluses específicos para Barcelona (2026)

Además del salario mensual, el convenio recoge los siguientes complementos para la provincia de Barcelona (aplicables también a Girona):

Plus festivo diurno
57,20 € por día festivo trabajado en horario diurno.
Plus festivo nocturno
62,18 € por día festivo trabajado en horario nocturno.
Plus festivo especial
15,95 € por día festivo en los casos previstos en el convenio.
Bolsa de maternidad
322,73 € como prestación complementaria del convenio en supuestos de maternidad.
Retribución 41 bis (jornada completa)
20,00 € en los supuestos previstos en el artículo 41 bis del convenio (ver más abajo).

Tu jornada y descansos

El Art. 55 fija una jornada anual máxima de 1.792 horas (desde el 1-ene-2025, reducida desde las 1.800 previas — 8 horas menos al año). La jornada semanal es de 40 horas, con máximo de 9 horas diarias y descanso mínimo entre jornadas de 12 horas.

ConceptoValor
Jornada anual (Art. 55)1.792 horas (desde 1-ene-2025; antes 1.800)
Jornada semanal40 horas
Jornada diaria máxima9 horas
Descanso entre jornadas12 horas mínimo
Jornada partida (Art. 56)Máx. 3 partes en Bcn/Girona, mínimo 1 h entre cada parte
Trabajo nocturno (Art. 58)Franja 22:00 a 06:00
Descanso semanal (Art. 60)1,5 días continuados — sábado tarde + domingo, o domingo + lunes mañana
Descanso durante jornada (Art. 59) — Bcn/Girona25 min (jornada continuada completa) · 20 min (si trabajas ≥5 h seguidas)
El descanso durante la jornada se computa como trabajo efectivo y se retribuye como salario cotizado (Art. 59). Lo mismo aplica a los tiempos de desplazamiento entre centros de trabajo dentro de la jornada laboral continuada (Art. 64). Sin embargo, el desplazamiento de casa al primer centro y del último centro a casa no genera compensación.

Vacaciones, festivos y licencias

El Art. 61 reconoce 31 días naturales de vacaciones retribuidos con salario base + Complemento + antigüedad + plus de nocturnidad (si lo cobras habitualmente). Es un día más que el estándar de 30 días del corpus.

ConceptoCatalunya (Art. 61-62)
Días de vacaciones31 días naturales/año
Periodo preferente1 junio – 30 septiembre · Plan con 2 meses de antelación
Periodo de devengoBarcelona/Girona: 1 ago – 31 jul · Lleida/Tarragona: año natural
Coincidencia con ITLas vacaciones se aplazan tras el alta
Coincidencia con maternidad/paternidadVacaciones a continuación del descanso
No inician en festivo ni en descanso semanal
Asuntos propios (Bcn/Girona)2 días retribuidos + Dissabte Sant festivo (preaviso 7 días)

Licencias retribuidas (Art. 62)

MotivoDías
Matrimonio o pareja de hecho registrada15 días
Nacimiento o adopción de familiar 1er grado1 día (provincia) · 2 días (fuera)
Muerte o enfermedad grave (cónyuge/ascendientes/descendientes/hermanos)4 días (provincia) · 8 días (fuera)
Hospitalización ≥3 días (cónyuge/ascendientes/descendientes/hermanos)4 días (+1 fuera provincia, +2 fuera Catalunya); 2 días si hospitalización 1-2 días
Intervención quirúrgica sin hospitalización + reposo domiciliario2 días (4 si fuera provincia)
Traslado de domicilio1 día
Matrimonio de hijos o hermanos1 día (provincia) · 2 días (fuera)
Médico de cabecera coincidente con jornada4 horas/trimestre (no acumulables)
Médico especialistaTiempo necesario (con parte facultativo)
Acompañamiento quimioterapia/radioterapia (cónyuge/padres/hijos >16 años)3 días (preaviso 2 días hábiles)
Embarazadas: exámenes y preparación al partoTiempo necesario, retribuido
Lactancia (Art. 30)1 hora/día hasta los 9 meses; hasta 12 meses si ambos progenitores ejercen el derecho con reducción salarial proporcional desde el mes 9

Antigüedad: cuatrienios al 4 % con tope del 60 % a 25 años o más

El Art. 39 regula la antigüedad de forma distinta por provincia. Barcelona y Girona tienen el régimen más generoso del corpus:

vs Tarragona (trienios 5 % ilimitados) · vs Lleida (congelada al 31-dic-2000). Tarragona ofrece trienios al 5 % sin tope acumulado. Lleida tiene tablas de antigüedad congeladas desde finales del año 2000 — quienes ingresaron después no generan derechos por antigüedad. Barcelona/Girona se sitúan en una banda intermedia con un tope alto pero alcanzable (60 % a los 25 años).

Pluses sectoriales: hospitales, aeropuerto, pluricentre, toxicidad

Más allá de los pluses festivos generales, el convenio reconoce pluses específicos según el centro o las condiciones del trabajo.

Plus Hospitalario (Art. 45) — Bcn/Girona 20 % SB

El personal que limpia en centros sanitarios con internamiento y quirófano en el mismo centro percibe un 20 % adicional sobre el salario base del convenio, proporcional a la jornada en ese centro. Compensable con pluses de la misma naturaleza que ya cobre la persona. En Tarragona: 10,5 % SB. En Lleida: cuantía diaria según tabla.

Plus Aeroportuario (Art. 48) — Barcelona, Aeropuerto del Prat

Personal que limpia aviones e instalaciones adjudicadas por AENA o entidad pública sustituta en el Aeropuerto del Prat de Llobregat: 16 % mínimo sobre el salario base. Si ya percibías cuantías superiores antes de la entrada en vigor del convenio, se mantienen y suben con los incrementos pactados.

Complemento Pluricentre (Art. 43) — único en el corpus

Las personas limpiadoras que hacen jornada habitual diaria en 3 o más centros perciben un complemento del 2 % del salario base, proporcional a la jornada. Compensa el desgaste de cambiar de centro varias veces al día.

Plus Toxicidad / Peligrosidad / Excepcional Penosidad (Art. 50)

Para puestos con riesgo evaluado: +20 % del salario base del grupo y nivel profesional. Si las tareas tóxicas/peligrosas/penosas se realizan solo durante media jornada o menos, el plus se reduce al 10 %. La determinación se hace según Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Otros pluses por concepto

ConceptoArtículoCuantía / fórmula
Plus NocturnoArt. 44+25 % sobre salario base del nivel profesional · Franja 22:00-06:00
Horas extras (Bcn/Girona/Lleida)Art. 40+75 % sobre hora ordinaria · Máx. 80 horas/año · Prohibidas en jornada nocturna y para menores de 18
Trabajar día de descanso compensatorioArt. 42+140 % sobre todos los conceptos retributivos del día (Bcn/Girona/Tarragona)
Domingos/festivos (Bcn/Girona)Art. 41Día compensatorio + plus festivo diurno/nocturno según tablas
Horas extras prohibidas en jornada nocturna y para menores de 18 años (Art. 40). Es una protección reforzada respecto al ET (que solo limita las horas extras de menores). Si te las imponen, son ilegales y puedes reclamar.

Si trabajas en exclusiva fines de semana y festivos (Art. 41 bis)

El Acuerdo parcial 2026 crea un régimen específico para personas con contrato exclusivo de fines de semana y festivos en Barcelona, Girona o Tarragona. La retribución se escala a lo largo de los cinco años del convenio:

AñoPor día efectivo (8h)
202620 €
202720 €
202825 €
202930 €
203055,40 €

Baja médica: complemento empresa muy generoso (Art. 51)

El Art. 51 (modificado por el Acuerdo parcial 2026) regula uno de los regímenes de IT más favorables del corpus.

SituaciónComplemento empresa (Bcn/Girona/Lleida)
Accidente laboral o enfermedad profesional con hospitalización100 % base reguladora desde día 1, mientras dure la internación
Hospitalización por enfermedad común o accidente no laboral100 % desde día 1, máx. 35 días (sumando hospitalización + recuperación)
Accidente laboral sin hospitalización100 % desde el día 3 durante los 68 días siguientes
Enfermedad común sin hospitalización50 % los 3 primeros días de baja, máx. 4 días/año (3 días primera baja + 1 día segunda)

No se incluyen en el complemento las partes proporcionales de Plus Transporte, Complemento a Salario Base y Plus Festivo.

vs Madrid (sin complemento auto · ultraactividad) · vs Bizkaia (100 % desde día 1 todo) · vs Tarragona (100 % SB+antigüedad desde día 1 accidente). Catalunya cubre todos los supuestos de hospitalización al 100 % desde el día 1, lo que es muy generoso. La parte más débil es la enfermedad común sin hospitalización: solo se cobra el 50 % los 3 primeros días con tope anual.

Seguro de accidentes: 7.500 € por muerte o incapacidad (Art. 53)

Todas las empresas están obligadas a concertar una póliza de seguro que garantice una indemnización de 7.500 € a la persona trabajadora (o beneficiarios) en caso de:

La persona trabajadora puede designar beneficiario; en su defecto, va a quien corresponda legalmente.

Subrogación: 4 meses de antigüedad mínimos (Art. 69)

El convenio regula con detalle la subrogación de personal en cualquier cambio de contratista o subcontratista, ya sea con cliente público o privado. La regulación es la misma que en el convenio estatal pero el convenio catalán añade matices propios.

Quién se subroga (Art. 69.1)

Qué documentación debe entregar la empresa saliente (Art. 71)

Plazo: 5-15 días naturales desde la comunicación del cambio. Documentación obligatoria: contratos, últimas 4 nóminas, IDC, RNT, RLC, comunicados IT, certificado al corriente de pago de Seguridad Social, permiso residencia (extranjeros), acta electoral del comité si lo hay, copia de sanciones no prescritas, y liquidación de partes proporcionales devengadas.

En Barcelona la subrogación es habitual cuando cambian las adjudicatarias en hospitales y CAP del ICS y Consorci Sanitari, colegios públicos y concertados, universidades públicas (UB/UAB/UPC/UPF), edificios municipales del Ajuntament, sedes corporativas del 22@ y grandes comunidades de propietarios.

Contrato fijo discontinuo: 9-10,5 meses con preaviso de 5 días

El Art. 16 regula el contrato fijo discontinuo, el contrato indefinido de prestación intermitente típico del sector.

Suelo absoluto: el SMI

Con independencia de lo que fije la tabla del convenio, ninguna empresa puede pagar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente. Aunque la tabla 2026 de Barcelona ya está por encima del SMI en todas las categorías, si por cualquier circunstancia tu nómina cayera por debajo, se aplica el SMI como suelo. Consulta el SMI 2026.

¿Tu nómina coincide con la tabla del convenio? Verifícalo ahora.

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Barcelona vs otras provincias del corpus

Cómo se sitúa el convenio de Limpieza de Catalunya frente al resto del corpus auditado en SalarioJusto. Los datos clave que diferencian:

DimensiónBarcelona (Catalunya)MadridTarragona (mismo convenio)
Estado del convenio en 2026Vigente 2026-2030 (5 años)En ultraactividad (vencido 31/12/2025)Vigente 2026-2030
Vacaciones (días naturales)31 días30 días31 días
Jornada anual1.792 h (desde 2025)1.792 h (estatal)1.792 h
Estructura salarialSB + Complemento 208,90 € (plan transición 2026-2030)SB + Plus convenioSolo SB (sin Complemento)
AntigüedadCuatrienios 4 %, tope 60 % a 25+ añosTablas propiasTrienios 5 % ilimitados
Plus Hospitalario20 % SB (Bcn/Girona)10,5 % SB
Plus Aeroportuario (Aeropuerto del Prat)16 % SB
Complemento Pluricentre2 % SB (≥3 centros) — único corpus
IT accidente con hospitalización100 % desde día 1Solo prestación SS100 % SB+antig desde día 1
Subrogación antigüedad mínima4 meses en activo4 meses (estatal)4 meses
Horas extras nocturnasProhibidas (Art. 40)
Personal limpiador/a — total/mes 20261.216,86 €~1.030 €/mes (categoría base)1.216,86 € (sin Complemento)
Bolsa de maternidad322,73 €322,73 €
Particularidades únicas del convenio catalán: es el único del corpus auditado con plan de transición progresiva SB+Complemento 2026-2030, con plus pluricentre, con horas extras prohibidas en jornada nocturna, y con plus aeroportuario específico para el Aeropuerto del Prat. La duración de 5 años (2026-2030) es también más larga que el estándar de 4 años habitual.

¿Cobras menos de lo que fija el convenio?

Tu convenio está plenamente vigente y eres titular de derechos exigibles frente a tu empresa: la tabla salarial, los pluses regulados, la jornada máxima, las pagas extras, la subrogación y las protecciones por incapacidad o invalidez. Ninguna de esas cláusulas depende de la voluntad de la empresa ni puede modificarse unilateralmente — son de obligado cumplimiento.

  1. Verifica tu nómina contra la tabla 2026. Localiza tu categoría en el Anexo I, comprueba el salario base y suma los pluses regulados que te correspondan (transporte, festivo, nocturnidad, antigüedad si estás cubierto/a). Si la cifra que aparece en tu nómina es inferior, la diferencia son atrasos exigibles.
  2. Reclama por escrito a tu empresa indicando los conceptos no abonados, el importe estimado y el período afectado. Envíalo por burofax con acuse de recibo o por correo electrónico con confirmación de lectura. La reclamación interna no interrumpe la prescripción, pero documenta tu posición ante un eventual juicio.
  3. Si no responden o lo rechazan, presenta papeleta de conciliación ante el TLC (Tribunal Laboral de Catalunya). Es gratuita, interrumpe el plazo de prescripción y es paso previo obligatorio antes de demanda. Plazo legal: 1 año por mensualidad desde la fecha en que debió pagarse (art. 59.2 ET).

Los sindicatos firmantes del convenio — Pimec, CCOO Hábitat y UGT-FeSMC — ofrecen asistencia jurídica gratuita a personas afiliadas para conflictos colectivos e individuales. Código REGCON: 79002415012005. Guía completa para reclamar diferencias →

Recursos oficiales y sindicales en Catalunya

Conciliaciones · Generalitat
Portal oficial para presentar papeletas de conciliación previas a demanda judicial (equivalente al SMAC). Plazo: 20 días hábiles desde el cese o el impago. conciliacions.gencat.cat
FeSMC-UGT Catalunya
Federación de Serveis, Mobilitat i Consum de UGT. Firmante del Acuerdo parcial 2026. Asesoramiento a personas afiliadas. ugtcatalunya.cat/FESMC
CCOO del Hàbitat Catalunya
Federación de CC.OO. para el sector. No firmó el Acuerdo parcial 2026 por desacuerdo. Asesoramiento gratuito a afiliados y afiliadas. habitat.ccoo.es
ASCEN (patronal)
Associació Catalana d'Empreses de Neteja. Patronal firmante del convenio. ascen.net
DOGC — Publicación oficial
Acuerdo parcial 2026 con todas las tablas y anexos. Descargar PDF DOGC 9613
CIDO Diputació de Barcelona
Índice oficial con el histórico completo del convenio. Ver ficha del convenio

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario de una persona limpiadora en Barcelona en 2026?

Según el Acuerdo parcial publicado en el DOGC 9613 del 26 de febrero de 2026, la categoría Personal limpiador/a y peón (Grupo IV Nivel 4) percibe un total mensual bruto de 1.216,86 €, del cual 1.007,97 € son salario base y 208,90 € Complemento a Salario Base (en el periodo enero-agosto 2026). El total mensual se mantiene igual en septiembre-diciembre 2026, solo cambia la estructura interna entre base y Complemento.

¿Desde cuándo y hasta cuándo aplica este convenio?

El Acuerdo parcial del 3 de febrero de 2026 renueva el convenio del sector de Limpieza de Edificios y Locales de Catalunya con vigencia del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2030. Cinco años de duración (uno más que el estándar habitual). Supone un incremento del 3,25 % sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2025, con efectos retroactivos al 1-ene-2026.

¿Qué es el Complemento a Salario Base?

Es un concepto retributivo de naturaleza salarial creado el 1-ene-2026 (Art. 34 bis nuevo), de 208,90 €/mes en 2026, proporcional a la jornada, computable a efectos del SMI y abonado en 15 pagas anuales (3 integradas en las extras). Aplica solo a Barcelona, Girona y Lleida (no a Tarragona). Se integra progresivamente al Salario Base entre 2026 y 2030 (12 €/mes desde sep-2026, 50 €/mes adicionales cada 1-ene de 2027-2029, e integración total el 1-ene-2030). No es compensable ni absorbible con los incrementos pactados.

¿Este convenio vale también para Girona, Lleida y Tarragona?

Sí, el convenio es autonómico (REGCON 79002415012005) y aplica en toda Catalunya, con anexos salariales específicos por provincia. Barcelona, Girona y Lleida comparten las mismas tablas y el Complemento (festivos, bolsa de maternidad). Tarragona tiene su propia tabla (sin Complemento) y sus propios pluses (dieta 13,28 €, dieta entera 38,78 €, kilometraje 0,29 €/km, hora extra 12,01 €). Lleida además tiene pluses sectoriales específicos (geriátrico 1,04 €, ambulatorio 1,04 €, hospitalario 1,91 € por día trabajado).

¿Cuántas vacaciones tengo?

31 días naturales al año (Art. 61), uno más que el estándar de 30 del corpus. Periodo preferente entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Las vacaciones se retribuyen con salario base + Complemento + antigüedad + plus de nocturnidad si lo cobras habitualmente. Si tu IT coincide con vacaciones, se aplazan tras el alta. Además, Barcelona y Girona tienen 2 días de asuntos propios + el Dissabte Sant como festivo retribuido.

¿Cómo es la baja por enfermedad o accidente?

El Art. 51 regula uno de los regímenes de IT más generosos del corpus. En accidente laboral o enfermedad profesional con hospitalización, la empresa complementa al 100 % desde el primer día. En enfermedad común con hospitalización, también al 100 % desde el día 1, hasta un máximo de 35 días (hospitalización + recuperación). En accidente sin hospitalización, 100 % desde el día 3 durante 68 días. En enfermedad común sin hospitalización: 50 % los 3 primeros días, máximo 4 días/año.

¿Tengo derecho a antigüedad?

Sí (Art. 39). En Barcelona y Girona la antigüedad se reconoce como cuatrienios al 4 % sobre el salario base (personas ingresadas a partir del 1-ene-1997). Quienes acumulaban trienios al 5 % antes del 1-jun-1998 los conservan y se suman a los nuevos cuatrienios. Tope acumulado: 10 % a los 5 años, 25 % a los 15 años, 40 % a los 20 años, 60 % a los 25 años o más. En Tarragona son trienios al 5 % sin tope. En Lleida la escala está congelada desde el 31-dic-2000 (quienes ingresaron después no generan derechos por antigüedad).

¿Existe subrogación si mi empresa pierde la contrata?

Sí (Art. 69). Se subrogan: personas en activo con 4 meses de antigüedad mínima en la contrata (sea cual sea su contrato), personas con reserva de puesto (IT, excedencia, maternidad…) que cumplan el mismo plazo, sustitutos del personal con reserva, y nuevos ingresos por ampliación o vacante definitiva en los últimos 4 meses. No aplica a socios cooperativistas no-trabajadores, autónomos, ni a primeras limpiezas sin contrato de mantenimiento. La empresa saliente debe entregar la documentación en 5-15 días naturales.

¿Y si voy a cobrar por debajo de la tabla?

Puedes reclamar las diferencias salariales. El plazo es de 1 año por cada mensualidad impagada (art. 59.2 ET). Presentar papeleta de conciliación en conciliacions.gencat.cat es gratuito e interrumpe la prescripción. CCOO del Hàbitat y FeSMC-UGT Catalunya ofrecen asesoramiento gratuito a personas afiliadas.

Fuentes oficiales verificadas

DatoDetalle
Nombre oficialConvenio Colectivo del Sector de la Limpieza de Edificios y Locales de Catalunya
Código de convenio79002415012005
Publicación original (2022-2025)Resolución EMT/1729/2023, DOGC 8921 del 23-mayo-2023
Acuerdo parcial 2026-2030Resolución EMT/427/2026, DOGC 9613 del 26-febrero-2026
Corrección de erratasDOGC 9635 del 30-marzo-2026 (rectifica denominación)
Vigencia actual1 enero 2026 – 31 diciembre 2030 (5 años)
Ámbito territorialComunidad autónoma de Catalunya (Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona)
Incrementos pactados+3,25 % en 2026 · 2027-2030 pendiente de negociación
Convenio estatal supletorioI Convenio Sectorial de Limpieza de Edificios y Locales (BOE-A-2013-5424) + adenda LGTBI+ (BOE-A-2026-2705)

Partes firmantes del convenio 2022-2025

Comisión paritaria (Art. 11)

Régimen disciplinario (Arts. 72-75)

El convenio regula su propio régimen disciplinario (no remite al estatal). Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.

TipoSanción máximaPrescripción
LevesAmonestación escrita o suspensión 2 días10 días
GravesSuspensión de 3 a 15 días20 días
Muy gravesSuspensión 16-60 días o despido60 días (tope 6 meses)

El acoso laboral, sexual, moral o psicológico es falta muy grave (Art. 72). En estos casos no se aplica el grado mínimo de la sanción cuando hay prevalencia de la posición jerárquica de la persona agresora. La audiencia previa al delegado sindical o a la representación es obligatoria en sanciones graves/muy graves a representantes — su incumplimiento provoca la nulidad de la sanción (Art. 74).

Particularidades únicas del convenio catalán

Quién audita esto

Esta ficha de convenio ha sido cruzada manualmente contra el texto íntegro del boletín oficial por el equipo de SalarioJusto. Verificamos cifra a cifra (salarios, jornada, pluses, pagas extras) y dejamos el código del edicto y la fecha de revisión visibles para que puedas comprobarlo tú también.

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