Tablas salariales 2025 — todas las categorías
Cuantías brutas oficiales publicadas en el BOCM del 3 de marzo de 2025. Categorías por grupo profesional según la clasificación del convenio. La columna "Total anual" es la cuantía resultante incluyendo pagas extras.
| Categoría | Salario base | Plus convenio | Total anual |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 — Directivos y técnicos | |||
| Director/a | 1.651,98 €/mes | 251,26 €/mes | 28.548,59 € |
| Jefe/a de Departamento o Servicio | 1.547,17 €/mes | 246,40 €/mes | 26.903,58 € |
| Titulado/a Grado Superior | 1.333,22 €/mes | 236,82 €/mes | 23.550,66 € |
| Titulado/a Grado Medio | 1.265,06 €/mes | 233,77 €/mes | 22.482,36 € |
| Grupo 2 — Administrativos | |||
| Jefe/a Administrativo | 1.335,20 €/mes | 236,89 €/mes | 23.581,34 € |
| Cajero/a | 1.216,86 €/mes | 231,58 €/mes | 21.726,63 € |
| Oficial 1ª Administrativo | 1.180,43 €/mes | 229,96 €/mes | 21.155,93 € |
| Oficial 2ª Administrativo | 1.112,14 €/mes | 226,84 €/mes | 20.084,70 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.043,83 €/mes | 223,81 €/mes | 19.014,56 € |
| Aspirante Administrativo | 797,13 €/mes | 212,72 €/mes | 15.147,84 € |
| Telefonista | 1.023,45 €/mes | 222,89 €/mes | 18.695,05 € |
| Cobrador/a | 1.023,45 €/mes | 222,89 €/mes | 18.695,05 € |
| Grupo 3 — Mandos intermedios | |||
| Encargado/a General | 1.333,22 €/mes | 236,82 €/mes | 23.550,66 € |
| Supervisor/a o Encargado/a de Zona | 1.269,39 €/mes | 233,93 €/mes | 22.549,90 € |
| Supervisor/a o Encargado/a de Sector | 1.216,86 €/mes | 231,51 €/mes | 21.725,55 € |
| Encargado/a de Grupo o Edificio | 35,64 €/día | 7,43 €/día | 19.596,85 € |
| Responsable de Equipo | 32,20 €/día | 7,30 €/día | 17.972,50 € |
| Grupo 4 — Subalternos | |||
| Ordenanza | 967,72 €/mes | 220,36 €/mes | 17.821,20 € |
| Almacenero/a | 967,72 €/mes | 220,36 €/mes | 17.821,20 € |
| Vistero/a | 967,72 €/mes | 220,36 €/mes | 17.821,20 € |
| Vigilante | 967,72 €/mes | 220,36 €/mes | 17.821,20 € |
| Grupo 5 — Personal obrero | |||
| Especialista | 35,64 €/día | 7,43 €/día | 19.596,85 € |
| Peón Especialista o Cristalero Especialista | 32,20 €/día | 7,30 €/día | 17.972,50 € |
| Conductor/a–Limpiador/a | 37,00 €/día | 7,47 €/día | 20.233,85 € |
| Limpiador/a | 31,82 €/día | 7,27 €/día | 17.785,95 € |
| Grupo 6 — Oficios varios | |||
| Oficial | 35,63 €/día | 7,42 €/día | 19.587,75 € |
| Ayudante | 32,20 €/día | 7,30 €/día | 17.972,50 € |
| Peón | 31,82 €/día | 7,27 €/día | 17.785,95 € |
Cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. Para calcular tu salario neto a partir del total anual de tu categoría, usa la calculadora de SalarioJusto indicando el bruto anual.
Pluses y complementos
Además del salario base + Plus Convenio, la tabla vigente recoge dos complementos adicionales:
Jornada y pagas
El Convenio sectorial estatal de Limpieza de Edificios y Locales fija una jornada ordinaria máxima de 1.728 horas anuales (equivalentes a 38 horas semanales). El convenio de Madrid puede mejorar esta jornada (reducirla) pero nunca empeorarla. La distribución exacta y el número concreto de pagas se fijan en el texto del convenio vigente.
El Plus Convenio de las categorías con tarifa mensual se suma al salario base en cada mensualidad. En las categorías con tarifa diaria, ambos importes (base + plus) se perciben por día efectivo trabajado. El "Total anual" de cada fila ya incluye la estructura de pagas aplicable.
Suelo absoluto: el SMI
Con independencia de lo que fije la tabla del convenio, ninguna empresa puede pagar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente. Si por desactualización del convenio o por cualquier otra razón tu nómina cae por debajo del SMI, se aplica el SMI como suelo. Consulta el SMI 2026 para la cuantía vigente.
¿Tu nómina coincide con la tabla del convenio? Verifícalo ahora.
Verificar mi salario →Subrogación en contratas de Madrid
La subrogación de personal (obligación de la empresa entrante de asumir a la plantilla cuando cambia el contratista) la regula el Convenio sectorial estatal, no el provincial de Madrid. Las condiciones son las mismas en toda España:
- Personal en activo: mínimo 4 meses de antigüedad en la contrata.
- Con reserva de puesto (baja, excedencia): mínimo 6 meses.
- La empresa saliente debe entregar a la entrante la documentación completa (Anexo II del convenio estatal).
- No aplica en "primera limpieza" sin contrato de mantenimiento.
En Madrid es especialmente frecuente cuando cambian las adjudicatarias de servicios en hospitales del SERMAS, colegios públicos de la Comunidad, universidades, grandes comunidades de propietarios y oficinas corporativas. Si te subrogan, tus condiciones (antigüedad, salario, jornada, vacaciones) se conservan íntegras. Para detalles y cómo actuar si no se cumple, consulta la guía completa de subrogación en el pilar estatal.
Si cobras menos del convenio: cómo reclamar en Madrid
Tienes derecho a reclamar las diferencias impagadas. El plazo es de 1 año por cada mensualidad desde que debió abonarse (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores). Pasos concretos en Madrid:
- Conserva todas tus nóminas del periodo a reclamar y tu contrato.
- Compara tu salario real (base + pluses) con la tabla de tu categoría. Calcula la diferencia acumulada.
- Presenta papeleta de conciliación ante el SMAC de la Comunidad de Madrid: gratuito y presentarla interrumpe el plazo de prescripción.
- Si la empresa no llega a acuerdo en la conciliación, puedes interponer demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Ampliar información paso a paso: Guía para reclamar diferencias salariales.
Recursos oficiales y sindicales en Madrid
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el salario de una limpiadora o limpiador en Madrid en 2025?
Según la tabla vigente publicada en el BOCM el 3 de marzo de 2025, la categoría de Limpiador/a percibe 31,82 € de salario base diario más 7,27 € de Plus Convenio diario, con un total anual de 17.785,95 €. Son cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. Si tu nómina está por debajo, puedes reclamar las diferencias.
¿Por qué sigue vigente la tabla de 2025 en 2026?
El convenio está en ultraactividad: al no haber sido denunciado en tiempo y forma, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 y, mientras se negocia el nuevo convenio 2026 entre las patronales (AELMA, ASPEL) y los sindicatos (CCOO del Hábitat, FESMC UGT), la tabla de 2025 sigue aplicándose. Tus condiciones están legalmente preservadas durante la negociación.
¿Qué hago si mi empresa paga por debajo de la tabla?
Puedes reclamar las diferencias salariales. El plazo es de 1 año por cada mensualidad impagada (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores). Presentar papeleta de conciliación ante el SMAC de la Comunidad de Madrid es gratuito e interrumpe la prescripción. También puedes acudir a CCOO del Hábitat Madrid o FESMC UGT Madrid para que te asesoren gratuitamente.
¿La subrogación aplica igual en Madrid?
Sí. La subrogación la regula el Convenio sectorial estatal, así que aplica en Madrid en las mismas condiciones: 4 meses de antigüedad mínima para personal en activo, 6 meses con reserva de puesto. Es especialmente frecuente cuando cambian contratas en hospitales del SERMAS, colegios públicos o grandes comunidades de propietarios.
Fuentes oficiales verificadas
- BOCM — Revisión salarial 2025. Resolución de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, publicada el 3 de marzo de 2025. Tabla recogida en esta landing. Ver PDF oficial.
- BOE-A-2013-5424 — I Convenio colectivo sectorial estatal de limpieza de edificios y locales (marco regulador de la subrogación y jornada). Ver publicación.
- BOE-A-2026-2705 — Adenda LGTBI+ del convenio sectorial estatal, firmada en noviembre 2025 y publicada el 5-febrero-2026. Aplica a Madrid. Ver adenda.
- REGCON — Registro estatal de convenios del Ministerio de Trabajo. Para ver el texto completo del convenio Madrid busca por "Limpieza de Edificios y Locales" + Comunidad de Madrid. Acceder.