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Kit del trabajador · Plantilla 5 de 10

Plantilla para denunciar discriminación salarial por género

Para qué sirve esta plantilla

Cuando tienes indicios sólidos de que cobras menos que un compañero/a por razón de sexo, hay dos vías para reclamarlo y son compatibles entre sí: la denuncia ante la Inspección de Trabajo (vía administrativa, gratuita) y la demanda ante el juzgado de lo social (vía judicial, recupera diferencias y daños). Esta plantilla cubre la primera — el modelo de denuncia administrativa que abre el procedimiento inspector y, normalmente, hace que la empresa rectifique antes de llegar a juicio. Para la demanda judicial conviene contar con sindicato o abogado/a laboralista; el escrito de demanda es más complejo y requiere asesoramiento individualizado.

Cuándo usar esta plantilla

Tienes indicios sólidos y verificables (no sospechas vagas) de que tu retribución es inferior a la de personas del sexo opuesto en tu misma categoría profesional o en categorías que realizan trabajos de igual valor, y no hay justificación objetiva razonable. Los indicios pueden venir del registro retributivo de la empresa, de ofertas internas con banda salarial, de información salarial obtenida vía Plantilla 1: pedir la banda salarial a tu empresa, o de comparaciones documentadas. La carga de la prueba se invierte (art. 18 Directiva): tú aportas indicios, la empresa tiene que demostrar que no hay discriminación.

Antes de redactarla, ten a mano…

Modelo de denuncia ante la Inspección de Trabajo

Sustituye los campos en [CORCHETES] por tus datos. La estructura "EXPONGO los HECHOS / PRUEBAS / SOLICITO" es el formato administrativo estándar. La cláusula final sobre represalias es importante: anticipa la protección del art. 25 de la Directiva y del art. 17 ET y deja constancia desde el inicio.

[CIUDAD], [FECHA] A LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE [PROVINCIA] DATOS DE LA PERSONA DENUNCIANTE: - Nombre y apellidos: [TU NOMBRE Y APELLIDOS] - NIF: [TU NIF] - Domicilio a efectos de notificaciones: [DIRECCIÓN POSTAL] - Email de contacto: [EMAIL] - Teléfono: [TELÉFONO] DATOS DE LA EMPRESA DENUNCIADA: - Razón social: [RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA] - CIF: [CIF DE LA EMPRESA] - Domicilio del centro de trabajo: [DOMICILIO DEL CENTRO DE TRABAJO] - Actividad: [ACTIVIDAD PRINCIPAL] - Convenio colectivo aplicable: [CONVENIO] OBJETO DE LA DENUNCIA: Discriminación retributiva por razón de sexo (art. 28 del Estatuto de los Trabajadores y Directiva (UE) 2023/970). EXPONGO los siguientes HECHOS: PRIMERO. Que presto servicios para la empresa [RAZÓN SOCIAL] desde el [FECHA DE INCORPORACIÓN], con la categoría profesional de [TU CATEGORÍA] (grupo profesional [TU GRUPO]), realizando funciones de [DESCRIPCIÓN BREVE DE TUS FUNCIONES]. SEGUNDO. Que mi retribución actual asciende a [TU RETRIBUCIÓN ANUAL] € brutos anuales (salario base + complementos), conforme a la nómina que se acompaña. TERCERO. Que tengo conocimiento de que en mi misma categoría profesional o en categorías que realizan trabajos de igual valor, las personas trabajadoras del sexo opuesto perciben una retribución superior a la mía, sin que dicha diferencia esté justificada por motivos objetivos, neutros y verificables. En concreto: - [HECHO CONCRETO 1: ej. "El compañero D. ___, contratado en idéntica categoría y con menor antigüedad, percibe ___ € brutos anuales según la oferta interna publicada el ___"] - [HECHO CONCRETO 2] - [HECHO CONCRETO 3] [AÑADIR LOS QUE APLIQUEN, CON FECHAS Y FUENTES VERIFICABLES] CUARTO. Que, conforme al artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 902/2020, la empresa está obligada a llevar un registro retributivo con los valores medios desglosados por sexo. He solicitado [HE / NO HE] tenido acceso a dicho registro, [INDICAR RESULTADO: si negaron acceso, fecha, etc.]. QUINTO. Que esta situación constituye discriminación retributiva por razón de sexo, prohibida por el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva (UE) 2023/970, así como por la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. PRUEBAS QUE SE ACOMPAÑAN: 1. Copia de mi contrato de trabajo y nóminas de los últimos [12 / 24] meses. 2. [LISTAR PRUEBAS: ej. captura de la oferta interna; correos donde se asignan funciones; comunicaciones internas que evidencian la diferencia; etc.] 3. [SI LO HUBIERA] Copia de la solicitud previa del registro retributivo y de la respuesta o falta de respuesta de la empresa. Por todo lo anterior, SOLICITO a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social: 1. Que se inicien las actuaciones inspectoras oportunas para verificar los hechos denunciados. 2. Que se requiera a la empresa la entrega del registro retributivo y, en su caso, de la auditoría retributiva (RD 902/2020) y del plan de igualdad si está obligada a tenerlo. 3. Que, de constatarse la infracción, se proceda a la sanción correspondiente conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). 4. Que se me informe del resultado de las actuaciones inspectoras. A los efectos del artículo 25 de la Directiva (UE) 2023/970 y del artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores, dejo constancia expresa de que cualquier represalia o trato desfavorable que se produjera tras la presentación de esta denuncia se entenderá nula de pleno derecho. Atentamente, [FIRMA] [TU NOMBRE Y APELLIDOS] [TU NIF]

Cómo presentarla

Hay tres vías oficiales para presentar la denuncia ante la Inspección de Trabajo. Las tres son válidas y dejan registro:

  1. Sede electrónica del Ministerio de Trabajo: Formulario de denuncias online. Requiere identificación con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es la vía más rápida y deja registro inmediato.
  2. Presentación presencial en la Inspección Provincial de Trabajo que corresponda al centro de trabajo. Lleva dos copias y exige que te sellen una con fecha.
  3. Por correo postal o burofax a la Inspección Provincial. El burofax con acuse de recibo deja prueba de la fecha de presentación.

La denuncia puede ser anónima, pero no se recomienda en discriminación salarial: necesitas que se te informe del resultado y conservar legitimación en caso de demanda posterior. El art. 25 de la Directiva protege explícitamente frente a represalias por presentar la denuncia.

Qué pasa después

Marco legal aplicable

Preguntas frecuentes sobre esta plantilla

¿Qué consideran los tribunales "indicios sólidos" para invertir la carga de la prueba?

No basta con la sospecha personal. Sirven, entre otros: datos del registro retributivo o de la respuesta a la solicitud del art. 7 Directiva que muestren diferencia injustificada; ofertas internas o externas de la empresa con banda salarial divergente para misma categoría; comparaciones documentadas con compañeros/as identificados/as; estadísticas internas de la empresa publicadas en su informe de brecha (a partir de 2027 para empresas de 250+); resoluciones previas de Inspección de Trabajo o sentencias en casos similares dentro de la misma empresa.

¿Puedo presentar la denuncia sin haber pedido antes el registro retributivo?

Sí, pero suele ser más sólida si has pedido la información antes. La Plantilla 1: pedir la banda salarial a tu empresa activa la respuesta de la empresa en 2 meses. Si esa respuesta confirma la brecha, tienes prueba directa para la denuncia. Si la empresa se niega o demora indebidamente, la propia falta de respuesta es indicio adicional. Aun así, si la urgencia te aprieta o crees que pedir el registro va a alertar a la empresa antes de tiempo, puedes denunciar directamente con las pruebas que ya tengas.

¿Puede mi empresa despedirme tras presentar la denuncia?

Cualquier despido o medida desfavorable que se produzca tras la presentación de la denuncia y guarde relación con ella es nulo de pleno derecho (art. 25 Directiva 2023/970 y art. 17 ET): la consecuencia jurídica es la readmisión obligatoria con abono de salarios de tramitación. Aun así, conviene leer el escenario Serpico para entender los matices reales más allá del papel — no todas las represalias son tan visibles como un despido directo.

¿La Inspección me dirá si la empresa ha sido sancionada?

Si te identificas como denunciante (no anónimo/a), la Inspección debe informarte del resultado de las actuaciones — aunque no del importe concreto de la sanción, que es información reservada. La fecha de las actuaciones y el sentido de la resolución sí te lo trasladan.

¿Cuánto tarda el procedimiento ante la Inspección?

Varía según provincia y carga de trabajo, pero suele ser de varios meses (3 a 12, en muchos casos). Por eso conviene avanzar en paralelo la preparación de la demanda ante el juzgado social, que es la vía para recuperar las diferencias salariales y los daños — la denuncia administrativa solo sanciona a la empresa, no recupera tu dinero.

¿Necesitas más contexto antes de enviarla?

La guía de la Ley explica los derechos completos, los plazos y qué hacer si la empresa no responde como debe.

Leer la guía de la Ley → Ver el Kit completo

⚠ Información orientativa basada en fuentes públicas y normativa vigente a abril de 2026. La plantilla es un modelo general — para casos complejos, despidos en curso o reclamaciones judiciales, consulta con un sindicato, un graduado social o un abogado laboralista.