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Kit del trabajador · Plantilla 7 de 10

Plantilla para documentar evidencias de desigualdad salarial

Para qué sirve esta plantilla

El artículo 18 de la Directiva (UE) 2023/970 invierte la carga de la prueba en los casos de discriminación retributiva: cuando la persona trabajadora aporta indicios suficientes de que se ha producido un trato desigual, le corresponde a la empresa demostrar que la diferencia obedece a razones objetivas, neutras y verificables. Ese mecanismo es la diferencia entre una sospecha que se archiva y una reclamación que se gana — pero sólo se activa si existen indicios sólidos y bien documentados.

Esta plantilla no es una carta. Es la herramienta para construir esos indicios antes de mover ficha: una taxonomía de qué cuenta como evidencia, una tabla maestra para llevar el registro y una guía de qué se puede y qué no se puede hacer al recabarlas. Cuando la tengas rellena, tendrás la base para usar la Plantilla 2 (registro retributivo), la Plantilla 1 (banda salarial), la Plantilla 5 (denuncia ITSS) o la Plantilla 9 (trabajo de igual valor) con expectativas razonables.

Cuándo usar esta plantilla

En cuanto sospechas que algo no encaja. Documentar evidencias es una actividad continuada, no algo que se hace en una tarde. Cuanto antes empieces, más sólido y con menos sesgo será el conjunto. La regla práctica: si la duda lleva más de dos semanas en tu cabeza, abre la tabla y vuelca lo que ya recuerdas con fechas aproximadas — y a partir de ahí registra cada cosa nueva el mismo día.

Antes de empezar a documentar, ten claro…

Qué cuenta como "indicio sólido" — taxonomía de evidencias

No todo vale. Los tribunales y la Inspección reconocen, esencialmente, siete tipos de evidencia. Tu objetivo es reunir, idealmente, al menos un elemento de tres categorías distintas — eso es lo que normalmente activa la inversión de la carga de la prueba (art. 18 Directiva).

  1. Comunicaciones internas. Correos, mensajes en Slack/Teams, conversaciones en grupos corporativos de WhatsApp. Sólo aquellas en las que tú participas o que se han enviado a una distribución de la que tú formas parte. Captura de pantalla con fecha/hora y dirección visibles, y exporta el correo original a .eml o PDF si puedes.
  2. Documentos retributivos en tu poder. Tus propias nóminas, tu contrato y sus anexos, ofertas internas o convocatorias publicadas en intranet con banda salarial para tu puesto exacto. Anuncios para tu mismo puesto que la empresa está publicando externamente con horquilla salarial visible.
  3. Comparaciones de funciones. Descripciones de puesto oficiales, organigramas internos, manuales de procesos, fichas de competencias del plan de igualdad. Sirven para argumentar trabajo de igual valor (art. 4 Directiva 2023/970, art. 28.1 ET) cuando las funciones del comparador no son idénticas a las tuyas pero sí equivalentes en formación, esfuerzo, responsabilidad y condiciones.
  4. Procesos de promoción y revisión salarial. Actas de comités de retribución comunicadas, evaluaciones de desempeño, comunicaciones colectivas de RRHH explicando criterios de subida (o ausencia de criterios escritos). Si la empresa nunca ha comunicado criterios claros, eso ya es un indicio: el art. 4 RD 902/2020 obliga a tener un sistema de valoración basado en "adecuación, totalidad y objetividad".
  5. Ofertas externas para puesto equivalente. LinkedIn, InfoJobs, Glassdoor, ofertas que la propia empresa ha publicado para reemplazar a un compañero/a o para crecer en el mismo puesto que tú ocupas. Útiles tanto para situar el rango de mercado como para identificar qué banda interna maneja la empresa.
  6. Anuncios y comunicados internos. Tablones físicos, intranet, comunicaciones de RRHH a toda la plantilla. Especialmente valiosos si describen políticas retributivas, criterios de subida, o si hay incoherencia entre lo anunciado y lo aplicado a tu caso.
  7. Datos públicos verificables. Tu convenio colectivo en el BOE/BOP (con tablas salariales por grupo y nivel), tu plan de igualdad si está registrado en el REGCON, las cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil (información pública sobre masa salarial), y el registro retributivo cuando la empresa esté obligada a darlo.

Tabla maestra de evidencias

Una sola tabla viva, no notas dispersas. Cópiala a Excel, Google Sheets, Numbers o cualquier hoja de cálculo y rellénala según vayas observando. El formato del bloque inferior es tabulado (TSV): al pegarlo en una hoja de cálculo, las columnas se separan automáticamente.

Fecha Tipo Descripción Fuente Prueba adjunta Quién más lo sabe Relevancia
2026-04-15 Comunicación interna RRHH explica que las subidas se basan en una "valoración global" sin desglosar criterios Email de RRHH del 15-abr al departamento Sí · email-2026-04-15.eml Toda la plantilla del departamento Falta de criterios objetivos (incumple art. 4 RD 902/2020)
2026-04-22 Documento retributivo Oferta interna publicada en intranet con banda 32-38 k€ para mi mismo puesto Intranet › Empleo › Vacantes 22-abr Sí · captura-vacante-22abr.png Banda concreta para el puesto que ya ocupo (comparador interno)
2026-05-03 Comparación de funciones Manual de procesos describe el rol "Especialista nivel 2" con responsabilidades equivalentes a las mías pero en grupo profesional superior Manual de procesos v3, p. 18 Sí · manual-p18-marca.pdf Argumenta trabajo de igual valor (art. 4 Directiva, art. 28.1 ET)

Plantilla en blanco para copiar a tu hoja de cálculo (cabecera + 10 filas vacías):

Fecha Tipo de evidencia Descripción Fuente Prueba adjunta Quién más lo sabe Relevancia para la reclamación [YYYY-MM-DD] [Comunicación / Documento / Comparación / Promoción / Oferta / Anuncio / Dato público] [Qué pasó o qué dice — frase corta] [De dónde sale: email, intranet, manual, BOE…] [Sí / No · nombre fichero] [Nombre o "ninguno"] [Por qué importa: igual valor, falta de criterios, comparador directo…] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [YYYY-MM-DD] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ] [ ]

Checklist por tipo de evidencia

Para cada categoría, lo mínimo que conviene tener guardado:

Cómo documentar SIN levantar ruido (límites legales)

⚠ Hay líneas rojas que conviene no cruzar

El derecho a documentar tiene límites. Cruzarlos puede convertir un caso ganable en un despido procedente o, en el peor escenario, en un delito. Los tribunales han fijado tres reglas claras:

Lo que puedes y debes hacer:

Cuándo tienes evidencias suficientes para reclamar

No hay un umbral matemático, pero el patrón aceptado por la Inspección de Trabajo y los juzgados de lo social es que existan, al menos, tres elementos consistentes:

  1. Un comparador identificado — alguien con tu mismo trabajo o con un trabajo de igual valor, cuya retribución superior puedes situar al menos por banda.
  2. Una diferencia retributiva apoyada en algún dato — tu nómina + uno de: oferta interna, banda externa publicada, registro retributivo recibido, comunicación que la mencione.
  3. Un elemento que descarte explicaciones objetivas — mismo nivel formativo, antigüedad similar o superior, evaluaciones equivalentes, ausencia de criterios escritos para fijar la diferencia.

Cuando reúnes esos tres, dispones de los indicios suficientes que activan la inversión de la carga de la prueba (art. 18 Directiva 2023/970). A partir de ahí no eres tú quien debe demostrar la discriminación: es la empresa quien debe demostrar que la diferencia obedece a una razón objetiva y verificable.

Marco legal aplicable

Preguntas frecuentes

¿Puedo grabar conversaciones con mi jefe/a o con RRHH?

En España, grabar conversaciones en las que tú participas es legal y la grabación es admisible como prueba (Tribunal Constitucional, doctrina consolidada desde la STC 114/1984). Lo que no puedes hacer es grabar conversaciones entre terceros. Antes de aportar una grabación a un proceso, comprueba el reglamento interno y la política de protección de datos: aunque sean ilegales para sancionarte por ello, conviene saber qué señales pueden mandar.

¿Puedo enviarme documentos confidenciales de la empresa a mi correo personal "por si acaso"?

No. El Tribunal Supremo ha confirmado en varias sentencias que el reenvío masivo o sistemático de documentos confidenciales al correo personal — incluso con la justificación de prepararse para un litigio — puede ser causa de despido procedente por transgresión de la buena fe contractual. La vía correcta es el art. 20 de la Directiva 2023/970: si llegas al juzgado, el juez puede ordenar a la empresa que aporte las pruebas en su poder. Lo que sí puedes hacer es capturar pantalla de comunicaciones que ya están dirigidas a ti, y conservar tus propias nóminas, contratos y emails.

¿Puedo preguntarle directamente a mi compañero/a cuánto cobra?

Sí. La Directiva 2023/970 (art. 7.5) prohíbe a la empresa imponer cláusulas de confidencialidad sobre el salario, así que compartirlo entre compañeros/as es plenamente legal. Eso sí: pide consentimiento explícito si vas a usar el dato fuera de la conversación. Un correo o mensaje en el que la persona te dice expresamente su salario y te autoriza a usar el dato como comparador es prueba válida — anótalo en la tabla con la fuente correspondiente.

¿Cuántas evidencias hacen falta para que la Inspección o un juzgado actúen?

No hay número fijo. La Inspección y los juzgados aplican el estándar de "indicios suficientes" del art. 18 Directiva: basta con que el conjunto sea coherente, verificable y permita presumir razonablemente la discriminación. En la práctica, tres elementos consistentes de tres categorías distintas (un comparador, una diferencia apoyada en dato, un elemento que descarte explicación objetiva) suelen bastar para activar la inversión de la carga de la prueba. Más, nunca sobran.

¿Y si la empresa borra los registros o las comunicaciones después?

Por eso conviene fijar las pruebas antes de cualquier movimiento. Las capturas con metadatos, los .eml exportados y las URLs públicas con fecha en archive.org son prácticamente irreproducibles después. Adicionalmente, el art. 20 Directiva permite al juzgado ordenar a la empresa que aporte documentos en su poder; si la empresa no lo hace o si demuestras que los borró tras tener constancia de tu reclamación, esa conducta juega en su contra y puede equivaler a un reconocimiento implícito.

¿Sirve un grupo de WhatsApp del trabajo como prueba?

Si tú formas parte del grupo y participas en la conversación, sí — y suele ser una de las pruebas más sólidas porque la cabecera del propio mensaje (remitente, hora) es difícil de falsificar. Captura la pantalla mostrando el grupo entero (con tu propio nombre o foto visible para acreditar que participas), exporta el chat completo desde la propia app (la opción "exportar chat") y guarda el .txt o .zip resultante. No edites nada.

¿Necesitas más contexto antes de enviarla?

La guía de la Ley explica los derechos completos, los plazos y qué hacer si la empresa no responde como debe.

Leer la guía de la Ley → Ver el Kit completo

⚠ Información orientativa basada en fuentes públicas y normativa vigente a abril de 2026. La plantilla es un modelo general — para casos complejos, despidos en curso o reclamaciones judiciales, consulta con un sindicato, un graduado social o un abogado laboralista.