Calculadora completa →
Tablas salariales 2025 · 2026 · 2027 · 2028

Convenio de Hostelería en Sevilla 2026

Convenio recién firmado (BOP Sevilla núm. 102, 30/05/2025) con vigencia 2025-2028 y subida acumulada del +17%, una de las más altas de la hostelería estatal. 15 pagas, jornada 1.800 h/año, Nivel 3 Bis para Camarera/o de Pisos con +1,5% adicional cada año.

Subida histórica: +4 % / +5 % / +4 % / +4 %
✓ Verificado contra el boletín oficial de la provincia por SalarioJusto · última revisión 28 de mayo de 2026
Datos clave del convenio
Jornada anual
1800 horas
Pagas al año
15 pagas
Vigencia
1 enero 2025 – 31 diciembre 2028
Código convenio
41001465011981
Convenio recién firmado en 2025 con vigencia hasta diciembre de 2028. La subida acumulada en los cuatro años es del 17% (+4% en 2025, +5% en 2026, +4% en 2027, +4% en 2028), una de las más altas de la hostelería estatal. El convenio reconoce 17 sub-categorías de establecimiento — desde hoteles de 5 estrellas hasta tabernas sin comidas — con 5 niveles profesionales en cada una (más un 'Nivel 3 Bis' específico de Camarero/a de Pisos en hoteles, con un +1,5% adicional cada año). Las cifras de la tabla son salario base mensual bruto, distribuidas en 15 pagas equivalentes: 12 mensualidades + 2 pagas extras (15 de julio y 15 de diciembre) + Paga de Primavera (antes del 1 de abril del año siguiente). Cada paga equivale al salario base + antigüedad. Adicionalmente, el Plus Convenio (20 días de salario base, abonado el 15 de octubre) y el Plus Asistencia (10 días, condicionados a faltas inferiores a 7 al año) se suman fuera de la tabla.

Antes de seguir: ¿este convenio te cubre?

El Convenio Provincial de Hostelería de Sevilla aplica a toda persona trabajadora por cuenta ajena en cualquier establecimiento de hostelería, restauración o alojamiento de la provincia de Sevilla, con independencia de su titularidad pública o privada. Si trabajas en un bar, cafetería, restaurante, hotel, hostal, pensión, residencia geriátrica, sala de fiestas, casino o billar dentro del territorio sevillano, este convenio fija el suelo mínimo de tu salario y condiciones (Art. 1.º y 2.º).

Las 17 sub-tablas según el tipo de establecimiento

El convenio reconoce 17 categorías de establecimiento con tablas salariales propias, agrupadas en cuatro familias: hoteles y apartamentos (4-5★, 3★, 2★, 1★, moteles/camping/pensiones/geriátricos), restaurantes (4-5 tenedores, 2-3 tenedores y catering, 1 tenedor/tabernas con comidas/pizzerías), cafeterías y cafés-bares (2-3 tazas, 1 taza/creperías, categoría especial/cervecerías/heladerías, 4ª, tabernas sin comidas), y discotecas/casinos/billares.

Diferenciación clave: la asimilación de personal de limpieza de viviendas turísticas a Camarera/o de Pisos (Art. 3.º) es exclusiva del convenio de Sevilla. Extiende la cobertura del convenio a un colectivo que en otras provincias suele quedar fuera de regulación sectorial específica.
Tablas salariales 2026 — Sevilla

Salario base mensual bruto en 15 pagas. Cuantías oficiales publicadas en BOP Sevilla núm. 102, 30/05/2025.

Hoteles y apartamentos 5 categorías × 5-6 niveles · incluye Camarera/o de Pisos Nivel 3 Bis · 30 cuadros salariales
Nivel Categoría Salario bruto
H45-1 (Hoteles y Apartamentos de 4 y 5 estrellas)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Hotel 4-5★) 1.650,44 €
24.756,60 €/año
H45-2 (Hoteles y Apartamentos de 4 y 5 estrellas)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Hotel 4-5★) 1.592,02 €
23.880,30 €/año
H45-3 (Hoteles y Apartamentos de 4 y 5 estrellas)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Hotel 4-5★) 1.495,17 €
22.427,55 €/año
H45-3B (Hoteles y Apartamentos de 4 y 5 estrellas)
Camarero/a de Pisos
Nivel 3 Bis — Camarero/a de Pisos (Hotel 4-5★) 1.427,91 €
21.418,65 €/año
H45-4 (Hoteles y Apartamentos de 4 y 5 estrellas)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Hotel 4-5★) 1.328,42 €
19.926,30 €/año
H45-5 (Hoteles y Apartamentos de 4 y 5 estrellas)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Hotel 4-5★) 1.300,35 €
19.505,25 €/año
H3-1 (Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Hotel 3★) 1.488,37 €
22.325,55 €/año
H3-2 (Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Hotel 3★) 1.385,69 €
20.785,35 €/año
H3-3 (Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Hotel 3★) 1.337,55 €
20.063,25 €/año
H3-3B (Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas)
Camarero/a de Pisos
Nivel 3 Bis — Camarero/a de Pisos (Hotel 3★) 1.337,55 €
20.063,25 €/año
H3-4 (Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Hotel 3★) 1.281,24 €
19.218,60 €/año
H3-5 (Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Hotel 3★) 1.281,24 €
19.218,60 €/año
H2-1 (Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Hotel 2★) 1.372,83 €
20.592,45 €/año
H2-2 (Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Hotel 2★) 1.338,65 €
20.079,75 €/año
H2-3 (Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Hotel 2★) 1.286,31 €
19.294,65 €/año
H2-3B (Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas)
Camarero/a de Pisos
Nivel 3 Bis — Camarero/a de Pisos (Hotel 2★) 1.286,31 €
19.294,65 €/año
H2-4 (Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Hotel 2★) 1.222,16 €
18.332,40 €/año
H2-5 (Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Hotel 2★) 1.222,16 €
18.332,40 €/año
H1-1 (Hoteles y Apartamentos de 1 estrella)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Hotel 1★) 1.339,63 €
20.094,45 €/año
H1-2 (Hoteles y Apartamentos de 1 estrella)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Hotel 1★) 1.306,22 €
19.593,30 €/año
H1-3 (Hoteles y Apartamentos de 1 estrella)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Hotel 1★) 1.254,97 €
18.824,55 €/año
H1-3B (Hoteles y Apartamentos de 1 estrella)
Camarero/a de Pisos
Nivel 3 Bis — Camarero/a de Pisos (Hotel 1★) 1.254,97 €
18.824,55 €/año
H1-4 (Hoteles y Apartamentos de 1 estrella)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Hotel 1★) 1.191,80 €
17.877,00 €/año
H1-5 (Hoteles y Apartamentos de 1 estrella)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Hotel 1★) 1.191,80 €
17.877,00 €/año
MOT-1 (Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Pensiones/Camping/Geriátricos) 1.339,63 €
20.094,45 €/año
MOT-2 (Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Pensiones/Camping/Geriátricos) 1.306,22 €
19.593,30 €/año
MOT-3 (Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Pensiones/Camping/Geriátricos) 1.254,97 €
18.824,55 €/año
MOT-3B (Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas)
Camarero/a de Pisos
Nivel 3 Bis — Camarero/a de Pisos (Pensiones/Camping/Geriátricos) 1.254,97 €
18.824,55 €/año
MOT-4 (Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Pensiones/Camping/Geriátricos) 1.191,80 €
17.877,00 €/año
MOT-5 (Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Pensiones/Camping/Geriátricos) 1.191,80 €
17.877,00 €/año
Restaurantes y catering 3 categorías × 5 niveles · incluye Riders y delivery (Nivel 4) · 15 cuadros salariales
Nivel Categoría Salario bruto
R45-1 (Restaurantes de 4 y 5 tenedores)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Restaurante 4-5 ten.) 1.638,90 €
24.583,50 €/año
R45-2 (Restaurantes de 4 y 5 tenedores)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Restaurante 4-5 ten.) 1.580,47 €
23.707,05 €/año
R45-3 (Restaurantes de 4 y 5 tenedores)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Restaurante 4-5 ten.) 1.483,78 €
22.256,70 €/año
R45-4 (Restaurantes de 4 y 5 tenedores)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Restaurante 4-5 ten.) 1.355,30 €
20.329,50 €/año
R45-5 (Restaurantes de 4 y 5 tenedores)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Restaurante 4-5 ten.) 1.355,30 €
20.329,50 €/año
R23-1 (Restaurantes de 2 y 3 tenedores y Catering)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Restaurante 2-3 ten./Catering) 1.427,00 €
21.405,00 €/año
R23-2 (Restaurantes de 2 y 3 tenedores y Catering)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Restaurante 2-3 ten./Catering) 1.390,88 €
20.863,20 €/año
R23-3 (Restaurantes de 2 y 3 tenedores y Catering)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Restaurante 2-3 ten./Catering) 1.356,68 €
20.350,20 €/año
R23-4 (Restaurantes de 2 y 3 tenedores y Catering)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Restaurante 2-3 ten./Catering) 1.270,78 €
19.061,70 €/año
R23-5 (Restaurantes de 2 y 3 tenedores y Catering)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Restaurante 2-3 ten./Catering) 1.270,78 €
19.061,70 €/año
R1-1 (Restaurantes 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Restaurante 1 ten./Tabernas/Pizzerías) 1.413,70 €
21.205,50 €/año
R1-2 (Restaurantes 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Restaurante 1 ten./Tabernas/Pizzerías) 1.377,90 €
20.668,50 €/año
R1-3 (Restaurantes 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Restaurante 1 ten./Tabernas/Pizzerías) 1.344,20 €
20.163,00 €/año
R1-4 (Restaurantes 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Restaurante 1 ten./Tabernas/Pizzerías) 1.258,91 €
18.883,65 €/año
R1-5 (Restaurantes 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Restaurante 1 ten./Tabernas/Pizzerías) 1.258,91 €
18.883,65 €/año
Cafeterías y cafés-bares 5 categorías × 5 niveles · de Cafeterías 2-3 tazas a Tabernas sin comidas · 23 cuadros salariales
Nivel Categoría Salario bruto
C23-1 (Cafeterías de 2 y 3 tazas)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Cafetería 2-3 tazas) 1.413,54 €
21.203,10 €/año
C23-2 (Cafeterías de 2 y 3 tazas)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Cafetería 2-3 tazas) 1.363,00 €
20.445,00 €/año
C23-3 (Cafeterías de 2 y 3 tazas)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Cafetería 2-3 tazas) 1.310,96 €
19.664,40 €/año
C23-4 (Cafeterías de 2 y 3 tazas)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Cafetería 2-3 tazas) 1.276,62 €
19.149,30 €/año
C23-5 (Cafeterías de 2 y 3 tazas)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Cafetería 2-3 tazas) 1.276,62 €
19.149,30 €/año
C1-1 (Cafeterías de 1 taza y Creperías)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Cafetería 1 taza/Crepería) 1.368,45 €
20.526,75 €/año
C1-2 (Cafeterías de 1 taza y Creperías)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Cafetería 1 taza/Crepería) 1.334,69 €
20.020,35 €/año
C1-3 (Cafeterías de 1 taza y Creperías)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Cafetería 1 taza/Crepería) 1.284,71 €
19.270,65 €/año
C1-4 (Cafeterías de 1 taza y Creperías)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Cafetería 1 taza/Crepería) 1.264,73 €
18.970,95 €/año
C1-5 (Cafeterías de 1 taza y Creperías)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Cafetería 1 taza/Crepería) 1.264,73 €
18.970,95 €/año
BE-1 (Cafés y Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías, Heladerías)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Café/Bar Cat.Especial) 1.367,30 €
20.509,50 €/año
BE-2 (Cafés y Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías, Heladerías)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Café/Bar Cat.Especial) 1.317,28 €
19.759,20 €/año
BE-3 (Cafés y Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías, Heladerías)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Café/Bar Cat.Especial) 1.265,56 €
18.983,40 €/año
BE-4 (Cafés y Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías, Heladerías)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Café/Bar Cat.Especial) 1.231,68 €
18.475,20 €/año
BE-5 (Cafés y Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías, Heladerías)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Café/Bar Cat.Especial) 1.231,68 €
18.475,20 €/año
B4-1 (Cafés y Cafés Bares de 4ª)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Café/Bar 4ª) 1.328,99 €
19.934,85 €/año
B4-2 (Cafés y Cafés Bares de 4ª)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Café/Bar 4ª) 1.295,45 €
19.431,75 €/año
B4-3 (Cafés y Cafés Bares de 4ª)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Café/Bar 4ª) 1.245,79 €
18.686,85 €/año
B4-4 (Cafés y Cafés Bares de 4ª)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Café/Bar 4ª) 1.225,84 €
18.387,60 €/año
B4-5 (Cafés y Cafés Bares de 4ª)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Café/Bar 4ª) 1.225,84 €
18.387,60 €/año
TS-3 (Tabernas sin comidas)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Taberna sin comidas) 1.245,79 €
18.686,85 €/año
TS-4 (Tabernas sin comidas)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Taberna sin comidas) 1.225,84 €
18.387,60 €/año
TS-5 (Tabernas sin comidas)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Taberna sin comidas) 1.225,84 €
18.387,60 €/año
Discotecas, casinos y billares 4 categorías × 5 niveles · Salas de fiestas, Tablaos, Casinos, Billares · 18 cuadros salariales
Nivel Categoría Salario bruto
DIS-1 (Pubs, Disco Bares, Salas de Fiestas, Discotecas, Tablaos Flamencos, Salas de Bailes)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Pub/Disco/Sala fiestas) 1.445,35 €
21.680,25 €/año
DIS-2 (Pubs, Disco Bares, Salas de Fiestas, Discotecas, Tablaos Flamencos, Salas de Bailes)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Pub/Disco/Sala fiestas) 1.373,66 €
20.604,90 €/año
DIS-3 (Pubs, Disco Bares, Salas de Fiestas, Discotecas, Tablaos Flamencos, Salas de Bailes)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Pub/Disco/Sala fiestas) 1.311,59 €
19.673,85 €/año
DIS-4 (Pubs, Disco Bares, Salas de Fiestas, Discotecas, Tablaos Flamencos, Salas de Bailes)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Pub/Disco/Sala fiestas) 1.295,65 €
19.434,75 €/año
DIS-5 (Pubs, Disco Bares, Salas de Fiestas, Discotecas, Tablaos Flamencos, Salas de Bailes)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Pub/Disco/Sala fiestas) 1.295,65 €
19.434,75 €/año
C12-1 (Casinos de 1ª y 2ª Categoría)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Casino 1ª-2ª) 1.605,33 €
24.079,95 €/año
C12-2 (Casinos de 1ª y 2ª Categoría)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Casino 1ª-2ª) 1.547,09 €
23.206,35 €/año
C12-3 (Casinos de 1ª y 2ª Categoría)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Casino 1ª-2ª) 1.502,62 €
22.539,30 €/año
C12-4 (Casinos de 1ª y 2ª Categoría)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Casino 1ª-2ª) 1.450,56 €
21.758,40 €/año
C12-5 (Casinos de 1ª y 2ª Categoría)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Casino 1ª-2ª) 1.450,56 €
21.758,40 €/año
C34-1 (Casinos de 3ª y 4ª Categoría)
Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Recepción, Jefe/a de Sala, Primer Jefe/a de Comedor…
Nivel 1 — Jefes/as de Cocina, Sala, Recepción (Casino 3ª-4ª) 1.538,51 €
23.077,65 €/año
C34-2 (Casinos de 3ª y 4ª Categoría)
Recepcionista, Cajero/a, Segundo/a Jefe/a de Cocina, Segundo/a Jefe/a de Sala…
Nivel 2 — Recepcionista, Cajero/a, 2º Jefe/a, Repostero/a (Casino 3ª-4ª) 1.504,66 €
22.569,90 €/año
C34-3 (Casinos de 3ª y 4ª Categoría)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Casino 3ª-4ª) 1.452,94 €
21.794,10 €/año
C34-4 (Casinos de 3ª y 4ª Categoría)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Casino 3ª-4ª) 1.418,93 €
21.283,95 €/año
C34-5 (Casinos de 3ª y 4ª Categoría)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Casino 3ª-4ª) 1.418,93 €
21.283,95 €/año
BIL-3 (Billares y Salones de Recreo)
Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller…
Nivel 3 — Camarero/a, Cocinero/a, Barman, Sumiller (Billar/Salón recreo) 1.271,54 €
19.073,10 €/año
BIL-4 (Billares y Salones de Recreo)
Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Ayudante de Recepción, Conductor/a…
Nivel 4 — Ayudante de Camarero/a, de Cocina, Mozo/a, Conductor/a, Rider (Billar/Salón recreo) 1.249,73 €
18.745,95 €/año
BIL-5 (Billares y Salones de Recreo)
Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a…
Nivel 5 — Marmitón, Fregador/a, Limpiador/a, Lavandero/a, Pinche (Billar/Salón recreo) 1.231,68 €
18.475,20 €/año

Importes brutos antes de descuentos de IRPF y Seguridad Social. Para calcular tu salario neto exacto con tu situación familiar, usa la calculadora oficial de SalarioJusto.

¿Tu salario real coincide con el convenio? Verifícalo ahora y reclama diferencias si las hay.

Verificar mi salario →

Tu jornada y descansos

El Art. 30.º fija una jornada máxima de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo. Es una de las jornadas más largas del corpus hostelero auditado, en línea con Madrid (1.800 h) y por encima de Valencia (1.794 h) o Cataluña (1.783 h desde 2026).

ConceptoValor (Art. 30.º)
Jornada anual máxima1.800 horas efectivas
Jornada semanal ordinaria40 horas (resto del año)
Jornada diaria máxima ordinaria8 horas
Bolsa de horas irregulares180 horas/año distribuibles en feb-may y sept-dic
Jornada en período irregularHasta 10 horas/día y 50 horas/semana
Descanso entre jornadas12 horas mínimo (Art. 34 ET aplicable)
Descanso semanal1,5 días (centros ≤25 personas) · 2 días (centros >25)
vs Madrid 1.800 h · vs Valencia 1.794 h · vs Cataluña 1.783 h. Sevilla y Madrid empatan en la jornada más larga del corpus. La diferencia con Cataluña son 17 horas al año (≈ dos jornadas completas). La bolsa de 180 h irregulares en temporada alta (feb-may + sept-dic) permite a la empresa concentrarte hasta 50 h/semana — pero la jornada anual total no puede superar las 1.800 h.

Vacaciones, festivos y licencias

El Art. 31.º reconoce 30 días naturales de vacaciones retribuidas con salario base más antigüedad, en línea con el Estatuto de los Trabajadores. La particularidad sevillana está en la garantía de período estival.

ConceptoSevilla (Art. 31.º)
Días de vacaciones30 días naturales/año
RetribuciónSalario base + antigüedad
Garantía período estival17 días entre 1 jun y 30 sep (todos los centros)
Garantía estival en centros >50 trabajadores21 días entre 1 jun y 30 sep
DisfruteAño natural; no se pueden compensar en metálico salvo extinción

Licencias retribuidas reguladas en el convenio

El convenio sevillano se remite al Estatuto de los Trabajadores (Art. 37 ET) para licencias por matrimonio, fallecimiento, hospitalización, deber inexcusable y lactancia. Específicamente reconoce permiso retribuido para bautizo, comunión o boda de familiares de primer grado (Art. 30.º) — una particularidad cultural andaluza que no aparece en otros convenios del corpus.

Pluses y complementos: lo que se suma al salario

Sevilla destaca por una arquitectura de pluses pensada para premiar la asistencia y la antigüedad, con dos plus singulares fuera de la tabla salarial: el Plus Convenio y el Plus Asistencia.

Plus Convenio (Art. 16.º)

20 días de salario base + antigüedad, devengado entre el 15 de octubre del año anterior y el 14 de octubre del año en curso, y abonado el 15 de octubre de cada año. Es una paga complementaria fija que no depende de la asistencia.

Plus Asistencia (Art. 17.º) — único en el corpus

10 días de salario base + antigüedad, pero su cobro está escalonado en función de las faltas anuales:

Faltas en el año% del Plus Asistencia cobrado
Hasta 7 faltas100 %
8 faltas50 %
9 faltas40 %
10 faltas o más0 %

Mecanismo no existente en Madrid, Valencia, Barcelona ni Bizkaia: el Plus Asistencia liga la retribución a la presencialidad efectiva con un umbral muy estrecho.

Antigüedad (Art. 14.º) — escala sobre SMI congelado

La antigüedad se calcula sobre un SMI congelado a la cifra de 420,71 € (una cuantía histórica que no se actualiza con el SMI vigente). Es una mecánica heredada del convenio anterior que aplana el peso real de la antigüedad respecto a otros convenios del corpus.

Antigüedad acumulada% sobre SMI congelado (420,71 €)Cuantía mensual
3 años3 %12,62 €
6 años8 %33,66 €
9 años16 %67,31 €
14 años26 %109,38 €
19 años38 %159,87 €
24 años o más45 %189,32 €
Aviso editorial: al estar la antigüedad referenciada a un SMI congelado en 420,71 € (no al SMI vigente, que en 2026 supera los 1.200 €), el peso real de la antigüedad en la nómina sevillana es significativamente menor que en convenios con escala sobre salario base (como Bizkaia, donde el tope del 45 % es sobre el salario base completo). Para una persona con 24 años de servicio, hablamos de ~189 €/mes en Sevilla frente a varios cientos de euros en otras provincias.

Nocturnidad (Art. 15.º)

ModalidadRecargo
Hora ordinaria realizada en jornada parcial nocturna+25 % sobre la hora ordinaria
Jornada nocturna completa+20 % sobre el sueldo base

Horas extraordinarias (Art. 12.º)

El convenio fija un incremento del 75 % sobre la hora ordinaria o compensación con descanso a razón de 1 hora trabajada = 1 hora y 45 minutos de descanso.

vs Madrid +100 % · vs Cataluña valor ordinario sin recargo · vs Sevilla +75 %. Sevilla se sitúa en una posición intermedia: paga el extra mejor que Cataluña (donde la hora extra se compensa al valor ordinario), pero peor que Madrid (que aplica +100 %). El equivalente en descanso es generoso: cada hora extra realizada se cambia por 1h 45m libres.

Plus Manutención (Art. 11.º)

Si la empresa proporciona manutención al personal, descuenta 5,80 € al mes de la nómina como retribución en especie. Si no la proporciona, no procede descuento.

Si te cambian de jefe: subrogación parcial (concesiones administrativas)

El Art. 29.º regula una subrogación limitada a un único supuesto: las concesiones administrativas del Estado. Cuando una infraestructura pública (estación, aeropuerto, complejo hospitalario, etc.) cambia de empresa concesionaria, la nueva titular debe absorber al personal de la empresa saliente y subrogarse en sus derechos y obligaciones laborales.

vs Madrid (sin subrogación) · vs Valencia (subrogación total Art. 41) · vs Tarragona (Art. 51 — solo concesiones de restauración). Sevilla se posiciona como Tarragona, en una banda intermedia: no hay subrogación general entre empresas privadas, pero sí existe protección si trabajas en establecimientos concedidos por la administración. Si tu empresa cambia por simple traspaso comercial, no hay obligación convencional de subrogación — se aplica el Art. 44 ET (sucesión de empresa) en su caso.

Contrato fijo discontinuo: el contrato más extendido en hostelería

Los Arts. 24.º y 25.º regulan en detalle el fijo discontinuo, que es la modalidad mayoritaria en el sector hostelero sevillano por la estacionalidad de la actividad (Semana Santa, Feria de Abril, verano, congresos).

ModalidadDuración mínimaLlamamientos máx.Preaviso
Fijo discontinuo a tiempo completo4 meses de actividad / 12 meses44 días
Fijo discontinuo a tiempo parcial6 meses / 12 meses (mín. 4 h/día)54 días
Catering especial (eventos)120 días/año3 períodos4 días

Reglas de llamamiento

Baja médica complementada hasta el 100 % del salario base

El Art. 22.º obliga a la empresa a complementar la prestación de Seguridad Social hasta alcanzar el 100 % del salario base durante la situación de incapacidad temporal (IT), por un máximo de 12 meses. La empresa puede condicionar el complemento a no haber contratado sustituto interino (con matices según antigüedad de la persona en IT).

vs Madrid (no complemento automático) · vs Bizkaia (100 % desde el 1er día) · vs Sevilla (100 % durante 12 meses). Sevilla está en el grupo de convenios que sí complementan la IT al 100 %, junto con Bizkaia, Valencia y Baleares. Por encima de Madrid, donde la prestación se queda en lo que abona la Seguridad Social (60 % entre el día 4-20, 75 % desde el 21).

Sevilla frente a otras provincias del sector

Comparamos las cifras clave de Sevilla con las 8 provincias auditadas en el pilar de Hostelería. Estas referencias son útiles si negocias subida, contrato nuevo o cambias de provincia.

Dimensión Sevilla Media del corpus Posición
Jornada anual 1.800 h 1.787,67 h 5ª-9ª de 9 · en la media
Pagas anuales 15
Camarero/a base mínimo 1.254,97 €/mes 1.320,59 €/mes 4ª de 8   -5,0%
Bruto anual Camarero/a 18.825 € 19.278 € 4ª de 8   -2,4%

Comparado con: Barcelona, Bizkaia, Cantabria, Cádiz, Granada, Madrid, Málaga, Valencia. Bizkaia queda fuera del cálculo salarial: estructura 'total garantizado' por 6 niveles abstractos — no segrega categoría camarero/a. Cuantía Camarero/a en Sevilla: H1-3 / MOT-3 (Camarero/a en Hotel 1★ o Pensiones/Camping/Geriátricos). Dataset auditado el 13 de mayo de 2026. Ver pilar sectorial Hostelería para más detalle.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería en Sevilla para 2026?

Según las tablas salariales 2026 publicadas en BOP Sevilla núm. 102, 30/05/2025, el salario base mensual mínimo es de 1.191,80 €/mes (categoría más baja, Tabernas sin Comidas Nivel 5) y puede llegar hasta 1.650,44 €/mes en las categorías superiores (Hotel 4-5★ Nivel 1). Son cuantías brutas en 15 pagas.

¿Cuántas horas de jornada anual fija el convenio?

La jornada anual máxima pactada es de 1.800 horas efectivas al año, en línea con Madrid y por encima de Valencia (1.794 h) o Cataluña (1.783 h desde 2026). El Art. 30.º permite a la empresa concentrarla en bolsas de 180 horas irregulares en temporada alta (feb-may y sept-dic), con un máximo de 10 horas diarias y 50 horas semanales en esos meses.

¿Qué es el Nivel 3 Bis y a quién le afecta?

El Nivel 3 Bis es una categoría salarial específica para Camarera/o de Pisos creada por este convenio (Art. 10.º y Anexo I). Tiene su propia escala salarial y recibe un incremento adicional del +1,5 % cada año (acumulativo a la subida general), sin superar el salario del Nivel 3 regular. Es una medida de equiparación profesional pionera en el sector hostelero estatal: las camareras de piso, mayoritariamente mujeres y con cargas físicas elevadas, históricamente quedaban relegadas a las categorías más bajas. Por el Art. 3.º, también se aplica al personal de limpieza de Viviendas Turísticas (VUT/VTAR).

¿Cómo funciona el Plus Asistencia?

El Plus Asistencia (Art. 17.º) son 10 días de salario base + antigüedad al año, pero su cobro depende de las faltas no justificadas: 100 % si tienes hasta 7 faltas, 50 % con 8, 40 % con 9 y 0 % con 10 o más. Es un mecanismo único en el corpus hostelero auditado. Las faltas justificadas (IT, permisos retribuidos, deber inexcusable) no cuentan.

¿Existe subrogación si mi empresa cambia?

Sí, pero limitada a concesiones administrativas del Estado (Art. 29.º). Si trabajas en un establecimiento operado por concesión pública (cafetería de estación, hospital, aeropuerto…), la nueva concesionaria debe subrogarte. Si tu empresa cambia por simple compraventa o traspaso privado, no hay obligación convencional de subrogación — se aplica el Art. 44 ET en su caso.

¿Qué hago si mi empresa paga menos que el convenio?

Tienes derecho a reclamar las diferencias salariales. El plazo de prescripción es de 1 año por mensualidad desde que debió abonarse (art. 59.2 ET). Presentar papeleta de conciliación ante el SMAC de Sevilla interrumpe ese plazo. Consulta nuestra guía para reclamar diferencias de convenio.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del convenio?

El texto completo se publicó en BOP Sevilla núm. 102, 30/05/2025 con código de convenio 41001465011981. Abrir publicación oficial.

¿Tu nómina no encaja con el convenio?

Reclamar diferencias salariales tiene un procedimiento sencillo y gratuito si lo sigues en el orden correcto. La clave es documentar bien y actuar antes del año de prescripción que marca el art. 59.2 ET — cada mes que pasa sin reclamar es un mes que pierdes.

  1. Documenta la diferencia. Compara tres meses consecutivos de nómina con la tabla 2026 del Anexo I para tu categoría. Anota diferencias por concepto (salario base, plus de transporte, plus festivo, nocturnidad, antigüedad si aplica) y guarda copias de las nóminas. Esa documentación es la base de toda la reclamación.
  2. Comunica formalmente a RRHH lo que falta y por qué. Identifica los artículos del convenio que sustentan tu derecho, calcula el importe total y pide pago en plazo razonable. Envío con prueba (burofax o email con acuse) — conserva copia. Es la última oportunidad de resolver sin conflicto.
  3. Si no hay respuesta o es negativa, ve a SERCLA a presentar papeleta de conciliación. Interrumpe el plazo, es gratuita y abre la vía al juzgado de lo social si en el acto no hay acuerdo. Tienes 1 año por mensualidad desde que debió pagarse: actúa por las más antiguas primero para no perderlas.

Si necesitas apoyo, Horeca Sevilla, CCOO de Servicios y UGT-FeSMC prestan asesoría gratuita a personas afiliadas. Código REGCON del convenio: 41001705011982. Guía completa para reclamar diferencias →

DatoDetalle
Nombre oficialConvenio Colectivo del Sector de Hostelería de la Provincia de Sevilla
Código de convenio41001465011981
Publicación oficialBOP Sevilla núm. 102, 30/05/2025
Vigencia (Art. 4.º)1 enero 2025 – 31 diciembre 2028
Ámbito territorialProvincia de Sevilla
Ámbito funcional17 sub-tablas (hoteles, restaurantes, cafeterías, discotecas, casinos, billares, geriátricos)
Cláusula revisión salarial (Art. 10.º)+4 % 2025 · +5 % 2026 · +4 % 2027 · +4 % 2028 (+17 % acumulado) · Nivel 3 Bis Camarera/o Pisos: +1,5 % adicional cada año
Régimen disciplinarioRemite al VI Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para Hostelería (ALEH)

Partes firmantes

Comisión paritaria (Art. 9.º)

Particularidades únicas de Sevilla

Quién audita esto

Esta ficha de convenio ha sido cruzada manualmente contra el texto íntegro del boletín oficial por el equipo de SalarioJusto. Verificamos cifra a cifra (salarios, jornada, pluses, pagas extras) y dejamos el código del edicto y la fecha de revisión visibles para que puedas comprobarlo tú también.

No somos un bufete: somos una herramienta gratuita de transparencia salarial, sin empresas detrás. Si detectas un error, escríbenos y lo corregimos.

Cómo trabajamos →