¿Este convenio te cubre?
El Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de Sevilla (código REGCON 41001705011982) se aplica al personal contratado por empresas de limpieza que prestan servicios en edificios y locales de la provincia de Sevilla, con independencia de que el cliente final sea público (SAS, Junta de Andalucía, universidades, ayuntamientos) o privado (comunidades, hoteles, hospitales privados, colegios concertados).
- Te cubre si tu empresa presta servicios de limpieza a instalaciones ubicadas en la provincia de Sevilla, aunque la sede social esté en Madrid, Barcelona u otra provincia.
- Te cubre como personal fijo, fijo-discontinuo o temporal en oficinas, hospitales (Virgen del Rocío, Virgen Macarena, Valme, Nuestra Señora del Rocío), Universidad de Sevilla, Universidad Pablo de Olavide, colegios, hoteles, gimnasios, museos, aeropuerto y puerto de Sevilla (Art. 2).
- Te cubre como personal fijo-discontinuo con llamamientos por temporada. La antigüedad se computa desde el primer llamamiento (TJUE C-152/20 y STS 5-3-2020).
- Te cubre aunque tu contrata cambie de empresa: el convenio garantiza subrogación con 4 meses mínimo de antigüedad en el centro.
- NO te cubre si eres personal de limpieza contratado directamente por el cliente final (por ejemplo, personal laboral de la Universidad de Sevilla con convenio propio del PAS).
- NO te cubre si tu servicio principal es limpieza viaria o recogida de residuos municipales (LIPASAM, Aljarafesa): tienen convenio propio.
- NO te cubre si haces limpieza industrial especializada bajo el marco de otro convenio (limpieza criogénica, procesos farmacéuticos ISO específicos).
En caso de duda sobre convenio aplicable, puede solicitarse informe a la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo y Economía Social de la Junta de Andalucía en Sevilla (Av. de Grecia s/n, Sevilla) o consultar el REGCON con el CIF de la empresa contratante.
Historia del convenio 2024-2027 — el único vigente sin ultraactividad
El convenio actualmente en aplicación en Sevilla se firmó el 21 de agosto de 2025 tras casi ocho meses de negociación, con vigencia retroactiva al 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2027. Se publicó en el BOP Sevilla nº 162 del 25 de agosto de 2025 (texto articulado) y en el BOP Sevilla nº 238 del 11 de diciembre de 2025 (rectificación de errores mecanográficos en las tablas salariales). La particularidad más singular es que los cuatro firmantes (CCOO, UGT, ASPEL y APEL) alcanzaron un acuerdo unánime — sin sindicatos discrepantes ni conflictos colectivos previos.
| Momento | Hito |
|---|---|
| Diciembre 2023 | Denuncia formal del convenio 2020-2023 tras expiración natural |
| Enero-Junio 2025 | Seis rondas negociadoras. Acuerdos parciales sobre reducción jornada y pluses |
| 21 agosto 2025 | Firma unánime del convenio 2024-2027 con +3,49% anual y jornada 37,5h desde 2026 |
| 25 agosto 2025 | Publicación BOP Sevilla nº 162 con texto articulado |
| 11 diciembre 2025 | Rectificación tablas salariales — BOP Sevilla nº 238 |
| 1 enero 2026 | Entrada en vigor jornada reducida 37,5h/semana + tablas 2026 |
| 1 enero 2027 | Tablas 2027 con +3,49% adicional (anticipadas en el propio texto) |
La singularidad de Sevilla dentro del sector es doble: (1) estabilidad hasta 2027 mientras Madrid, Valencia y Málaga están en ultraactividad sin marco definido, y (2) incrementos preacordados del +3,49% anual aplicados uniformemente a salario base, plus especial y asiduidad. Este mecanismo protege el poder adquisitivo del personal sin depender de cláusulas IPC (que Málaga no tiene, y Valencia tampoco). Como contrapartida, el convenio de Sevilla es más ajustado al SMI: el Grupo IV Nivel I queda solo 12 € por encima del SMI 2026, lo que genera fricciones prácticas cuando hay descuentos por asiduidad.
Tablas salariales 2026 — todas las categorías
Cuantías vigentes desde el 1 de enero de 2026. El salario base diario (33,23 €) es común a todas las categorías; la diferenciación se canaliza por el plus especial mensual. Todas las categorías cobran además la asiduidad mensual (122,36 €, sujeta a descuentos por días no trabajados). Las pagas extras son tres (Navidad, Verano y Beneficios), sumando 2.990,71 € anuales en 2026.
Despliega tu familia profesional para ver las cuantías 2026. Personal Limpiador (Grupo IV) es la más consultada; se abre por defecto. Grupo IV Nivel I queda apenas 12 € por encima del SMI 2026.
Grupo IV — Personal Limpiador (Niveles I, II, III)
| Nivel | SB diario | Asiduidad m. | Plus especial m. | Total anual 2026 |
|---|---|---|---|---|
| Nivel III | 33,23 € | 122,36 € | 61,87 € | 17.330,48 € |
| Nivel II | 33,23 € | 122,36 € | 30,97 € | 16.959,64 € |
| Nivel I — sin plus especial | 33,23 € | 122,36 € | — | 16.588,02 € ⚠ |
Grupo IV Nivel I queda a solo 12 € del SMI 2026 (16.576 €). Cualquier descuento por asiduidad de 4 días o más puede hacer la retribución efectiva caer bajo el SMI, activando la obligación empresarial de complementar por ley (art. 27.1 ET).
Grupo II y III — Operativos especializados
| Grupo | SB diario | Asiduidad m. | Plus especial m. | Total anual 2026 |
|---|---|---|---|---|
| Grupo II | 33,23 € | 122,36 € | 61,87 € | 17.330,48 € |
| Grupo III | 33,23 € | 122,36 € | 61,87 € | 17.330,48 € |
Personal cualificado con plus especial equivalente al Grupo IV Nivel III. Suele incluir maquinistas de baldeadora, conductores/as y especialistas de superficies delicadas.
Grupo I — Responsables y coordinación
| Grupo | SB diario | Asiduidad m. | Plus especial m. | Total anual 2026 |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I | 33,23 € | 122,36 € | 154,77 € | 18.445,20 € |
Personal con responsabilidad de coordinación de equipos, control de calidad y reporte al cliente. Percibe el plus especial máximo de la escala.
⚠ Categoría al filo del SMI 2026 (16.576 €). Cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. Fórmula del total anual: salario base diario × 365 + asiduidad × 12 + plus especial × 12 + 3 pagas extras (2.990,71 € en 2026). Para tu salario neto, usa la calculadora de SalarioJusto.
Tablas históricas y proyectadas
Tabla 2025 (vigente desde julio de 2025, tras rectificación BOP 238)
| Categoría | SB diario | Asiduidad m. | Plus esp. m. | Total anual 2025 |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I | 32,11 € | 118,22 € | 149,53 € | 17.821,45 € |
| Grupo II / III / IV-III | 32,11 € | 118,22 € | 59,78 € | 16.744,42 € |
| Grupo IV Nivel II | 32,11 € | 118,22 € | 29,92 € | 16.386,12 € |
| Grupo IV Nivel I | 32,11 € | 118,22 € | — | 16.027,07 € |
Tabla 2027 (anticipada, aplicable desde 1-I-2027)
| Categoría | SB diario | Asiduidad m. | Plus esp. m. | Total anual 2027 |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I | 34,39 € | 126,64 € | 160,18 € | 19.090,79 € |
| Grupo II / III / IV-III | 34,39 € | 126,64 € | 64,04 € | 17.937,04 € |
| Grupo IV Nivel II | 34,39 € | 126,64 € | 32,05 € | 17.553,23 € |
| Grupo IV Nivel I | 34,39 € | 126,64 € | — | 17.168,60 € |
Fuente de las tres tablas: BOP Sevilla nº 238 del 11 de diciembre de 2025, que rectifica errores de transcripción mecanográficos en las tablas publicadas en el BOP 162 del 25 de agosto de 2025. Las cifras han sido auditadas fila a fila contra el total anual publicado —18 filas, cero desviaciones—.
Antigüedad por quinquenios — hasta 4 quinquenios acumulables
El convenio de Sevilla reconoce el complemento de antigüedad por quinquenios (períodos de 5 años), con un máximo de 4 quinquenios (20 años de antigüedad efectiva). Es la fórmula menos generosa del sector cuando se compara con Bizkaia (escalada sin tope) o Málaga (trienios sin tope), pero coincide con Valencia y Barcelona.
| Años cumplidos | Quinquenios | % Sevilla (desde 2027) | Complemento mensual (Grupo IV Niv. II) | Complemento anual (×15) |
|---|---|---|---|---|
| 5 años | 1 | +4% | 39,89 € | 598,32 € |
| 10 años | 2 | +8% | 79,78 € | 1.196,64 € |
| 15 años | 3 | +12% | 119,66 € | 1.794,96 € |
| 20 años (tope) | 4 | +16% | 159,55 € | 2.393,28 € |
| Más de 20 años | 4 (tope) | +16% (no acumula) | 159,55 € | Sin incremento adicional |
Desde 2027 el quinquenio se calcula como el 4% del salario base diario × 30 días. Para los períodos 2024-2026, las cuantías figuran en valor absoluto en el articulado del BOP Sevilla 162/2025. La antigüedad se conserva en subrogaciones y en la transformación del contrato temporal a indefinido. Para personal fijo-discontinuo, el cómputo es la duración total de la relación laboral desde el primer llamamiento (TJUE C-152/20 y STS 5-3-2020).
Pluses y complementos vigentes
Plus único no consolidable 2025-2026
Asiduidad — descuentos por días no trabajados
El plus de asiduidad (118,22 €/mes en 2025 · 122,36 €/mes en 2026) está sujeto a descuento por ausencias injustificadas:
- 1 día no trabajado: −8,27 €
- 2 días no trabajados: −16,55 €
- 3 días no trabajados: −24,83 €
- A partir del cuarto día, se pierde íntegro el mes entero.
Las ausencias justificadas (vacaciones, permisos, IT debidamente acreditada) no descuentan la asiduidad.
Nocturnidad
Horas extraordinarias
Valor de la hora extraordinaria en 2026 (aplicable sobre horas realizadas fuera de la jornada ordinaria, con el tope legal de 80 h/año):
| Categoría | Valor h. extra 2025 | Valor h. extra 2026 | Valor h. extra 2027 |
|---|---|---|---|
| Grupo I | 14,39 € | 14,90 € | 15,42 € |
| Grupo II / III / IV-III | 13,37 € | 13,84 € | 14,33 € |
| Grupo IV Nivel II | 13,07 € | 13,53 € | 14,00 € |
| Grupo IV Nivel I | 12,69 € | 13,14 € | 13,60 € |
Antigüedad — quinquenios
El convenio reconoce hasta un máximo de 4 quinquenios (20 años de antigüedad efectiva acumulable). Desde el año 2027, cada quinquenio se calcula como el 4% del salario base diario vigente por cada quinquenio, aplicable sobre 15 pagas anuales. Para los periodos 2024 a 2026, las cuantías figuran expresadas en valor absoluto en el articulado del convenio; consulta el texto del BOP para la cifra exacta aplicable a tu antigüedad.
Transporte
Tres pagas extras al año (Navidad, Verano, Beneficios)
El convenio de Sevilla establece tres pagas extras anuales: Navidad, Verano y Beneficios. En 2026 suman 2.990,71 € brutos totales (992,74 € cada una en Grupo IV Nivel II, ajustado por antigüedad y plus especial). Es una condición más beneficiosa presente también en Málaga, Bizkaia y Zaragoza — pero ausente en Madrid, Valencia y Barcelona (que se rigen por 2 pagas extras del ET).
| Paga | Devengo | Abono | Cuantía (Grupo IV Nivel II) |
|---|---|---|---|
| Paga de Verano | De julio del año anterior a junio del actual | Antes del 15 de julio | ~996,90 € |
| Paga de Beneficios | Del año natural anterior | Primera quincena de marzo | ~996,90 € |
| Paga de Navidad | De diciembre del año anterior a noviembre del actual | Antes del 22 de diciembre | ~996,91 € |
Cada paga extra se calcula sobre salario base × 30 días + antigüedad + plus especial devengados en el período. La asiduidad NO forma parte del cálculo (se abona solo en las 12 mensualidades ordinarias). El convenio permite prorrateo mensual en las 12 mensualidades — decisión al firmar el contrato.
Carmen empezó en 2016 en el Hospital Universitario Virgen del Rocío (SAS) prestando servicios a una contrata de limpieza integral. Ha sido subrogada una vez, conservando antigüedad. En 2026 su nómina mensual con 2 quinquenios cumplidos y Grupo IV Nivel III (plus especial 61,87 €) se compone así:
| Concepto | Cuantía mensual 2026 |
|---|---|
| Salario base (33,23 €/día × 30 días) | 996,90 € |
| Asiduidad (Art. 21) | 122,36 € |
| Plus especial Grupo IV Nivel III | 61,87 € |
| Antigüedad 2 quinquenios (+8% desde 2027) | 79,78 € |
| Nocturnidad promedio 15 h/mes (1,77 €/hora) | 26,55 € |
| Bruto mensual estimado | 1.287,46 € |
Jornada — reducción pactada 38 h → 37,5 h desde 2026
El convenio fija una jornada semanal de 38 horas durante 2024 y 2025, y la reduce a 37,5 horas desde el 1 de enero de 2026. La jornada anual se mantiene en el marco legal de 1.728 horas de trabajo efectivo. Es una mejora negociada e inscrita en el convenio (no una aplicación del debate estatal de reducción general): los firmantes acordaron la rebaja de 30 minutos semanales como parte del paquete 2024-2027.
- Descanso "bocadillo": 20 minutos para jornadas continuadas de 6 horas o más (computable como tiempo de trabajo).
- Intervalo nocturno: de 22:00 a 06:00 (con el plus de nocturnidad correspondiente).
- Horas extraordinarias: máximo de 80 horas anuales, voluntarias salvo supuestos de fuerza mayor.
¿Tu nómina en Sevilla coincide con la tabla del convenio? Verifícalo ahora.
Verificar mi salario →Subrogación — 4 meses de antigüedad mínima
El convenio provincial regula la subrogación de personal cuando cambia la empresa adjudicataria de una contrata. La nueva empresa está obligada a asumir a la plantilla con los mismos derechos.
- Personal en activo: antigüedad mínima de 4 meses inmediatamente anteriores a la finalización efectiva del servicio.
- La empresa saliente debe entregar la documentación completa (contratos, nóminas, antigüedad, certificaciones de cotización, liquidación de haberes) en un plazo de 5 a 15 días naturales tras la comunicación.
- La empresa entrante debe comunicar al personal con un mínimo de 3 días hábiles antes del inicio del nuevo adjudicatario.
- Las condiciones económicas y sociales del convenio provincial se conservan aunque la nueva contratista tenga un convenio propio con condiciones inferiores.
En Sevilla, la subrogación es habitual en adjudicaciones de hospitales del Servicio Andaluz de Salud (SAS), universidades públicas andaluzas (Universidad de Sevilla, Pablo de Olavide), dependencias de la Junta de Andalucía, colegios públicos y concertados, edificios municipales y grandes comunidades de propietarios. Si te subrogan, tus condiciones (antigüedad, salario, jornada, vacaciones) se conservan. Más contexto sobre cómo actuar si no se cumple en la guía estatal del sector.
Cómo funciona la subrogación en la práctica — pasos, plazos y casos típicos
Cuando una contrata de limpieza pierde un concurso público en Sevilla y el servicio pasa a otra empresa, el convenio impone obligaciones concretas con plazos escritos:
| Momento | Empresa cesante | Empresa entrante |
|---|---|---|
| 5-15 días antes del cambio | Entrega listado nominal con antigüedad, categoría, jornada, tipo de contrato, situación (activo, IT, excedencia, vacaciones), nóminas de los últimos 6 meses. | Recibe y verifica los 4 meses de antigüedad mínima en el centro. Debe comunicar al personal con 3 días hábiles mínimo. |
| Día de la subrogación | Liquida hasta el día anterior y baja en TGSS. Vacaciones NO devengadas se compensan en dinero. | Alta en TGSS ese mismo día, manteniendo antigüedad, categoría y jornada. No hay período de prueba. |
| Primer mes | Guarda documentación 4 años (art. 29 ET). | Contrato con cláusula subrogación explícita. Nómina respeta plus especial y quinquenios consolidados. |
Casos habituales en Sevilla:
- SAS — Hospital Universitario Virgen del Rocío, Hospital Virgen Macarena, Hospital Valme, Hospital Nuestra Señora del Rocío. Contratas rotativas cada 3-4 años (ISS, Clece, Ferrovial, Ilunion). La plantilla suele acumular décadas de antigüedad sin cambio del puesto físico.
- Universidad de Sevilla y Universidad Pablo de Olavide. Contratas plurianuales con subrogación explícita en pliegos.
- Junta de Andalucía — Delegaciones Territoriales, Ciudad de la Justicia, Palacio de San Telmo (sede presidencia). Contratación regulada por Ley 4/2017 de Contratos del Sector Público de Andalucía.
- Ayuntamiento de Sevilla y municipios del Aljarafe. Concursos municipales con obligación de subrogación en pliegos.
- Aeropuerto de Sevilla y Puerto de Sevilla. Contratación regulada con obligaciones específicas de identificación.
- Grandes centros comerciales (Nervión Plaza, Los Arcos, Lagoh, Torre Sevilla). Contratación privada pero subrogación aplicable por convenio provincial.
Cuándo puede fallar: (a) menos de 4 meses en el centro concreto; (b) empresa cesante no facilita información en plazos (5-15 días); (c) cambia el objeto del servicio (limpieza integral → limpieza + jardinería). Solución habitual: papeleta de conciliación ante SERCLA o CMAC Sevilla — gratuita y con interrupción del plazo de prescripción.
Histórico de renovaciones — el calendario negociador de Sevilla
Estos son los convenios provinciales de Limpieza de Edificios y Locales de Sevilla desde el año 2000:
| Convenio | Vigencia | Publicación | Rasgo distintivo |
|---|---|---|---|
| Convenio 2000-2003 | 4 años | BOP Sevilla 178/2000 | Consolidación jornada 38 h/semana |
| Convenio 2004-2007 | 4 años | BOP Sevilla 244/2004 | Introducción plus asiduidad |
| Convenio 2008-2011 | 4 años | BOP Sevilla 132/2008 | Nocturnidad al 1,77 €/hora |
| Convenio 2012-2015 | 4 años | BOP Sevilla 89/2013 | Congelación salarial por crisis |
| Convenio 2016-2019 | 4 años | BOP Sevilla 205/2016 | Recuperación salarial post-crisis |
| Convenio 2020-2023 | 4 años | BOP Sevilla 156/2020 | Incremento acumulado +6,5% en cuatro años |
| Convenio 2024-2027 (VIGENTE) | 4 años | BOP Sevilla 162 + 238/2025 | Firma unánime CCOO+UGT+ASPEL+APEL. +3,49% anual, jornada 37,5h desde 2026, plus único 760 € |
El patrón histórico muestra convenios de 4 años. El convenio 2024-2027 se cerró con retraso (firma en agosto 2025 con retroactividad al 1-I-2024) por la complejidad de la mesa negociadora tras la salida del convenio anterior de la ultraactividad. La particularidad de Sevilla frente a Málaga, Madrid y Valencia es que hoy tiene marco vigente hasta 2027 sin necesidad de renegociar.
Neto real en Sevilla — IRPF con escala andaluza
Sevilla aplica el IRPF de régimen común (a diferencia de Bizkaia con su foralidad), pero con deducciones autonómicas específicas de la Junta de Andalucía reguladas en el Decreto Legislativo 1/2018 de tributos cedidos. Para el ejercicio 2026 destacan las deducciones por familia numerosa, adopción internacional, nacimiento o adopción, y arrendamiento de vivienda habitual.
| Deducción autonómica Andalucía 2026 | Cuantía | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Nacimiento o adopción | 200 €/hijo | Ingresos base familiar <20.500 € |
| Familia numerosa general | 200 € | Título oficial FN vigente |
| Familia numerosa especial | 400 € | 5+ hijos, categoría especial |
| Rango típico Grupo IV Nivel II con antigüedad (~17.500 €) | Marginal común 24% | + deducciones autonómicas si aplica |
| Adopción internacional | 600 € | Adopción formalizada en el ejercicio |
| Arrendamiento vivienda habitual | 15% (máx 500 €) | <35 años, ingresos <19.000 € |
En un perfil típico Grupo IV Nivel III con antigüedad (~18.400 € brutos anuales), el IRPF efectivo ronda el 12-14% y las cotizaciones a la Seguridad Social aproximadamente el 6,35%, resultando un neto anual de 14.700-15.100 €. Si tienes descendientes o eres familia numerosa, las deducciones autonómicas andaluzas pueden mejorar el neto entre 200 € y 800 €/año. La calculadora de SalarioJusto aplica automáticamente estos parámetros.
¿Tu nómina no encaja con el convenio?
Reclamar diferencias salariales tiene un procedimiento sencillo y gratuito si lo sigues en el orden correcto. La clave es documentar bien y actuar antes del año de prescripción que marca el art. 59.2 ET — cada mes que pasa sin reclamar es un mes que pierdes.
- Documenta la diferencia. Compara tres meses consecutivos de nómina con la tabla 2025 del Anexo I para tu categoría. Anota diferencias por concepto (salario base, plus de transporte, plus festivo, nocturnidad, antigüedad si aplica) y guarda copias de las nóminas. Esa documentación es la base de toda la reclamación.
- Comunica formalmente a RRHH lo que falta y por qué. Identifica los artículos del convenio que sustentan tu derecho, calcula el importe total y pide pago en plazo razonable. Envío con prueba (burofax o email con acuse) — conserva copia. Es la última oportunidad de resolver sin conflicto.
- Si no hay respuesta o es negativa, ve a SERCLA a presentar papeleta de conciliación. Interrumpe el plazo, es gratuita y abre la vía al juzgado de lo social si en el acto no hay acuerdo. Tienes 1 año por mensualidad desde que debió pagarse: actúa por las más antiguas primero para no perderlas.
Si necesitas apoyo, ASEAL, CCOO Hábitat y UGT-FeSMC prestan asesoría gratuita a personas afiliadas. Código REGCON del convenio: 41000475011982. Guía completa para reclamar diferencias →
Qué diferencia al convenio de Sevilla
- Vigencia activa hasta 2027. A diferencia de Madrid o Valencia (en ultraactividad), Sevilla tiene convenio renovado con incrementos ya pactados (+3,49% anual) y reducción de jornada escrita.
- Firma unánime. CCOO, UGT, ASPEL y APEL firmaron el convenio sin discrepancias —a diferencia de Valencia donde CCOO del Hàbitat PV no firmó el texto anterior—.
- Estructura salarial homogénea. El salario base diario es común a todas las categorías; solo difiere el plus especial mensual. Es un modelo distinto al de Valencia (donde cada categoría tiene su propia columna de "SB pluses" y "SB año").
- Reducción de jornada escrita. 38 h → 37,5 h desde 2026, pactada en el convenio, no sujeta a los tiempos del debate estatal.
- Tres pagas extras (Navidad, Verano y Beneficios), frente a las dos habituales. Se traducen en 2.889,57 € anuales en 2025 y 2.990,71 € en 2026.
- Plus único no consolidable 760 € en 2025-2026 como pago puente hasta el despliegue pleno de las nuevas tablas.
- Absorción del plus de transporte en el salario base desde el 1 de enero de 2024 (no es un plus adicional a partir de esa fecha).
Recursos oficiales y sindicales
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el salario de una persona limpiadora en Sevilla en 2026?
Según la tabla 2026 del convenio provincial (incremento +3,49% sobre 2025), las categorías del Grupo II, III y IV Nivel III —donde se encuadra el personal de limpieza especializado— perciben un total anual de 17.330,48 € (33,23 € de salario base diario + 122,36 €/mes de asiduidad + 61,87 €/mes de plus especial + 2.990,71 € en tres pagas extras). La categoría Grupo IV Nivel I, sin plus especial, queda en 16.588,02 € anuales. Son cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. La categoría Grupo IV Nivel I apenas supera el SMI 2026 (16.576 €) en 12 €, así que en la práctica la empresa debe complementar hasta el SMI si en algún mes se pierde asiduidad.
¿Se reduce la jornada en 2026?
Sí. El convenio fija 38 horas semanales en 2024 y 2025, y desde el 1 de enero de 2026 la jornada semanal se reduce a 37,5 horas, manteniendo la jornada anual máxima de 1.728 horas. Es una mejora explícita escrita en el convenio y negociada por los firmantes (ASPEL, APEL, CCOO y UGT), no sujeta al debate estatal de reducción general de jornada laboral.
¿Está en vigor el convenio de Sevilla o en ultraactividad?
En vigor pleno. El convenio fue firmado el 21 de agosto de 2025 con vigencia del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027. Es uno de los pocos convenios provinciales de limpieza con vigencia activa: Madrid y Valencia están en ultraactividad; Barcelona renovó recientemente a 2026-2030, y Sevilla renovó a 2024-2027. Esto implica certidumbre de incrementos (+3,49% anual) y condiciones acordadas hasta final de 2027.
¿Qué es el plus único no consolidable de 760 €?
Es una cantidad pactada por los firmantes como compensación puntual 2025-2026: 380 € que se abonan con la nómina de un semestre y otros 380 € con la del otro. No se consolida en el salario base (no se incorpora a futuras subidas) y no cuenta para el cálculo de pluses proporcionales ni pagas extras. Es una cuantía puente mientras entran en vigor las nuevas tablas salariales 2025 (rectificadas en diciembre) y 2026.
¿La subrogación aplica en Sevilla?
Sí. El convenio provincial regula la subrogación cuando cambia la empresa adjudicataria: la nueva empresa incorpora al personal con antigüedad mínima de 4 meses anteriores a la finalización efectiva del servicio, respetando todos sus derechos (salario, antigüedad, jornada, vacaciones). La empresa saliente entrega la documentación entre 5 y 15 días naturales, y la entrante preavisa al personal con 3 días hábiles. Habitual en hospitales del SAS, universidades públicas andaluzas (Universidad de Sevilla, Pablo de Olavide), Junta de Andalucía, colegios públicos y concertados, y edificios municipales.
¿Por qué se me descuenta la asiduidad?
El plus de asiduidad (122,36 €/mes en 2026) no se cobra íntegro si faltas al trabajo sin justificación. El descuento es escalonado: −8,27 € por un día, −16,55 € por dos, −24,83 € por tres, y se pierde íntegro el mes a partir del cuarto día. Las ausencias justificadas (vacaciones, permisos regulados, IT con parte médico) no descuentan asiduidad. Si en tu nómina ves un descuento de asiduidad superior al que corresponde a tus faltas, consúltalo con tu sindicato.
Fuentes oficiales verificadas
- BOP Sevilla nº 162 — 25 de agosto de 2025. Resolución de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de Sevilla, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales de Sevilla 2024-2027. Buscador: admbop.dipusevilla.es.
- BOP Sevilla nº 238 — 11 de diciembre de 2025. Acuerdo de la Comisión Negociadora del convenio, rectificando errores de transcripción mecanográficos en las tablas salariales 2025, 2026 y 2027. Es la fuente definitiva de las cifras recogidas en esta landing; los totales anuales han sido auditados fila a fila (18 filas, cero desviaciones).
- Código REGCON 41001705011982. Registro de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Acceder.
- BOE-A-2013-5424 — I Convenio colectivo sectorial estatal de limpieza de edificios y locales (marco regulador supletorio). Ver publicación.
- BOE-A-2026-2705 — Adenda LGTBI+ del convenio sectorial estatal, firmada en noviembre de 2025 y publicada el 5 de febrero de 2026. Aplica en Sevilla como norma supletoria. Ver adenda.
Quién audita esto
Esta ficha de convenio ha sido cruzada manualmente contra el texto íntegro del boletín oficial por el equipo de SalarioJusto. Verificamos cifra a cifra (salarios, jornada, pluses, pagas extras) y dejamos el código del edicto y la fecha de revisión visibles para que puedas comprobarlo tú también.
No somos un bufete: somos una herramienta gratuita de transparencia salarial, sin empresas detrás. Si detectas un error, escríbenos y lo corregimos.