Cómo funciona este sector
Hostelería es uno de los sectores más heterogéneos de España en cuanto a retribución. La razón es estructural: no existe un convenio colectivo sectorial estatal con tablas salariales propias. Lo que sí existe es el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH) como marco común para algunos aspectos: clasificación profesional, jornada máxima, formación profesional, derechos sindicales y principios generales aplicables al sector. Pero las cuantías retributivas — salario base, antigüedad, complementos, pluses — las fija cada convenio colectivo provincial o territorial.
Esto significa que dos camareros/as, cocineros/as o recepcionistas con la misma categoría profesional pueden cobrar muy distinto en Madrid y en Tarragona por el mismo trabajo. Cada provincia tiene su propio calendario de negociación, sus propias subidas anuales y, en algunos casos, periodos de ultraactividad cuando el convenio ha caducado y se está negociando uno nuevo.
Qué cubre el ALEH (marco estatal)
- Clasificación profesional: grupos y áreas funcionales (cocina, sala, alojamiento, recepción, mantenimiento, administración) homogéneos en toda España.
- Jornada máxima anual: el marco fija un máximo que cada convenio provincial puede mejorar (reducir) pero no empeorar.
- Igualdad y no discriminación, formación profesional, derechos sindicales, comisiones paritarias.
- Estructura de la negociación colectiva: distribuye qué materias se negocian a nivel estatal y cuáles quedan abiertas al ámbito provincial.
Qué fija cada convenio provincial
- Tablas salariales por categoría y grupo profesional, con cuantías concretas en €/mes o €/año.
- Antigüedad: tramos, periodos, porcentajes o cuantías fijas.
- Complementos típicos del sector: nocturnidad, festividad, transporte, manutención, idiomas, jefatura.
- Pagas extras: número (14, 15 mensualidades según provincia) y fechas de devengo.
- Calendario laboral, vacaciones específicas, distribución irregular de la jornada.
Comparador Hostelería 2026 — 15 provincias auditadas
Rangos salariales mensuales 2026 según el convenio provincial o autonómico, ordenados por tope salarial. Las cifras son del nivel más bajo y más alto de cada convenio, cotejadas con el BOP/DOG correspondiente. Las pagas anuales varían: la mayoría son 14, pero Madrid, Bizkaia, Valladolid, Cádiz, Málaga, Sevilla, Zaragoza y Granada aplican 15.
| Provincia / convenio | Rango salarial €/mes | Tope categoría máxima | Notas distintivas |
|---|---|---|---|
| Tarragona | 1.221 – 2.355 € | 2.355 € ⭐ | +14,7 % más que Barcelona en Nivel III-D (Anexo II B DOGC) |
| Baleares | 1.614 – 2.310 € | 2.310 € | 14 pagas + plus desplazamiento isla · año fiscal abr-mar |
| Girona | 1.221 – 2.167 € | 2.167 € | Vigente 2025-2028 (convenio nuevo) |
| Maresme (comarca BCN) | 1.232 – 2.133 € | 2.133 € | Convenio comarcal catalán 2025-2028 |
| Barcelona | 1.232 – 2.121 € | 2.121 € | Convenio fresco · +4 % anual pactado · Premio de Vinculación |
| Bizkaia | 1.197 – 1.920 € | 1.920 € | 15 pagas · IRPF foral · vigente hasta dic-2027 |
| Granada | 1.436 – 1.676 € | 1.676 € | Vigente por ultraactividad pactada |
| Sevilla | 1.192 – 1.650 € | 1.650 € | Vigente 2025-2028 · 15 pagas · BOP 102/2025 |
| Zaragoza | 1.180 – 1.563 € | 1.563 € | En ultraactividad · BOPZ 84/2024 |
| Cádiz | 1.253 – 1.515 € | 1.515 € | Vigente 2025-2028 · 15 pagas |
| Málaga | — · 1.511 € Camarero/a | — | 15 pagas · 9 secciones · vigente hasta dic-2027 |
| Valladolid | 1.080 – 1.416 € | 1.416 € | Tabla única tras equiparación 2022-2026 + prima demora 600 € |
| Madrid | 1.086 – 1.415 € | 1.415 € | En ultraactividad · 15 pagas |
| Valencia | 1.100 – 1.415 € | 1.415 € | En ultraactividad |
| Cantabria | 1.209 € Camarero/a | — | Cláusula fidelidad Art. 24: 3 mensualidades extra a los 20 años |
Ranking visual del tope salarial Hostelería 2026
Los topes salariales 2026 ordenados (categoría más alta del convenio provincial, importes brutos mensuales):
Brecha máxima: 940 €/mes entre Tarragona y Madrid/Valencia (tope categoría). En 14 pagas anuales son 13.160 € brutos al año por la misma profesión. La explicación está en la fortaleza relativa del sector turístico catalán y balear, los acuerdos sectoriales firmados para 2025-2028 y la mayor presencia sindical en esas mesas negociadoras.
Los tres modelos de convenio que conviven en Hostelería 2026
Mirando las 15 fichas provinciales auditadas, no hay un único patrón: el sector funciona con tres modelos paralelos según cómo cada mesa negociadora ha resuelto la cuestión de la vigencia y la actualización. Conviene reconocer el tuyo para saber qué esperar de la próxima nómina.
Modelo A — Convenio "nuevo y largo" (vigencia plurianual con revisiones explícitas)
Provincias que han firmado convenio nuevo con vigencia de varios años y subidas escalonadas pactadas por anticipado. Es el modelo más predecible: sabes lo que vas a cobrar dentro de tres años.
- Tarragona, Girona, Maresme (DOGC 2025-2028): los tres convenios catalanes provinciales acordaron tablas escalonadas 2025-2028. Tarragona, en particular, fija la cuantía más alta del país por la fórmula del Anexo II B.
- Barcelona (2025-2028): +4 % anual pactado + Premio de Vinculación.
- Baleares (XVII Convenio autonómico, 2025-2028): año fiscal abr-mar, no natural. Plus de desplazamiento isla.
- Sevilla, Cádiz (2025-2028): convenios provinciales andaluces con 15 pagas pactadas.
Ventaja para la plantilla: previsibilidad y subidas pactadas. Riesgo: si la inflación supera la subida pactada, pierdes poder adquisitivo durante toda la vigencia.
Modelo B — Ultraactividad (convenio formalmente vencido pero tablas aplicables)
Provincias en las que el plazo formal del convenio ha terminado y se aplica la última tabla pactada hasta que se firme uno nuevo. Las cláusulas normativas siguen plenamente vigentes (tabla salarial, pluses, jornada, vacaciones, subrogación, protecciones) y son de obligado cumplimiento. Lo que decae son las cláusulas obligacionales (paz social, comisión paritaria, prórroga automática), no las que regulan tu sueldo.
- Madrid: convenio 2023-2025 en ultraactividad desde 1-ene-2026.
- Valencia: 2022-2025 vencido, en ultraactividad.
- Granada: ultraactividad pactada — convenio mantiene efectos mientras negocian.
- Zaragoza: 2023-2025 en ultraactividad desde 1-ene-2026.
- Cantabria: tácita reconducción Arts. 4 + 5 (variante del Modelo B).
Mito frecuente: "como el convenio está vencido, la empresa puede pagarme menos". Falso. La jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo mantiene que las condiciones normativas se conservan en ultraactividad hasta nuevo convenio.
Modelo C — Equiparación pactada o cláusula de actualización automática
Convenios que incorporan mecanismos de actualización automática del salario sin necesidad de reabrir mesa negociadora. En Hostelería son menos frecuentes que en Limpieza, pero existen:
- Valladolid: equiparación progresiva pactada 2022-2026 con incremento anual del +1,6 % a Grupo I y subidas mayores a Grupos II y III hasta tabla única en 2026. Camareras/os de Pisos +2,84 % anual lineal Grupo I para equipararse al Nivel IV (caso pionero del sector).
- Bizkaia: convenio vigente hasta dic-2027 con subidas pactadas año a año.
- Cantabria: cláusula de tácita reconducción + cláusula de fidelidad Art. 24 (3 mensualidades extra a los 20 años de antigüedad).
Jornada anual del sector: 1.776-1.826 horas
La jornada anual en Hostelería tiende a ser de las más altas de los sectores de servicios: oscila entre 1.776 horas (algunos convenios catalanes con jornada reducida pactada) y 1.826 horas (40 horas semanales × 52 semanas - 6 semanas vacaciones × 40 = 1.840 h, con ajustes). El ALEH fija el techo máximo; cada convenio provincial puede reducirlo pero no aumentarlo.
| Convenio | Jornada semanal | Jornada anual | Notas |
|---|---|---|---|
| Barcelona | 40 h | 1.792 h | Convenio 2025-2028 |
| Tarragona | 40 h | 1.792 h | Cómputo anual idéntico a BCN |
| Valladolid | 40 h | 1.782 h | Convenio 2018-2026 |
| Cantabria | 40 h | 1.800 h | 32 días vacaciones (no estándar 30) |
| Madrid | 40 h | 1.810 h | Ultraactividad |
| Cádiz | 40 h | 1.820 h | Convenio 2025-2028 |
| Málaga | 40 h | 1.826 h | Máximo ALEH |
La diferencia de jornada anual entre Barcelona/Tarragona (1.792 h) y Málaga (1.826 h) son 34 horas anuales — algo más de 4 jornadas extra al año por la misma categoría. Al comparar salarios entre provincias, conviene mirar el cómputo horario además del importe mensual: el sueldo por hora trabajada cambia el ranking.
Pagas anuales: 14, 15 y cuándo se cobra cada una
El estándar español es 14 pagas al año (12 mensualidades + 2 gratificaciones extraordinarias, habitualmente en junio y diciembre). En Hostelería, sin embargo, la mitad de los convenios provinciales fijan 15 pagas al año:
- 14 pagas: Barcelona, Girona, Tarragona, Maresme, Baleares, Valencia (los convenios catalanes y comunitat valenciana mantienen el estándar nacional).
- 15 pagas: Madrid, Bizkaia, Valladolid, Cádiz, Málaga, Sevilla, Zaragoza, Granada (típico del sector hostelero del centro/sur/norte). La 15ª paga suele devengarse en septiembre o marzo según el convenio.
Esta diferencia tiene implicación cuantitativa importante al comparar salarios: 1.500 €/mes en 14 pagas son 21.000 €/año brutos; los mismos 1.500 €/mes en 15 pagas son 22.500 €/año (un 7,1 % más). No comparar pagas extras distorsiona las comparaciones salariales entre provincias.
Subrogación: solo en restauración colectiva
Una pregunta muy frecuente: "si cambian de dueño el bar/restaurante/hotel donde trabajo, ¿me tienen que mantener?". La respuesta en Hostelería es matizada:
- Restauración colectiva (concesiones de catering, comedores escolares, comedores hospitalarios, residencias): SÍ aplica subrogación automática. La empresa entrante asume al personal del contratista saliente con sus condiciones, antigüedad y salario.
- Hoteles, bares, restaurantes y cafeterías independientes: NO aplica subrogación automática por el convenio. Lo que sí aplica es el Art. 44 del Estatuto de los Trabajadores (sucesión de empresa) cuando hay transmisión de la unidad productiva autónoma — pero requiere que se transmitan los elementos materiales (instalaciones, mobiliario, clientela), no solo el cambio de titular del local.
Camareras de pisos: el sprint de equiparación 2022-2026
Una de las narrativas distintivas del sector en los últimos años: el caso de las camareras y camareros de pisos (puesto históricamente feminizado y mal retribuido respecto al resto del personal hotelero). Varios convenios han incorporado mecanismos de equiparación específicos:
- Valladolid (caso pionero): integración del plus de intensidad de 291,18 €/mes en el salario base desde 1-ene-2022 + subida lineal del 2,84 % anual al Grupo I durante 2022-2026 hasta equipararse al Nivel Salarial IV. Acumulado +11,84 % en 5 años (frente al +6,55 % del resto de grupos). Resultado: en 2026, una camarera de pisos cobra lo mismo que un cocinero o un camarero de sala.
- Cantabria: Sistemática específica para camareras de pisos (Art. 29) con subsanación SMI y mejoras de jornada.
- Bizkaia: jornada reducida específica y plus de penosidad reconocido.
Es una de las pocas áreas del derecho laboral español donde la negociación colectiva sectorial está cerrando una brecha de género histórica de forma activa, sin esperar a la transposición de la Directiva 2023/970. Ver más sobre la Ley de Transparencia Salarial 2026.
8 cláusulas distintivas que conviene conocer
Mirando las 15 fichas provinciales, hay 8 cláusulas que destacan por ser específicas de Hostelería o particularmente favorables:
- Premio de Vinculación (Barcelona): cantidad fija extra para la plantilla con cierta antigüedad, pactada por mesa.
- Cláusula de fidelidad (Cantabria Art. 24): 3 mensualidades extra al cumplir 20 años de antigüedad en la misma empresa. Pedro cocinero con 26 años recibe ~7.186 €.
- Equiparación de camareras de pisos (Valladolid Art. 8): promoción automática al Nivel IV en 5 años + plus de intensidad integrado.
- Plus formación 350 €/año (Cantabria Art. 36 BIS): importe fijo por formación realizada en el año.
- Prima de demora 600 € no consolidable (Valladolid): pago compensatorio por las 4 anualidades sin actualización 2018-2021.
- Plus desplazamiento isla (Baleares): pago específico para personal que debe moverse entre islas.
- Doble blindaje vigencia (Cantabria Arts. 4 + 5): tácita reconducción + denuncia automática que evita pérdida de derechos.
- Convenios catalanes con tablas escalonadas (2025-2028): subidas pactadas año a año hasta 2028, máxima previsibilidad.
Complementos típicos del sector
Casi todos los convenios provinciales recogen un núcleo común de complementos, con cuantías y condiciones variables por provincia:
- Nocturnidad: trabajo entre 22:00 y 06:00. Suele oscilar entre el 25 % y el 35 % del salario base según provincia.
- Festividad: días señalados, generalmente con incremento del 75 % o pago de día compensatorio.
- Peligrosidad/penosidad cuando aplica (ej. cocinas con alto volumen, sectores con riesgo específico).
- Antigüedad: tramos por trienio o quinquenio según provincia. Algunos convenios la consolidaron como concepto fijo no absorbible.
- Plus de transporte: cuando el centro de trabajo no es accesible por transporte público o cuando se carece de servicios de empresa.
- Plus de manutención: cuando el establecimiento no facilita comida al personal durante el turno.
- Plus de idiomas: específico de zonas turísticas con clientela internacional.
- Plus de jefatura: para personal con responsabilidad de mando sobre otros.
Cómo verificar si cobras lo que marca tu convenio
Tres pasos replicables para auditar tu nómina contra el convenio aplicable:
- Identifica el convenio: localiza el código REGCON en tu nómina o contrato. Si no aparece, búscalo en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos filtrando por sector "hostelería" y tu provincia. Confirma que es el del centro de trabajo donde prestas servicios.
- Cruza categoría y salario: identifica tu categoría profesional en la tabla salarial vigente del convenio (Anexo I típicamente). Compara el salario base de tu nómina con la cifra de tu categoría para 2026. Revisa también los complementos regulados (antigüedad, nocturnidad, festividad).
- Cuenta pagas y revisa pluses: cuenta las pagas extras anuales recibidas (12, 14 o 15) y compara con lo que fija tu convenio. Confirma que los complementos regulados aparecen en nómina si las condiciones del puesto los justifican.
Si encuentras diferencias, conserva todas las nóminas afectadas y consulta nuestra guía paso a paso para reclamar diferencias salariales. El plazo es 1 año por mensualidad: cada mes mal pagado prescribe por separado.
Verificador automático: introduce tu provincia + categoría y SalarioJusto cruza con tu convenio
Verificar mi convenio →Provincias auditadas
Estas son las provincias que actualmente tenemos auditadas con datos extraídos directamente del BOP/DOG correspondiente. Cada landing incluye tablas salariales por categoría, complementos del convenio y disclaimer de vigencia:
Directorio completo de las 50 provincias
Trabajamos progresivamente para incorporar al directorio las 50 provincias del territorio común y las dos ciudades autónomas. Las cards verdes tienen ya tabla salarial verificada; las cards ámbar están pendientes de auditar — si necesitas la tuya con prioridad, escríbenos a contacto@salariojusto.es y la priorizamos.
Metodología de las fichas provinciales
Cada landing provincial cita la fuente normativa concreta (BOE, BOP, BOC, DOGC o boletín autonómico) y la fecha de publicación. La cobertura es progresiva y honesta: solo aparecen las provincias cuya tabla ha sido extraída del texto oficial y verificada manualmente cifra a cifra. El proceso de auditoría sigue tres pasos:
- Localización del boletín oficial vigente: identificamos el BOP (o BOE / boletín autonómico) que publica el convenio en vigor, su número de edicto y la fecha. Si hay revisiones salariales posteriores publicadas en boletines más recientes, las integramos.
- Cotejo cifra a cifra: extraemos las tablas salariales del Anexo correspondiente y las contrastamos con las cuantías que aparecen en el articulado (Salario Base, antigüedad, pluses regulados). Si encontramos discrepancias, se documentan en la propia ficha.
- Verificación normativa: comprobamos que la jornada anual, las pagas extras, la vigencia, la denuncia y la ultraactividad están correctamente reflejadas. Si el convenio tiene cláusulas distintivas (subrogación específica, equiparación, fidelidad, cláusula IPC, promoción automática), se destacan editorialmente.
Preguntas frecuentes
¿Hay un convenio sectorial estatal de Hostelería con tablas salariales?
No. El sector no cuenta con un convenio colectivo sectorial estatal que fije tablas salariales propias. Existe el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH) como marco común para clasificación profesional, jornada y formación, pero las cuantías retributivas las establece cada convenio colectivo provincial o territorial.
¿Por qué hay tanta diferencia salarial entre provincias en hostelería?
Porque cada convenio provincial fija sus propias tablas. La brecha es estructural: Tarragona alcanza los 2.355 €/mes en Nivel III-D, mientras Madrid, Valencia o Valladolid se mueven en la franja 1.080-1.415 €/mes para la misma categoría. La diferencia se explica por la fortaleza del sector turístico (Cataluña y Baleares lideran), por el resultado de la última negociación colectiva y por la presencia sindical relativa en cada mesa.
¿Qué pasa si mi convenio provincial está en ultraactividad?
El convenio sigue siendo de aplicación con sus últimas tablas vigentes hasta que se firme uno nuevo. La ultraactividad significa que el plazo formal ha caducado pero mantiene su efecto normativo durante la negociación. Las cláusulas normativas (salarios, jornada, vacaciones, subrogación, complementos) siguen plenamente vigentes. El Salario Mínimo Interprofesional vigente es el suelo absoluto: ninguna empresa puede pagar por debajo del SMI aunque el convenio esté pendiente de renegociar.
¿Cómo identifico qué convenio provincial me corresponde?
Tu nómina suele citar el convenio aplicable, normalmente con su código REGCON. Si no aparece, lo determinan dos cosas: la actividad económica de la empresa (hostelería en sentido amplio: bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, alojamientos turísticos) y la provincia del centro de trabajo donde prestas servicios. El convenio aplicable es siempre el del centro de trabajo, no el del domicilio ni el de la sede social de la empresa.
¿Qué hago si cobro por debajo del convenio de mi provincia?
Puedes reclamar las diferencias salariales. El plazo de prescripción es de un año por cada mensualidad desde que debió pagarse (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores). Cada mes mal pagado prescribe por separado: si llevas tres años cobrando por debajo, recuperas los últimos doce. Presentar papeleta de conciliación ante el SMAC de tu provincia interrumpe el plazo y es gratuito. Consulta nuestra guía paso a paso para reclamar diferencias.
¿La subrogación funciona en hostelería igual que en limpieza?
No. En hostelería la subrogación automática solo aplica a restauración colectiva: catering, comedores escolares, comedores hospitalarios o residencias. Si trabajas en hotel, bar, restaurante o cafetería independiente y la empresa cambia de titular, no aplica automáticamente. Lo que sí aplica es el Art. 44 del Estatuto de los Trabajadores (sucesión de empresa) cuando hay transmisión de la unidad productiva (instalaciones, mobiliario, clientela), no solo cambio de titularidad.
¿Existen complementos típicos del sector hostelería?
Sí. La mayoría de convenios provinciales recogen nocturnidad (trabajo entre 22:00 y 06:00, suele oscilar entre el 25-35 %), festividad (días señalados), peligrosidad/penosidad cuando aplica, antigüedad y, en muchos casos, plus de transporte y plus de manutención cuando el establecimiento no facilita comida al personal. Algunos convenios añaden plus de idiomas, plus de jefatura o premio de vinculación por antigüedad. Las cuantías varían por provincia: consulta tu landing provincial específica.
¿El convenio cubre al personal en formación o aprendices?
Generalmente sí, con porcentajes específicos del salario de la categoría aplicada según el contrato (formación en alternancia, prácticas, formación dual). El detalle depende de cada convenio provincial: revisa el capítulo de "personal en formación" o "aprendizaje" del tuyo. El SMI sigue siendo el suelo absoluto incluso para estos contratos.
Fuentes oficiales
- BOE — Boletín Oficial del Estado: textos consolidados de los acuerdos sectoriales estatales y resoluciones de la Dirección General de Empleo. boe.es
- REGCON — Registro estatal de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Permite consultar el código y la vigencia de tu convenio provincial. expinterweb.mites.gob.es/regcon
- BOP / Diario Oficial autonómico — Boletines provinciales y autonómicos donde se publican los convenios provinciales y sus actualizaciones de tablas. Cada provincia tiene su propio boletín.
- Estatuto de los Trabajadores — Art. 26 (composición del salario), art. 59.2 (plazo de prescripción de la acción). Consultar texto consolidado.
- Salario Mínimo Interprofesional 2026 — suelo absoluto aplicable cuando el convenio está desactualizado o en ultraactividad. Consulta el SMI vigente.