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Industria del Metal · Comunidad de Madrid · 2026

Convenio del Metal de Madrid: tablas 2026 de 20.687 € a 35.379 €

Uno de los grandes convenios industriales de la región. Cifras verificadas contra el BOCM corregido (nº 59, 11-mar-2026): 7 grupos profesionales, 14 pagas, jornada de 1.756 h, complemento de productividad del 1,5% y un complemento de baja que solo cubre el accidente de trabajo.

✓ Verificado contra el texto del convenio (BOCM nº 15, 18-ene-2025, código REGCON 28003715011982) y la tabla salarial 2026 corregida (BOCM nº 59, 11-mar-2026, que subsanó el error del BOCM nº 56), por SalarioJusto · última revisión 30 de julio de 2026
Datos clave del convenio
Ámbito
Industria del Metal · Comunidad de Madrid
Vigencia
2024-2026 (Art. 4)
Incremento 2026
+2% (Art. 29)
Jornada
1.756 h/año · 1.748 h efectivas
Pagas
14 (2 extras: 15 jul + 22 dic)
Vacaciones
22 días laborables (mín. 30 naturales)
Salario de grupo
20.687 € – 35.379 €/año
Código REGCON
28003715011982
Firmantes
AECIM · CCOO Industria · UGT-FICA

La tabla 2026 corregida: por qué esta es la buena

Si has buscado las tablas 2026 del metal de Madrid, puede que te hayas topado con dos versiones distintas en el BOCM. Conviene saber cuál es la válida, porque las cifras no coinciden.

Qué pasó. El BOCM nº 56 (7 de marzo de 2026) publicó la resolución de la revisión salarial 2026 del convenio de Industria del Metal (código 28003715011982), pero por un error material adjuntó el anexo equivocado: el del convenio del Comercio del Metal (grupos I-V, 15 pagas). El BOCM nº 59 (11 de marzo de 2026) publicó una corrección de errores con el anexo correcto: la tabla de la Industria del Metal (grupos 1-7, 14 pagas). Las cifras de esta ficha son las del BOCM nº 59.

Es el tipo de detalle que marca la diferencia entre una nómina bien calculada y una mal ajustada: transcribimos la tabla del anexo corregido, no la del publicado por error.

¿Este convenio te cubre?

El Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid (código REGCON 28003715011982) tiene un ámbito funcional amplísimo, ampliado y modernizado en el texto de 2024 (Art. 2):

Ojo: en Madrid hay dos convenios de metal. El que estás leyendo es el de Industria, Servicios e Instalaciones (fabricación, montaje, instalación, reparación). Existe otro para el Comercio del Metal (venta y distribución), con tablas y estructura distintas. Si en tu empresa se fabrica, instala o repara, es este; si solo se vende, es el otro.

Tablas salariales 2026 — todos los grupos

Cuantías brutas oficiales de la tabla 2026 corregida (BOCM nº 59, 11-mar-2026), resultado de aplicar el +2% pactado (Art. 29) sobre las tablas de 2025. La estructura tiene 7 grupos profesionales con un salario de grupo único por grupo (sistema unificado desde 2015), que se cobra en 14 pagas.

Cómo leer la tabla: el salario de grupo mensual se percibe en 14 pagas (12 mensualidades + 2 extras). La columna "Salario anual 2026" es el bruto anual del salario de grupo. La columna "Quinquenio" es lo que suma cada tramo de 5 años de antigüedad, con un máximo de 5 quinquenios (Art. 41).

GrupoDescripción funcional (ejemplos)Mensual (14 pagas)Anual 2026Quinquenio
1Licenciada/o – Grado: ingeniería, licenciatura, dirección de áreas y servicios2.527,07 €35.378,96 €42,72 €
2Técnico/a: jefe/a de taller, ATS/DUE, jefe/a 1ª admin., analista informático/a, graduado/a social2.120,71 €29.689,98 €38,88 €
3Técnica/o Auxiliar: delineante proyectista, programador/a, maestro/a industrial, contramaestre1.912,06 €26.768,79 €35,78 €
4Empleado/a: delineante, oficial admin., operador/a informático/a, conductor/a, comercial, encargado/a1.709,33 €23.930,65 €33,37 €
5Operaria/o: profesional de oficio de 1ª y 2ª; capataz de especialistas y peones1.590,26 €22.263,68 €31,91 €
6Empleado/a Auxiliar: auxiliar (oficina, laboratorio, admin.), almacenero/a, telefonista, conserje, ordenanza1.573,63 €22.030,78 €31,19 €
7Operaria/o Auxiliar: peón/a, mozo/a especialista de almacén, especialista, oficial de 3ª de taller1.477,68 €20.687,47 €30,82 €
Aprendices/asAprendices/as (hasta 21 años, máximo 2 años en el puesto)17.438,11 €

Filas destacadas: Grupo 5 (personal de oficio: soldadores/as, electricistas, montadores/as, mecánicos/as, instaladores/as) y Grupo 7 (grupo de entrada). Para los grupos 5 y 7 la base de cálculo de complementos es diaria (26,46 € y 25,28 €); para el resto es mensual. Todas las categorías profesionales quedan por encima del SMI 2026 (17.094 €).

Cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. Otros conceptos 2026: media dieta 12,14 € · dieta completa <7 días 59,17 € · >7 días 47,36 € · carencia de incentivos (grupos 5 y 7) 2,87 €/día · kilometraje 0,26 €/km. Para tu salario neto, usa la calculadora de SalarioJusto.

¿Tu nómina coincide con la tabla de tu grupo profesional? Verifícalo ahora.

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Ejemplo aterrizado — Nerea, oficial de 1ª (electricista) en un taller del metal de Getafe
Nerea es profesional de oficio (Grupo 5). Su salario de grupo es de 1.590,26 €/mes en 14 pagas, es decir 22.263,68 € brutos al año. Esto es lo que puede sumar a su nómina:
ConceptoImporte
Salario anual de grupo (14 pagas)22.263,68 €
Antigüedad: 1 quinquenio (Art. 41)+31,91 €/mes
Productividad 1,5% del salario convenio (Art. 42)+334 €/año aprox.
Si hace trabajo tóxico/penoso/peligroso+20% a +30%
Si Nerea trabaja en un puesto con los tres factores (penosidad, toxicidad y peligrosidad), el plus llega al 30% sobre el salario base (Art. 38); con nocturnidad, un 25% adicional sobre el salario convenio (Art. 39). Para ver el neto exacto con el IRPF de la Comunidad de Madrid y estos complementos, usa la calculadora de SalarioJusto: no inventamos la cifra neta, la calculamos con tus parámetros.

Pagas extraordinarias — 14 pagas, sin paga de marzo

PagaAbonoComposición
Paga de verano15 de julio30 días de salario convenio + antigüedad (Art. 33)
Paga de Navidad22 de diciembre30 días de salario convenio + antigüedad (Art. 33)

Las dos pagas extra se devengan por semestres naturales y en proporción al tiempo trabajado. Si son festivas, se abonan el día laborable anterior. En total, 14 pagas al año.

Comparación con otras provincias del sector. El metal de Madrid tiene 14 pagas, como el metal de Barcelona y el metal de Bizkaia. El metal de Valencia, en cambio, añade una tercera gratificación (paga de marzo de 17 días): sobre un mismo salario, esa provincia reparte algo más de media paga extra adicional al año.

Jornada — 1.756 horas, con 8 de libre disposición

En 2026 la jornada es de 1.756 horas anuales de trabajo efectivo (Art. 48). De ellas, la persona trabajadora dispone de 8 horas de libre disposición para asuntos propios, por lo que la jornada efectiva queda en 1.748 horas. Los tiempos de descanso y de bocadillo no computan como trabajo efectivo.

Sábados y domingos (Art. 48.3)
La empresa puede requerir un máximo de 6 sábados o domingos al año, con 5 días de preaviso. Se compensan con un +150% (sábado) o +175% (domingo) sobre la hora ordinaria, o con descanso (1h30 / 1h45 por hora).
Horas extraordinarias (Art. 34)
Por acuerdo, cada hora extra puede compensarse con 1 hora y 45 minutos de descanso, acumulables. La base se calcula sobre 1.748 h efectivas en 2026.
Distribución irregular (Art. 48.4)
La empresa puede distribuir la jornada de forma irregular con 5 días de preaviso, sin superar las 10 horas diarias y, salvo pacto, sin afectar a sábados, domingos ni festivos.

Vacaciones — 22 días laborables (Art. 35)

El personal tiene derecho a 22 días laborables de vacaciones, que en ningún caso serán menos de 30 días naturales. Se disfrutan preferentemente en verano.

Licencias retribuidas (Art. 43)

MotivoDíasDetalle
Matrimonio o registro de pareja de hecho15 naturalesDe la propia persona trabajadora
Fallecimiento de familiar de 1.º grado (cónyuge, hijos/as, padres)3 laborables4 días si el desplazamiento supera 50 km
Fallecimiento de familiar de 2.º grado (nietos/as, abuelos/as, hermanos/as)2 laborables4 días si desplazamiento >50 km
Enfermedad grave, hospitalización o cirugía con reposo (2.º grado)5 laborables4 días si desplazamiento >50 km; en días consecutivos
Nacimiento (progenitor sin carencia para la prestación)2 laborablesCuando no se tiene cubierta la prestación de nacimiento
Traslado de domicilio1 día
Matrimonio de padres, hijos/as o hermanos/as1 natural
Consulta médica de especialistaEl necesarioCon justificante de la Seguridad Social
Consulta médica de cabecera / acompañamientoHasta 16 h/añoIncluye acompañamiento a menores de 16 años y ascendientes de 1.º grado
Acompañamiento a tratamiento oncológico o diálisis (cónyuge / 1.º grado)Hasta 20 h/año

Pluses y complementos

Tóxicos, penosos y peligrosos (Art. 38)
20% del salario base por una circunstancia; 25% por dos; 30% por las tres. Se reduce a la mitad si el trabajo penoso dura menos de media jornada (más de 60 min).
Nocturnidad (Art. 39)
25% sobre el salario convenio para el trabajo entre las 22:00 y las 6:00.
Productividad (Art. 42)
1,5% del salario convenio anual, en 12 mensualidades. Se pierde el mes con más de 8 horas de ausencia no justificada (salvo vacaciones, licencias y crédito sindical).
Jefatura de equipo (Art. 40)
20% del salario de grupo para quien dirija un equipo de entre 3 y 12 personas realizando también trabajo manual.
Kilometraje y dietas (Arts. 44-45)
Kilometraje 0,26 €/km. Dietas 2026: media 12,14 €, completa <7 días 59,17 €, >7 días 47,36 €.
Carencia de incentivos (Art. 17)
2,87 €/día trabajado para el personal de los grupos 5 y 7 en empresas sin sistema de incentivo implantado.

Sistema de rendimiento e incentivos

Por su carácter industrial, el convenio dedica varios artículos (Arts. 10-12 y 17) a la medición del rendimiento y los incentivos, algo poco habitual en los convenios de servicios.

Baja médica — un complemento limitado (Art. 47)

SituaciónComplementoDesde
Accidente de trabajo o enfermedad profesional (baja > 10 días)+15% de la base reguladoraDía 11 de la baja
Enfermedad común o accidente no laboralSin complemento de convenioSolo prestación de la Seguridad Social
Accidente in itinere (camino al trabajo)Excluido
Importante. El convenio del metal de Madrid solo complementa la baja por accidente de trabajo y enfermedad profesional (un 15% desde el día 11), y deja fuera la enfermedad común y el accidente in itinere. Otros convenios del corpus complementan también la enfermedad común: aquí no. Conviene tenerlo claro antes de una baja.

Subrogación de personal (Art. 20 bis)

La subrogación en este convenio no es general: opera específicamente en los servicios de gestión integral y energética de instalaciones eléctricas en vías y espacios públicos adjudicados en concursos públicos municipales.

Particularidades del convenio del metal de Madrid

¿Cobras menos de lo que fija tu grupo?

  1. Identifica tu grupo profesional (1 a 7) según tus funciones reales, no solo tu categoría antigua. La clasificación y la equivalencia con las categorías anteriores están en el Anexo II del convenio.
  2. Compara tu bruto anual con la tabla 2026 corregida de tu grupo. Suma los quinquenios, la productividad y los pluses de nocturnidad o penosidad si te corresponden.
  3. Pide la nómina detallada por escrito si los conceptos no aparecen separados (art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores).
  4. Acude a la Comisión Paritaria o a la vía extrajudicial. El convenio se adhiere al Instituto Regional de Mediación y Arbitraje de la Comunidad de Madrid. La papeleta de conciliación es gratuita e interrumpe la prescripción.
  5. Plazo: un año por cada mensualidad para reclamar diferencias (art. 59.2 ET).

Código REGCON: 28003715011982. Firmantes: AECIM, CCOO de Industria de Madrid y UGT-FICA Madrid. Guía completa para reclamar diferencias →

Recursos oficiales y sindicales

BOCM — Convenio y tabla corregida
Texto en el BOCM nº 15 (18-ene-2025); tabla 2026 corregida en el BOCM nº 59 (11-mar-2026). Buscador: bocm.es
REGCON — Ministerio de Trabajo
Registro estatal. Código: 28003715011982. Acceder
AECIM
Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid, patronal firmante. aecim.org
CCOO de Industria de Madrid · UGT-FICA Madrid
Sindicatos firmantes. Asesoría a personas afiliadas del sector del metal en la Comunidad de Madrid.
IV Convenio Estatal del Metal
Marco supletorio (acoso, prevención de riesgos, solución de conflictos). BOE de 12-01-2022. Ver en el BOE
SMI 2026 — referencia
1.221 €/mes y 17.094 € anuales (RD 126/2026). Consulta el SMI 2026

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un oficial del metal en Madrid en 2026?

El personal de oficio (Grupo 5, Operaria/o) tiene un salario de grupo de 1.590,26 €/mes en 14 pagas, equivalente a 22.263,68 € brutos anuales. El grupo de entrada (Grupo 7: peón, especialista, oficial de 3ª) cobra 1.477,68 €/mes, 20.687,47 €/año. Ambos superan el SMI 2026 (17.094 €).

¿Cuántas pagas tiene el convenio?

Son 14 pagas: 12 mensualidades más dos extras de 30 días (salario convenio + antigüedad) el 15 de julio y el 22 de diciembre (Art. 33). A diferencia del metal de Valencia, el de Madrid no tiene paga de marzo.

¿Por qué hay dos tablas 2026 en el BOCM?

El BOCM nº 56 (7-mar-2026) adjuntó por error el anexo del Comercio del Metal a la resolución de la Industria del Metal. El BOCM nº 59 (11-mar-2026) publicó la corrección de errores con la tabla correcta de la Industria. La buena es la del 11 de marzo, y es la que reproduce esta ficha.

¿Cuál es la jornada del convenio?

En 2026, 1.756 horas anuales (Art. 48), de las que 8 son de libre disposición, dejando la jornada efectiva en 1.748 horas. La empresa puede requerir hasta 6 sábados o domingos al año, retribuidos con +150% / +175% o compensados con descanso.

¿Qué complemento paga la empresa en caso de baja?

Solo en accidente de trabajo o enfermedad profesional (baja > 10 días): un +15% de la base reguladora desde el día 11 (Art. 47). El convenio no complementa la enfermedad común ni el accidente in itinere.

¿Qué empresas cubre este convenio?

Las de fabricación, montaje, reparación, mantenimiento e instalaciones del metal en Madrid: metalurgia, automoción, naval, aeroespacial, ferroviario, renovables, robótica, electrónica, informática, telecomunicaciones, climatización, fontanería, talleres e ITV, data centers y drones. No cubre a las empresas dedicadas solo a la venta (Comercio del Metal, convenio aparte).

Fuentes oficiales verificadas

Quién audita esto

Esta ficha se ha cruzado manualmente contra el texto del convenio (BOCM nº 15, 18-ene-2025) y contra la tabla salarial 2026 corregida (BOCM nº 59, 11-mar-2026). Las cuantías están transcritas de la publicación oficial; los ejemplos y el cálculo de neto son elaboración propia y se identifican como tales.

No somos un bufete: somos una herramienta gratuita de transparencia salarial, sin empresas detrás. Si detectas un error, escríbenos y lo corregimos.

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