La tabla 2026 corregida: por qué esta es la buena
Si has buscado las tablas 2026 del metal de Madrid, puede que te hayas topado con dos versiones distintas en el BOCM. Conviene saber cuál es la válida, porque las cifras no coinciden.
Es el tipo de detalle que marca la diferencia entre una nómina bien calculada y una mal ajustada: transcribimos la tabla del anexo corregido, no la del publicado por error.
¿Este convenio te cubre?
El Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid (código REGCON 28003715011982) tiene un ámbito funcional amplísimo, ampliado y modernizado en el texto de 2024 (Art. 2):
- Metalurgia y siderurgia: fabricación, transformación, fundición, laminación, forja, tratamiento de metales.
- Automoción y componentes, construcción naval, industria aeroespacial y material ferroviario.
- Energías renovables, robótica, domótica y automatismos, incluida la fabricación y mantenimiento de drones.
- Electrónica, informática y telecomunicaciones: circuitos, ordenadores y periféricos, fibra, redes, y centros de procesamiento y gestión de datos (data centers).
- Instalación y mantenimiento: instalaciones eléctricas, climatización y frío industrial, fontanería, gas, calefacción, ascensores; tendidos eléctricos y electrificación de ferrocarriles.
- Talleres de reparación de vehículos e ITV, joyería, relojería y bisutería, cerrajería, óptica y mecánica de precisión, carpintería metálica, calderería y limpieza industrial.
- NO te cubre si tu empresa se dedica solo a la venta de artículos metálicos en proceso exclusivo de comercialización: eso es el Comercio del Metal, con convenio propio y distinto.
Tablas salariales 2026 — todos los grupos
Cuantías brutas oficiales de la tabla 2026 corregida (BOCM nº 59, 11-mar-2026), resultado de aplicar el +2% pactado (Art. 29) sobre las tablas de 2025. La estructura tiene 7 grupos profesionales con un salario de grupo único por grupo (sistema unificado desde 2015), que se cobra en 14 pagas.
Cómo leer la tabla: el salario de grupo mensual se percibe en 14 pagas (12 mensualidades + 2 extras). La columna "Salario anual 2026" es el bruto anual del salario de grupo. La columna "Quinquenio" es lo que suma cada tramo de 5 años de antigüedad, con un máximo de 5 quinquenios (Art. 41).
| Grupo | Descripción funcional (ejemplos) | Mensual (14 pagas) | Anual 2026 | Quinquenio |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Licenciada/o – Grado: ingeniería, licenciatura, dirección de áreas y servicios | 2.527,07 € | 35.378,96 € | 42,72 € |
| 2 | Técnico/a: jefe/a de taller, ATS/DUE, jefe/a 1ª admin., analista informático/a, graduado/a social | 2.120,71 € | 29.689,98 € | 38,88 € |
| 3 | Técnica/o Auxiliar: delineante proyectista, programador/a, maestro/a industrial, contramaestre | 1.912,06 € | 26.768,79 € | 35,78 € |
| 4 | Empleado/a: delineante, oficial admin., operador/a informático/a, conductor/a, comercial, encargado/a | 1.709,33 € | 23.930,65 € | 33,37 € |
| 5 | Operaria/o: profesional de oficio de 1ª y 2ª; capataz de especialistas y peones | 1.590,26 € | 22.263,68 € | 31,91 € |
| 6 | Empleado/a Auxiliar: auxiliar (oficina, laboratorio, admin.), almacenero/a, telefonista, conserje, ordenanza | 1.573,63 € | 22.030,78 € | 31,19 € |
| 7 | Operaria/o Auxiliar: peón/a, mozo/a especialista de almacén, especialista, oficial de 3ª de taller | 1.477,68 € | 20.687,47 € | 30,82 € |
| Aprendices/as | Aprendices/as (hasta 21 años, máximo 2 años en el puesto) | — | 17.438,11 € | — |
Filas destacadas: Grupo 5 (personal de oficio: soldadores/as, electricistas, montadores/as, mecánicos/as, instaladores/as) y Grupo 7 (grupo de entrada). Para los grupos 5 y 7 la base de cálculo de complementos es diaria (26,46 € y 25,28 €); para el resto es mensual. Todas las categorías profesionales quedan por encima del SMI 2026 (17.094 €).
Cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. Otros conceptos 2026: media dieta 12,14 € · dieta completa <7 días 59,17 € · >7 días 47,36 € · carencia de incentivos (grupos 5 y 7) 2,87 €/día · kilometraje 0,26 €/km. Para tu salario neto, usa la calculadora de SalarioJusto.
¿Tu nómina coincide con la tabla de tu grupo profesional? Verifícalo ahora.
Verificar mi salario →Nerea es profesional de oficio (Grupo 5). Su salario de grupo es de 1.590,26 €/mes en 14 pagas, es decir 22.263,68 € brutos al año. Esto es lo que puede sumar a su nómina:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Salario anual de grupo (14 pagas) | 22.263,68 € |
| Antigüedad: 1 quinquenio (Art. 41) | +31,91 €/mes |
| Productividad 1,5% del salario convenio (Art. 42) | +334 €/año aprox. |
| Si hace trabajo tóxico/penoso/peligroso | +20% a +30% |
Pagas extraordinarias — 14 pagas, sin paga de marzo
| Paga | Abono | Composición |
|---|---|---|
| Paga de verano | 15 de julio | 30 días de salario convenio + antigüedad (Art. 33) |
| Paga de Navidad | 22 de diciembre | 30 días de salario convenio + antigüedad (Art. 33) |
Las dos pagas extra se devengan por semestres naturales y en proporción al tiempo trabajado. Si son festivas, se abonan el día laborable anterior. En total, 14 pagas al año.
Jornada — 1.756 horas, con 8 de libre disposición
En 2026 la jornada es de 1.756 horas anuales de trabajo efectivo (Art. 48). De ellas, la persona trabajadora dispone de 8 horas de libre disposición para asuntos propios, por lo que la jornada efectiva queda en 1.748 horas. Los tiempos de descanso y de bocadillo no computan como trabajo efectivo.
Vacaciones — 22 días laborables (Art. 35)
El personal tiene derecho a 22 días laborables de vacaciones, que en ningún caso serán menos de 30 días naturales. Se disfrutan preferentemente en verano.
- Si las vacaciones no empiezan el día 1 o el 15, y se disfrutan por semanas completas, comienzan en lunes (o en martes si el lunes es festivo).
- Se retribuyen con el salario de convenio más antigüedad, productividad y los conceptos habituales, según el promedio de los tres meses anteriores.
- Si coinciden con una baja por embarazo, parto o lactancia, o con permisos por nacimiento, se disfrutan en fecha distinta aunque haya terminado el año natural.
- El personal de tendidos eléctricos que esté en obra fuera de su residencia tiene derecho a 2 días naturales más por los viajes de ida y vuelta.
Licencias retribuidas (Art. 43)
| Motivo | Días | Detalle |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 naturales | De la propia persona trabajadora |
| Fallecimiento de familiar de 1.º grado (cónyuge, hijos/as, padres) | 3 laborables | 4 días si el desplazamiento supera 50 km |
| Fallecimiento de familiar de 2.º grado (nietos/as, abuelos/as, hermanos/as) | 2 laborables | 4 días si desplazamiento >50 km |
| Enfermedad grave, hospitalización o cirugía con reposo (2.º grado) | 5 laborables | 4 días si desplazamiento >50 km; en días consecutivos |
| Nacimiento (progenitor sin carencia para la prestación) | 2 laborables | Cuando no se tiene cubierta la prestación de nacimiento |
| Traslado de domicilio | 1 día | — |
| Matrimonio de padres, hijos/as o hermanos/as | 1 natural | — |
| Consulta médica de especialista | El necesario | Con justificante de la Seguridad Social |
| Consulta médica de cabecera / acompañamiento | Hasta 16 h/año | Incluye acompañamiento a menores de 16 años y ascendientes de 1.º grado |
| Acompañamiento a tratamiento oncológico o diálisis (cónyuge / 1.º grado) | Hasta 20 h/año | — |
Pluses y complementos
Sistema de rendimiento e incentivos
Por su carácter industrial, el convenio dedica varios artículos (Arts. 10-12 y 17) a la medición del rendimiento y los incentivos, algo poco habitual en los convenios de servicios.
- El rendimiento mínimo exigible (o normalizado) se retribuye con el salario de convenio.
- El rendimiento correcto se define como un +12,5% sobre el mínimo; al alcanzarlo, la persona percibe un incentivo mínimo del 25% de la retribución de convenio (Art. 12).
- Entre el mínimo y el correcto, se cobra la parte proporcional; por encima del correcto, la empresa puede reajustar su sistema de primas.
- En empresas sin sistema de incentivos, el personal de oficio de los grupos 5 y 7 percibe la carencia de incentivos (2,87 €/día en 2026, Art. 17).
Baja médica — un complemento limitado (Art. 47)
| Situación | Complemento | Desde |
|---|---|---|
| Accidente de trabajo o enfermedad profesional (baja > 10 días) | +15% de la base reguladora | Día 11 de la baja |
| Enfermedad común o accidente no laboral | Sin complemento de convenio | Solo prestación de la Seguridad Social |
| Accidente in itinere (camino al trabajo) | Excluido | — |
Subrogación de personal (Art. 20 bis)
La subrogación en este convenio no es general: opera específicamente en los servicios de gestión integral y energética de instalaciones eléctricas en vías y espacios públicos adjudicados en concursos públicos municipales.
- El personal con más de 6 meses adscrito al servicio se subroga en la empresa que gane el nuevo concurso, en las condiciones del pliego.
- La empresa saliente debe entregar, en 30 días hábiles, contratos, nóminas y documentos de cotización de los últimos 6 meses.
- El personal directivo queda excluido de la subrogación.
- Existe un régimen específico para municipios de más de 300.000 habitantes en la Disposición Transitoria 3.ª.
Particularidades del convenio del metal de Madrid
- Tabla 2026 corregida en el BOCM nº 59 (11-mar-2026) tras un error material del BOCM nº 56: esta ficha usa la versión buena.
- 14 pagas, sin paga de marzo (a diferencia de Valencia): dos extras de 30 días el 15 de julio y el 22 de diciembre (Art. 33).
- Complemento de productividad del 1,5% del salario convenio anual (Art. 42).
- Sistema de incentivos por rendimiento medido: incentivo mínimo del 25% al alcanzar el rendimiento correcto (Arts. 11-12).
- Complemento de IT solo por accidente de trabajo y enfermedad profesional (15% desde el día 11); no cubre la enfermedad común (Art. 47).
- Ámbito modernizado en 2024: incluye expresamente drones, data centers, robótica y renovables (Art. 2).
- Vinculación al IV Convenio Estatal del Metal (BOE 12-01-2022) como marco supletorio (acoso, prevención de riesgos, solución de conflictos).
- Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026: después entra en prórroga anual salvo denuncia. Conviene vigilar la negociación del próximo convenio.
¿Cobras menos de lo que fija tu grupo?
- Identifica tu grupo profesional (1 a 7) según tus funciones reales, no solo tu categoría antigua. La clasificación y la equivalencia con las categorías anteriores están en el Anexo II del convenio.
- Compara tu bruto anual con la tabla 2026 corregida de tu grupo. Suma los quinquenios, la productividad y los pluses de nocturnidad o penosidad si te corresponden.
- Pide la nómina detallada por escrito si los conceptos no aparecen separados (art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores).
- Acude a la Comisión Paritaria o a la vía extrajudicial. El convenio se adhiere al Instituto Regional de Mediación y Arbitraje de la Comunidad de Madrid. La papeleta de conciliación es gratuita e interrumpe la prescripción.
- Plazo: un año por cada mensualidad para reclamar diferencias (art. 59.2 ET).
Código REGCON: 28003715011982. Firmantes: AECIM, CCOO de Industria de Madrid y UGT-FICA Madrid. Guía completa para reclamar diferencias →
Recursos oficiales y sindicales
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un oficial del metal en Madrid en 2026?
El personal de oficio (Grupo 5, Operaria/o) tiene un salario de grupo de 1.590,26 €/mes en 14 pagas, equivalente a 22.263,68 € brutos anuales. El grupo de entrada (Grupo 7: peón, especialista, oficial de 3ª) cobra 1.477,68 €/mes, 20.687,47 €/año. Ambos superan el SMI 2026 (17.094 €).
¿Cuántas pagas tiene el convenio?
Son 14 pagas: 12 mensualidades más dos extras de 30 días (salario convenio + antigüedad) el 15 de julio y el 22 de diciembre (Art. 33). A diferencia del metal de Valencia, el de Madrid no tiene paga de marzo.
¿Por qué hay dos tablas 2026 en el BOCM?
El BOCM nº 56 (7-mar-2026) adjuntó por error el anexo del Comercio del Metal a la resolución de la Industria del Metal. El BOCM nº 59 (11-mar-2026) publicó la corrección de errores con la tabla correcta de la Industria. La buena es la del 11 de marzo, y es la que reproduce esta ficha.
¿Cuál es la jornada del convenio?
En 2026, 1.756 horas anuales (Art. 48), de las que 8 son de libre disposición, dejando la jornada efectiva en 1.748 horas. La empresa puede requerir hasta 6 sábados o domingos al año, retribuidos con +150% / +175% o compensados con descanso.
¿Qué complemento paga la empresa en caso de baja?
Solo en accidente de trabajo o enfermedad profesional (baja > 10 días): un +15% de la base reguladora desde el día 11 (Art. 47). El convenio no complementa la enfermedad común ni el accidente in itinere.
¿Qué empresas cubre este convenio?
Las de fabricación, montaje, reparación, mantenimiento e instalaciones del metal en Madrid: metalurgia, automoción, naval, aeroespacial, ferroviario, renovables, robótica, electrónica, informática, telecomunicaciones, climatización, fontanería, talleres e ITV, data centers y drones. No cubre a las empresas dedicadas solo a la venta (Comercio del Metal, convenio aparte).
Fuentes oficiales verificadas
- Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid 2024-2026, BOCM nº 15 (18-ene-2025), código REGCON 28003715011982. Suscrito por AECIM, CCOO de Industria de Madrid y UGT-FICA Madrid. Fuente del articulado (ámbito, jornada, pagas, pluses, licencias, IT, subrogación, comisión paritaria, clasificación en 7 grupos). Buscador: bocm.es.
- Tabla salarial 2026 corregida, BOCM nº 59 (11-mar-2026), corrección de errores del BOCM nº 56 (7-mar-2026). Fuente de todas las cifras salariales, quinquenios, bases de complementos, dietas y carencia de incentivos de esta página (+2% sobre 2025, Art. 29).
- IV Convenio Estatal para la Industria, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector del Metal, BOE de 12-01-2022 (marco supletorio). Ver publicación.
- Real Decreto 126/2026, SMI 2026 (1.221 €/mes, 17.094 € anuales), referencia para la comparación. BOE-A-2026-3815.
Quién audita esto
Esta ficha se ha cruzado manualmente contra el texto del convenio (BOCM nº 15, 18-ene-2025) y contra la tabla salarial 2026 corregida (BOCM nº 59, 11-mar-2026). Las cuantías están transcritas de la publicación oficial; los ejemplos y el cálculo de neto son elaboración propia y se identifican como tales.
No somos un bufete: somos una herramienta gratuita de transparencia salarial, sin empresas detrás. Si detectas un error, escríbenos y lo corregimos.