Un salario garantizado por grupo, no por categoría suelta
El convenio del metal de Navarra no publica un salario para cada oficio suelto, sino un Salario Garantizado anual para cada uno de sus 7 Grupos Profesionales (Art. 70). Es la retribución bruta mínima que la empresa debe asegurar a cualquier persona de ese grupo, cualquiera que sea su categoría concreta.
Sobre ese Salario Garantizado se suman aparte la antigüedad por trienios, los pluses de toxicidad, penosidad, peligrosidad y nocturnidad y, en su caso, la prima de producción. La estructura interna de nómina (Salario Base + Plus Convenio + Plus Carencia de Incentivos) puede agruparse en un único concepto de «Salario Garantizado» (Art. 42).
¿Este convenio te cubre?
El Convenio Colectivo Autonómico para la Industria Siderometalúrgica de Navarra (código REGCON 31006805011981) se aplica en toda la Comunidad Foral a las empresas y personas trabajadoras del sector industrial del metal:
- Siderurgia y metalurgia: producción, fundición, transformación, manipulación y almacenaje de metales.
- Fabricación de productos metálicos, maquinaria, componentes y fabricantes de componentes de energía renovable.
- Montaje, instalación, reparación y mantenimiento: talleres, calderería, soldadura, instalaciones eléctricas y tendido de líneas.
- Actividades afines: joyería y relojería, óptica y mecánica de precisión, circuitos impresos, recuperación y reciclaje de metales, e infraestructuras TIC y telecomunicaciones.
- Personal de oficio, subalterno, administrativo y técnico de estas empresas, encuadrado en 7 grupos profesionales del peón a la ingeniería.
Tablas salariales 2026 — los 7 grupos profesionales
Cuantías oficiales de la revisión salarial 2026 (BON núm. 31, 12-feb-2026, Resolución 9C/2026), resultado de aplicar el +2% sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2025. Para cada grupo se indica el Salario Garantizado anual y su equivalente mensual en 14 pagas (el anual dividido entre 14, solo orientativo).
Cómo leer la tabla: el Salario Garantizado es el bruto anual antes de IRPF y Seguridad Social e incluye ya las dos pagas extra. No incluye la antigüedad ni los pluses de toxicidad/penosidad/peligrosidad, que se suman aparte. Las categorías orientativas de cada grupo salen del Art. 70 del convenio.
| Grupo profesional | Categorías orientativas | Garantizado 2026 (año) | Mensual (14 pagas) |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | Técnicos: ingenieros/as, arquitectos/as, licenciados/as, directores/as de áreas y servicios, analistas de sistemas (titulación superior). | 31.750,36 € | 2.267,88 € |
| Grupo 2 | Técnicos: peritos e ingenieros/as técnicos, aparejadores/as, ATS/DUE, proyectistas, graduados/as sociales, ayudantes de ingeniería y arquitectura, titulados/as superiores de entrada. | 30.892,29 € | 2.206,59 € |
| Grupo 3 | Técnicos: analista programador/a, delineante y dibujante proyectista, jefe/a de áreas y servicios. Operarios: jefe/a de taller, maestro/a industrial. | 30.034,25 € | 2.145,30 € |
| Grupo 4 | Empleados: delineante de 1.ª, técnico/a administrativo/a (controller), técnico/a de laboratorio y de organización. Operarios: encargado/a, profesional de oficio especial. | 29.053,55 € | 2.075,25 € |
| Grupo 5 | Empleados: oficial administrativo/a de 1.ª y 2.ª, delineante de 2.ª, comercial. Operarios: chófer de camión, coordinador/a de grupo, profesional de oficio y siderúrgico/a de 1.ª y 2.ª, personal de diques y buques. | 28.195,04 € | 2.013,93 € |
| Grupo 6 | Empleados: almacenero/a, auxiliares, dependiente/a, operador/a de ordenador, telefonista. Operarios: chófer de turismo, conductor/a de máquina, especialista, profesional de oficio y siderúrgico/a de 3.ª. | 27.460,03 € | 1.961,43 € |
| Grupo 7 | Empleados: ordenanza, portero/a. Operarios: peón especialista, personal aprendiz (16, 17 y mayor de 18 años). | 26.111,60 € | 1.865,11 € |
Todos los grupos superan holgadamente el SMI 2026 (17.094 € anuales). Otros conceptos 2026 (Art. 49): dieta completa 49,22 €/día · dieta de viaje <3 días 59,97 €/día · media dieta 28,51 €/día. Plus de Carencia de Incentivos (para quien lo cobre aparte): 111,96 €/mes. Para tu salario neto con el IRPF foral de Navarra, usa la calculadora de SalarioJusto.
¿Tu nómina llega al Salario Garantizado de tu grupo? Verifícalo ahora.
Verificar mi salario →Pagas — dos extras de 30 días y una paga de 400 € en marzo
| Paga | Fecha | Composición |
|---|---|---|
| Extra de julio | 1.ª semana de julio | 30 días de Salario Base + Plus de Convenio |
| Extra de Navidad | 22 de diciembre | 30 días de Salario Base + Plus de Convenio |
| Paga no consolidable | Marzo de 2026 | 400 € brutos a toda la plantilla, no consolidable (Art. 41.C) |
Las dos extraordinarias se devengan por semestres naturales, en proporción al tiempo trabajado, y pueden prorratearse en las doce mensualidades por acuerdo (Art. 44). La paga de 400 € se abona a todo el personal cualquiera que sea su grupo y retribución; quien haya trabajado a tiempo parcial o menos del período la cobra de forma proporcional. No genera derecho adquirido: es un pago único del último tramo del convenio.
Jornada — 1.695 horas al año, con flexibilidad pactada
La jornada de trabajo efectivo es de 1.695 horas anuales durante toda la vigencia del convenio (Art. 29.1), una de las más contenidas del sector. Su distribución concreta se fija en el calendario laboral de cada empresa.
Vacaciones — 30 días naturales
El personal tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones retribuidas (Art. 32), preferentemente entre el 15 de junio y el 30 de septiembre, fijadas de común acuerdo entre empresa y persona trabajadora.
- Cabe fraccionar el período, con la única condición de que al menos 15 días naturales sean seguidos e ininterrumpidos.
- Para el personal a prima o incentivo, los días laborables se incrementan con el promedio de la prima de los tres meses anteriores.
- Si las vacaciones coinciden con una baja por embarazo, parto, lactancia o IT, se pueden disfrutar en fecha distinta al terminar esa situación (Art. 32).
- Las fechas se anuncian con una antelación mínima de dos meses.
Licencias retribuidas
El convenio recoge licencias retribuidas que mejoran lo previsto en el art. 37.3 del Estatuto de los Trabajadores (Art. 38). Las principales:
| Motivo | Días | Detalle |
|---|---|---|
| Matrimonio | 18 naturales | Acumulable a vacaciones si coinciden |
| Fallecimiento de cónyuge | 7 naturales | Interrumpe las vacaciones si coincide |
| Fallecimiento de padres, hijos/as o hermanos/as | 3 naturales | Consanguíneos; 2 días para abuelos, nietos y afines |
| Enfermedad grave u hospitalización (hasta 2.º grado) | 2 naturales | Disfrutables mientras dure la hospitalización |
| Traslado del domicilio habitual | 1 natural | — |
| Acompañamiento oncológico (cónyuge o 1.er grado) | 16 h/año | A partir de la 17.ª hora, licencia no retribuida cotizada por la empresa |
Las licencias 1 a 8 se amplían en 2 días más cuando haya que desplazarse a 200 km o más. Resto de supuestos (deberes públicos, exámenes prenatales, lactancia, cuidado del lactante, etc.), según los arts. 37 y 38.
Pluses, antigüedad y complementos
Baja médica — enfermedad común y accidente de trabajo
Cómo sube tu salario en 2026
La subida del metal de Navarra para 2026 es un porcentaje único y sencillo, a diferencia de otros convenios del sector:
| Concepto | Subida 2026 | Base |
|---|---|---|
| Salario Garantizado (tablas) | +2% | Tabla vigente a 31-dic-2025 (Art. 41.A.E.2) |
| Salarios reales percibidos | +2% | Conceptos medios brutos de 2025 (Art. 41.A.E.1) |
| Antigüedad, pluses y horas extra | +2% | Valores vigentes a 31-dic-2025 |
| Dietas | +2% | Art. 49 |
Particularidades del convenio del metal de Navarra
- Salario Garantizado por 7 grupos, de 26.111,60 € (G7) a 31.750,36 € (G1) en 2026, con suelo de entrada de los más altos del sector.
- Paga no consolidable de 400 € a toda la plantilla en marzo de 2026 (Art. 41.C).
- Antigüedad por trienios de valor fijo en euros e ilimitados, no por porcentaje (Art. 46).
- Acuerdo de competitividad (+48 h de referencia) y bolsa de disponibilidad de horas (80 h alza / 88 h baja) como herramientas de flexibilidad (Arts. 29.2 y 30).
- Compensación de teletrabajo de 50 €/mes (Art. 75).
- IT por enfermedad común cubierta (50% los 3 primeros días de la primera baja) y AT al 100% desde el primer día (Arts. 51-52).
- Subrogación limitada a las contratas de mantenimiento con la Administración Pública (Art. 50.F); en el resto, sin subrogación por ser convenio de industria.
- Régimen fiscal foral de Navarra: el IRPF que se te retiene es el foral navarro, no el común estatal.
- Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026: convenio denunciado, en su último año, con ultraactividad posterior y revisión por IPC prevista en enero de 2027.
¿Cobras menos de lo que fija tu grupo?
- Identifica tu grupo profesional (1 a 7) según tus funciones reales, con las categorías orientativas del Art. 70.
- Compara tu bruto anual con el Salario Garantizado 2026 de tu grupo. Súmale la antigüedad (trienios) y los pluses que te correspondan; la cifra de la tabla ya incluye las dos extras.
- Pide la nómina detallada por escrito si los conceptos no aparecen separados (art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores).
- Acude a la Comisión Paritaria del convenio o al Tribunal Laboral de Navarra (conciliación y mediación previas, Art. 68). La reclamación previa interrumpe la prescripción.
- Plazo: un año por cada mensualidad para reclamar diferencias (art. 59.2 ET).
Código REGCON: 31006805011981. Firmantes: ANEM y APMEN (patronales) y los sindicatos FICA-UGT y CCOO. Guía completa para reclamar diferencias →
Recursos oficiales y sindicales
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un oficial del metal en Navarra en 2026?
El convenio fija un Salario Garantizado por grupo, no por categoría suelta. Un oficial de oficio se encuadra habitualmente en el Grupo 5 (28.195,04 €/año, unos 2.014 € en 14 pagas). El personal peón o de entrada va al Grupo 7 (26.111,60 €/año). Todos superan holgadamente el SMI 2026 (17.094 €).
¿Cuánto sube el convenio en 2026?
Un +2% sobre la tabla vigente a 31 de diciembre de 2025, con efectos 1 de enero de 2026 y sin actualización previa. El mismo 2% se aplica a salarios reales, antigüedad, pluses y dietas (Art. 41.A.E).
¿Qué es la paga de 400 € de marzo?
Una paga de 400 € brutos que las empresas abonan en marzo de 2026 a toda la plantilla, cualquiera que sea su grupo y retribución (Art. 41.C). No es consolidable y se cobra de forma proporcional si se trabajó a tiempo parcial o menos del período.
¿Cuántas pagas tiene el convenio?
Catorce: doce mensualidades más dos extras (julio y 22 de diciembre) de 30 días sobre Salario Base + Plus de Convenio (Art. 44). Pueden prorratearse por acuerdo. El Salario Garantizado anual de las tablas ya incluye las dos extras.
¿Qué antigüedad reconoce?
Trienios (no quinquenios) sobre valores fijos en euros, ilimitados: de 177,53 € el primero a 1.331,42 € el octavo, con 90,99 € por cada trienio sucesivo en 2026 (Art. 46).
¿Tiene subrogación?
Solo limitada: al ser convenio de industria no hay subrogación general, pero sí se subroga al personal de las contratas de mantenimiento con la Administración Pública al cambiar de adjudicataria (Art. 50.F).
Fuentes oficiales verificadas
- Convenio Colectivo Autonómico para la Industria Siderometalúrgica de la Comunidad Foral de Navarra 2022-2026, BON núm. 31 (14-feb-2023), código REGCON 31006805011981. Suscrito el 4-nov-2022 por ANEM y APMEN (patronales) y FICA-UGT y CCOO (sindicatos). Fuente del articulado (ámbito, jornada, pagas, vacaciones, licencias, pluses, antigüedad, comisión paritaria). Sede: bon.navarra.es.
- Acuerdo de revisión salarial para 2026, Resolución 9C/2026 de 16 de enero, BON núm. 31 (12-feb-2026). Fuente de todas las cifras salariales (Salario Garantizado por grupo, antigüedad, dietas, plus de carencia de incentivos y pluses), con el +2% sobre 2025. Verificado por partida doble (tabla 2025 × 1,02 = tabla 2026, coincidente al céntimo en los 7 grupos).
- Real Decreto 126/2026, SMI 2026 (1.221 €/mes, 17.094 € anuales), referencia para la comparación. BOE-A-2026-3815.
Quién audita esto
Esta ficha se ha cruzado manualmente contra el texto del convenio (BON núm. 31, 14-feb-2023) y contra la revisión salarial 2026 (BON núm. 31, 12-feb-2026, Resolución 9C/2026). Las cuantías están transcritas de la publicación oficial y verificadas por partida doble (tabla 2025 × 1,02 = tabla 2026); los ejemplos son elaboración propia y se identifican como tales.
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