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Convenio provincial de Gipuzkoa · Comercio en General · Tablas de 2014

Comercio en General Gipuzkoa: las tablas siguen en 2014. Qué cobras en 2026

Es el convenio de las empresas de comercio sin convenio propio (BOG núm. 210 del 5 de noviembre de 2013, código 20000305011984). Se firmó para 2010-2014 y no se ha renovado: sus últimas tablas, las de 2014, quedan casi todas por debajo del salario mínimo de 2026.

✓ Verificado contra el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG núm. 210, 5 de noviembre de 2013; núm. 45, 7 de marzo de 2014) por SalarioJusto · última revisión 4 de noviembre de 2026
Datos clave del convenio
Vigencia firmada
2010-2014 · prórroga anual si no se denuncia
Últimas tablas
2014 · +0,8 % sobre 2013
Cobros al año
15 pagas (2 extras + beneficios)
Jornada
1.762 h efectivas al año
Bajo el SMI 2026
24 de 26 categorías
Plus de transporte 2014
45,36 € al mes
Código convenio
20000305011984
Régimen IRPF
Foral de Gipuzkoa

Lo firmaron el 26 de septiembre de 2013 Adegi y la Federación Mercantil, por las empresas, y los sindicatos LAB y CCOO, por la plantilla (resolución de registro publicada en el BOG núm. 210).

En 30 segundos · Qué es. Es el convenio de las empresas de comercio de Gipuzkoa que no tienen convenio propio. Se firmó para 2010-2014 y sus últimas tablas son las de 2014, publicadas en el BOG el 7 de marzo de ese año.

Por qué siguen las de 2014. No consta que nadie lo denunciara. Sin denuncia, el propio convenio se prorroga año a año, pero solo fijó subidas para 2013 y 2014.

Lo propio de Gipuzkoa. Lo firmaron LAB y CCOO, sin ELA. Un o una dependiente/a cobra en tabla 12.252,30 € al año; en Bizkaia, con el convenio equivalente, 18.941,68 €.

El salario mínimo. 24 de sus 26 categorías quedan por debajo del SMI de 2026; las otras dos lo superan por 0,90 €.

Antes de seguir: ¿este convenio te cubre?

Se aplica en todo Gipuzkoa a «aquellas empresas y sus trabajadores que, en el sector Comercio, carezcan de Convenio Colectivo en vigor, ya sea éste estatal, interprovincial, provincial o de Empresa» (art. 2). Dentro del comercio, es un convenio de recogida: cubre lo que no cubre otro.

Base: arts. 1 a 3 del convenio (BOG núm. 210, 5 de noviembre de 2013). El convenio que te aplican suele figurar en la nómina o en el contrato.

Qué cobras hoy (2026)

Con las tablas de 2014, el suelo real lo pone casi siempre el salario mínimo:

Por qué siguen las tablas de 2014

El art. 4 fijó la vigencia del 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2014 y permitía denunciarlo entre el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2014. Si nadie lo denunciaba, «el convenio se prorrogará automáticamente de forma tácita un año más», con el mismo plazo de denuncia en cada año de prórroga. Es también la regla general del art. 86.2 del Estatuto de los Trabajadores: «Salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán de año en año si no mediara denuncia expresa de las partes».

No consta ninguna denuncia. Después de la revisión salarial de 2014, ni el índice oficial de convenios de Gipuzkoa del Gobierno Vasco, actualizado el 30 de octubre de 2026, ni el registro de convenios (REGCON) recogen nada. Si nadie lo denunció, sigue en vigor, prorrogado cada año, y sus tablas siguen siendo las de 2014: el art. 8 solo pactó subidas para 2013 y 2014.

Si alguien lo denunció. La denuncia no siempre se publica en el boletín, así que no podemos descartarla. Para ese caso, el art. 4 dice que «la “ultraactividad” del mismo operará a partir de la finalización del plazo de su vigencia y la misma tendrá una duración de 24 meses».

El art. 86.3 del Estatuto, tanto en la redacción de 2012 como en la de 2021, dice que la vigencia de un convenio denunciado «se producirá en los términos que se hubiesen establecido en el propio convenio». Si al acabar esos 24 meses el convenio perdió la vigencia es discutible: si te afecta, consúltalo con un sindicato. Para el sueldo cambia poco, porque el suelo es el salario mínimo en los dos casos. Sí cambiaría lo que el convenio da aparte: el plus de transporte, el complemento en las bajas, la EPSV Geroa o los permisos.

ELA, que no firmó el convenio, lo describía en una nota de prensa de abril de 2017: al decaer en 2013 los demás convenios del comercio guipuzcoano, este «pasa de ser un convenio residual a ser el convenio de aplicación». Desde entonces, el comercio del metal, el textil y el de alimentación tienen convenio nuevo publicado.

Tablas salariales 2014 · las 26 categorías

Cómo leer la tabla. Son las cifras de la revisión salarial de 2014 (BOG núm. 45), las últimas que se publicaron. «Al mes» es el salario convenio de cada mensualidad; la nómina de cada mes lleva además una doceava parte de la paga de beneficios. «Al año» es la cifra anualizada del boletín, con las 15 pagas. La última columna compara ese anual con el salario mínimo de 2026: donde queda por debajo, cobras al menos el salario mínimo.

▸Personal directivo4 categorías · 15.884,40 € – 17.094,90 € al año en 2014 · 2 bajo el SMI 2026
CategoríaAl mes 2014Al año 2014 (15 pagas)Frente al SMI 2026
Jefe/a de división, de personal, de compras y ventas (dibisio-burua, pertsonal-burua, erosketa-burua, salmenta-burua)1.058,96 €15.884,40 €−1.209,60 € (por debajo)
Encargado/a de sucursal (sukurtsal arduraduna)1.058,96 €15.884,40 €−1.209,60 € (por debajo)
Director/a (zuzendaria)1.139,66 €17.094,90 €+0,90 €
Titulado/a de grado superior (goi-mailako tituluduna)1.139,66 €17.094,90 €+0,90 €
▸Personal administrativo6 categorías · 11.798,25 € – 14.068,35 € al año en 2014 · todas bajo el SMI 2026
CategoríaAl mes 2014Al año 2014 (15 pagas)Frente al SMI 2026
Aspirante (langaia)786,55 €11.798,25 €−5.295,75 € (por debajo)
Auxiliar de caja (kutxako laguntzailea)796,99 €11.954,85 €−5.139,15 € (por debajo)
Auxiliar administrativo/a (administrari laguntzailea)816,81 €12.252,15 €−4.841,85 € (por debajo)
Oficial/a administrativo/a (administrari ofiziala)897,54 €13.463,10 €−3.630,90 € (por debajo)
Contable o cajero/a (kontularia, kutxazaina)917,71 €13.765,65 €−3.328,35 € (por debajo)
Jefe/a administrativo/a (administrazioko burua)937,89 €14.068,35 €−3.025,65 € (por debajo)
▸Personal mercantil9 categorías · 10.017,75 € – 15.077,25 € al año en 2014 · todas bajo el SMI 2026
CategoríaAl mes 2014Al año 2014 (15 pagas)Frente al SMI 2026
Dependiente/a (dendaria)816,82 €12.252,30 €−4.841,70 € (por debajo)
Ayudante de dependiente/a (dendari laguntzailea)776,46 €11.646,90 €−5.447,10 € (por debajo)
Dependiente/a mayor (dendari nagusia)867,27 €13.009,05 €−4.084,95 € (por debajo)
Viajante (bidaiaria)816,82 €12.252,30 €−4.841,70 € (por debajo)
Encargado/a de establecimiento (establezimenduko arduraduna)978,28 €14.674,20 €−2.419,80 € (por debajo)
Jefe/a de sucursal (sukurtsal-burua)1.005,15 €15.077,25 €−2.016,75 € (por debajo)
Decorador/a-proyectista (dekoratzaile proiektugilea)958,08 €14.371,20 €−2.722,80 € (por debajo)
Escaparatista (erakusleiho-apaintzailea)857,14 €12.857,10 €−4.236,90 € (por debajo)
Merchandising667,85 €10.017,75 €−7.076,25 € (por debajo)
▸Personal obrero7 categorías · 11.445,15 € – 14.068,50 € al año en 2014 · todas bajo el SMI 2026
CategoríaAl mes 2014Al año 2014 (15 pagas)Frente al SMI 2026
Chófer repartidor/a (gidari banatzailea)857,18 €12.857,70 €−4.236,30 € (por debajo)
Mozo/a especializado/a (morroi espezializatua)857,18 €12.857,70 €−4.236,30 € (por debajo)
Ayudante (laguntzailea)816,82 €12.252,30 €−4.841,70 € (por debajo)
Mozo/a (morroia)816,82 €12.252,30 €−4.841,70 € (por debajo)
Cobrador/a, vigilante, etc. (kobratzaile, jagolea eta abar)797,16 €11.957,40 €−5.136,60 € (por debajo)
Telefonista763,01 €11.445,15 €−5.648,85 € (por debajo)
Jefe/a de almacén (biltegi-burua)937,90 €14.068,50 €−3.025,50 € (por debajo)

Cómo se lee. El anual es el mensual por 15. Ejemplo del o la dependiente/a: 816,82 × 15 = 12.252,30 €. El personal de limpieza por horas tenía en 2014 una tarifa de 6,68 € la hora, que también queda por debajo del salario mínimo: a jornada completa (1.762 horas) serían 11.770,16 € al año, según nuestro cálculo. «Merchandising» es, según el art. 7, quien «se contrata por períodos concretos para la promoción y venta de productos determinados en comercios, supermercados, grandes almacenes, etc.». Las cifras por debajo del salario mínimo no son un salario que hoy se pueda pagar por una jornada completa.

Cotejado: cada salario de 2014 es el de 2013 × 1,008 (IPC de 2013, 0,3 %, más 0,5 puntos), al céntimo, y cada anual es el mensual × 15 en las 26 filas de las dos tablas. La tabla de 2013 imprime el anual de dependiente y de viajante como «12,155,10»: es 12.155,10 €. El boletín escribe las categorías en masculino genérico; aquí van en forma inclusiva. Entre paréntesis, el nombre en euskera de la misma tabla, salvo en dos filas que lo toman del artículo 7, el de clasificación: la tabla abrevia el de la primera fila y repite «sukurtsal arduraduna» para jefe/a de sucursal, que el artículo llama «sukurtsal-burua».

Dónde queda el/la dependiente/a. La tabla de 2014 le da 12.252,30 € al año: 4.841,70 € menos que el salario mínimo de 2026 (17.094 €). Aun sumando el plus de transporte (45,36 € al mes, 544,32 € al año), queda lejos. En Bizkaia, el convenio del Comercio en General da a la misma categoría 18.941,68 € al año de tabla en 2026, sin contar la antigüedad.

15 pagas al año

Además de las doce mensualidades, el convenio fija dos gratificaciones extraordinarias, de verano (el 30 de junio) y de Navidad (antes del 20 de diciembre), «de 30 días de salario base de convenio recogido en la tabla salarial anexa, más la antigüedad consolidada» (art. 9). Y una paga de beneficios de una mensualidad que, desde el año 2000, «se prorrateará obligatoriamente entre los doce meses del año» (art. 10). Por eso el anual del boletín es el mensual por 15.

El convenio no regula un complemento de antigüedad. Solo menciona «la antigüedad consolidada», que se suma a las pagas extra y a la de beneficios (arts. 9 y 10). El art. 5 respeta «aquellas condiciones más beneficiosas en materia de jornada y retribuciones que vengan disfrutándose a título personal y en cómputo anual».

Lo que el convenio da aparte del sueldo

Mientras el convenio esté en vigor, estas condiciones obligan a las empresas que lo aplican. Las cifras son las de 2014, las últimas publicadas.

Permisos: el convenio frente al Estatuto de hoy

Permisos retribuidos · convenio (art. 20) y Estatuto (art. 37.3)
MotivoConvenio (art. 20)Estatuto (art. 37.3)
Matrimonio18 días naturales, más hasta 10 sin sueldo; no se absorbe con las vacaciones15 días naturales (también por registro de pareja de hecho)
Enfermedad grave del cónyuge, hijos o padres que convivan3 días naturales, más hasta 3 sin sueldo; +1 día con desplazamiento de 200 a 500 km y +2 a más de 500 km; otra licencia de 3 días si persiste pasados 30 días5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado, y de quien conviva contigo y requiera tu cuidado efectivo
Enfermedad grave de padres o hermanos2 días naturales, más 1 sin sueldo; +1 o +2 con desplazamiento; otra licencia de 2 días si persiste y conviven
Enfermedad grave de nietos, abuelos y parientes políticos1 día natural, 2 si conviven; +1 día sin sueldo con desplazamiento de más de 500 km
Fallecimiento del cónyuge o hijos5 días naturales; +1 día con desplazamiento de 200 a 500 km y +2 a más de 500 km2 días, 4 con desplazamiento
Fallecimiento de padres o hermanos2 días naturales, al menos 1 laborable; 3 con desplazamiento de 200 a 500 km y 4 a más de 500 km2 días, 4 con desplazamiento
Fallecimiento de nietos, abuelos y parientes políticos1 día natural, 2 si conviven; para padres políticos, +1 día con desplazamiento de 200 a 500 km y +2 a más de 500 km; para el resto, +1 día sin sueldo a más de 500 km2 días, 4 con desplazamiento (hasta el segundo grado de afinidad)
Matrimonio de padres, hermanos o hijos1 día naturalNo lo recoge
Traslado de domicilio1 día natural1 día

El convenio es de 2013, anterior a la reforma de los permisos del art. 37.3 del Estatuto que hizo el Real Decreto-ley 5/2023. Dice que sus licencias «mejoran en cómputo global» las legales y que «habrán de considerarse en su conjunto, aunque en algún caso específico supongan disminución de las mismas» (art. 20).

Si en un caso concreto, como la enfermedad grave, puedes pedir los días del Estatuto es discutible: consúltalo con un sindicato. El convenio también da el tiempo necesario para ir al especialista de la Seguridad Social con volante, y 16 horas al año retribuidas para el médico de cabecera o privado y para acompañar al cónyuge, o a hijos y padres que convivan contigo. Equipara a las parejas de hecho que acrediten la convivencia con dos años de empadronamiento común, el registro de parejas de hecho u otro documento oficial.

IRPF foral de Gipuzkoa

Gipuzkoa aplica su propia tarifa del IRPF a través de la Hacienda Foral. El mismo bruto da un neto distinto en Gipuzkoa y en una comunidad de régimen común.

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Cómo verificar tu nómina

Ejemplo: Ane es dependienta a jornada completa en un comercio de Zarautz que aplica este convenio. Su tabla de 2014 suma 12.252,30 € al año, por debajo del salario mínimo, así que en 2026 lo que cuenta es el salario mínimo: su salario con las pagas extra debe llegar a 17.094 € al año. Como el convenio reparte la paga de beneficios entre las doce nóminas, eso son, según nuestro cálculo, doce nóminas de al menos 1.234,57 € (1.139,60 € más 94,97 € de beneficios) y dos pagas extra de 1.139,60 €.

Comprueba también el plus de transporte, que el convenio paga aparte (45,36 € al mes en 2014), los complementos que tengas, como la antigüedad consolidada, y qué convenio figura en la nómina: si es otro, tu suelo es su tabla, cuando supere al salario mínimo.

¿Cobras menos de lo que te corresponde?

  1. Calcula la diferencia en cómputo anual: frente al salario mínimo o frente a la tabla de tu convenio, si es más.
  2. Reclama por escrito a tu empresa (recomendable, no obligatorio) con los conceptos, el importe y el periodo. Si el plazo de un año está cerca, no esperes la respuesta.
  3. Si no pagan, presenta papeleta de conciliación, paso previo a la demanda. El plazo para reclamar cantidades es de un año desde que pudieron exigirse (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores).

Los sindicatos que firmaron el convenio (LAB y CCOO) asesoran a sus afiliados y afiliadas, y cualquier sindicato puede hacerlo. Código del convenio: 20000305011984. Guía completa para reclamar diferencias →

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un o una dependiente/a con el convenio de comercio de Gipuzkoa?

Su tabla, la de 2014 (BOG núm. 45 del 7 de marzo de 2014), fija 816,82 € al mes y 12.252,30 € al año con 15 pagas. Es menos que el salario mínimo de 2026, así que lo mínimo que debe cobrar por una jornada completa es el salario mínimo: 17.094 € al año.

¿Está vigente el convenio de comercio en general de Gipuzkoa?

No consta que se haya denunciado. Se firmó para 2010-2014 y, sin denuncia, se prorroga cada año (art. 4): en ese caso sigue en vigor con las tablas de 2014. La denuncia no siempre se publica, así que no se puede descartar. Si se denunció, el convenio fijaba 24 meses más de vigencia, y si después la perdió es discutible.

¿A qué comercios se aplica?

A las empresas de comercio con centro en Gipuzkoa que no tienen convenio propio, sea estatal, interprovincial, provincial o de empresa (art. 2). El comercio del metal, el textil y el de alimentación, entre otros, tienen convenio provincial propio.

¿Cuántas pagas tiene?

15: doce mensualidades, dos pagas extra de 30 días (verano y Navidad) y una paga de beneficios de una mensualidad que se reparte obligatoriamente entre las doce mensualidades (arts. 9 y 10). Por eso el anual del boletín es el mensual por 15.

¿Qué categorías quedan por debajo del salario mínimo?

24 de las 26. Solo Director/a y Titulado/a de grado superior, con 17.094,90 € al año, superan por 0,90 € el salario mínimo de 2026 (17.094 €). La más baja es Merchandising, con 10.017,75 €. La tarifa de limpieza por horas, 6,68 €, también queda por debajo. Ninguna empresa puede pagar hoy menos que el salario mínimo por una jornada completa.

¿Qué da el convenio aparte del sueldo?

Mientras esté en vigor, un plus de transporte de 45,36 € al mes (cifra de 2014), un complemento hasta el salario convenio durante un año en las bajas, 30 días naturales de vacaciones, 18 días de permiso por matrimonio y una aportación del 0,40 % a la EPSV Geroa, a medias entre empresa y persona trabajadora.

¿Qué hago si cobro menos del salario mínimo?

Suma tu salario y tus pagas extra de un año y compáralo con 17.094 € (proporcional si trabajas a tiempo parcial). Si queda por debajo, reclama la diferencia por escrito a la empresa y, si no la paga, presenta papeleta de conciliación. Tienes un año desde que pudo exigirse cada cantidad (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores).

Marco legal y fuentes oficiales

Quién audita esto

Verificado contra el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG núm. 210, 05/11/2013; núm. 45, 07/03/2014). Ficha publicada en 2026 · última revisión el 4 de noviembre de 2026.

Esta ficha de convenio ha sido cruzada manualmente contra el texto íntegro del boletín oficial por el equipo de SalarioJusto. Leímos el convenio de 2013 y la revisión de 2014, comprobamos fila a fila que cada salario de 2014 es el de 2013 más el 0,8 % pactado y que cada anual es el mensual × 15, cruzamos cada categoría con el salario mínimo de 2026, buscamos convenios y denuncias posteriores en el índice oficial del Gobierno Vasco y en REGCON, y leímos en el BOE los artículos del Estatuto que citamos. Dejamos el boletín y la fecha de revisión visibles para que puedas comprobarlo tú también.

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Página actualizada el 4 de noviembre de 2026 · Registro de cambios