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Industria Siderometalúrgica · Sevilla · 2026

Convenio del Metal de Sevilla: las tablas 2026 del polo aeronáutico

El convenio que rige la industria del metal en la capital aeronáutica de España —Airbus A400M, Aernnova, Alestis y su industria auxiliar—, además de la automoción, la siderurgia y el naval. Cifras verificadas contra el BOP núm. 26 (9-feb-2026): el salario se fija por día en tres columnas (base + asistencia + productividad), con una subida del +3% en 2026.

✓ Verificado contra el texto del convenio (Industrias Siderometalúrgicas de Sevilla 2024-2026, código 41002445011982, BOP de Sevilla) y las tablas salariales 2026 (BOP núm. 26, 9-feb-2026, +3%), por SalarioJusto · última revisión 10 de agosto de 2026
Datos clave del convenio
Ámbito
Industria Siderometalúrgica · Sevilla
Vigencia
2024-2026 · vigente
Subida 2026
+3% (art. 14.1)
Jornada
1.759 h/año
Pagas
2 extras (julio + Navidad)
Vacaciones
30 días naturales
Retribución
52,86 € – 102,23 €/día trabajado
Fiscalidad
IRPF común (Andalucía)
Código convenio
41002445011982
Firmantes
FEDEME · CCOO · UGT

En 30 segundos · Qué es. El Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Sevilla 2024-2026, código 41002445011982, firmado por la patronal FEDEME y los sindicatos CCOO y UGT. Rige el corazón industrial de Sevilla: siderurgia, automoción, naval y, muy señaladamente, el polo aeroespacial (montaje del Airbus A400M en San Pablo, Aernnova, Alestis).

Estructura. A diferencia de otros convenios del metal, aquí el salario se fija por día, no por mes ni por año, en tres columnas del Anexo II: A (salario base), B (plus de asistencia) y C (plus de productividad). Cada una de las 76 categorías tiene su valor diario; el total por día trabajado va de 52,86 € (personal de limpieza) a 102,23 € (ingeniería). El personal obrero cobra por día y el técnico/administrativo, por mes.

Actualización. Subida del +3% en 2026 (art. 14.1), con efectos desde el 1 de enero, verificada contra el BOP núm. 26 (9-feb-2026). Cláusula de garantía: si el IPC de 2026 supera el 3%, se aplicará un incremento adicional de hasta el 1,75% en 2027.

Particularidades. 2 pagas extra de 30 días sobre A+B+C; horas extraordinarias habituales suprimidas (máx. 80/año); 100% del salario en baja por accidente desde el primer día (art. 26); póliza de 15.000 €/7.500 € (art. 19); ascensos solo por concurso-oposición (art. 8.2). Régimen fiscal común de Andalucía.

Sevilla, capital aeronáutica: a quién cubre el convenio

Si hay un rasgo que distingue al metal de Sevilla es su peso aeronáutico. La provincia alberga la línea de ensamblaje final del Airbus A400M en San Pablo y un tejido de empresas auxiliares —Aernnova, Alestis y decenas de talleres de mecanizado y montaje de estructuras— que sitúan a Andalucía como uno de los grandes polos aeroespaciales de Europa. Todo ese personal se rige por este convenio provincial.

El ámbito funcional (código 41002445011982) es amplio e incluye expresamente la industria aeroespacial y sus componentes (CNAE 30.30 «construcción aeronáutica y espacial» y 33.16 «reparación y mantenimiento aeronáutico»). Junto a ella:

Es un convenio de industria, no de comercio. Cubre la fabricación, transformación, montaje y reparación del metal. Quedan fuera las empresas dedicadas a la venta en proceso exclusivo de comercialización. En los talleres donde concurren venta y reparación de vehículos, el convenio se aplica solo al personal de reparación y mantenimiento.

Un salario que se fija por día, no por mes

La particularidad estructural del metal de Sevilla es que el convenio no fija un salario mensual. El Anexo II establece, para cada categoría, un salario diario repartido en tres columnas:

Las tres columnas. A · Salario base: el salario mínimo de convenio, que se devenga todos los días naturales del año (art. 14.1). B · Plus de asistencia: se cobra todos los días excepto domingos y festivos, y también los sábados (art. 14.2). C · Plus de productividad (o de carencia de incentivos): por jornada prestada en trabajos no medidos; comprende el 25% de la columna A como mínimo garantizado (art. 14.3).

Por ejemplo, un oficial u oficiala de 1.ª tiene un salario base (A) de 40,27 €/día, un plus de asistencia (B) de 7,86 € y un plus de productividad (C) de 11,62 €: 59,75 € por día trabajado. Un peón o peona suma 54,69 €/día y un ingeniero o ingeniera, 102,23 €/día.

¿Y al año? El convenio no fija un salario anual, sino diario. En la tabla añadimos una columna «≈ bruto/año» como estimación orientativa (con la fórmula exacta explicada al pie de la tabla): el salario base (A) se cobra los 365 días; los pluses B y C, todos los días salvo domingos y festivos; y encima se suman dos pagas extraordinarias de 30 días sobre A+B+C (art. 14.4). La cifra real varía según el calendario de cada empresa —229 días laborables de lunes a viernes o 275 de lunes a sábado, ambos con 1.759 horas/año—, así que para tu caso concreto usa la calculadora de SalarioJusto.

Tablas salariales 2026 — las 76 categorías (por día)

Cuantías oficiales de la tabla de salarios diarios 2026 (Anexo II, BOP núm. 26, 9-feb-2026), resultado de aplicar el +3% sobre las tablas de 2025. Para cada categoría se indican las tres columnas —A (base), B (asistencia) y C (productividad)— y el total por día trabajado (A+B+C).

Cómo leer la tabla: agrupamos las 76 categorías por familia profesional. Despliega cada familia para ver sus cuantías. Todas las cifras son en euros por día; recuerda que el salario base (A) se cobra los 365 días y que se suman 2 pagas extra (ver Pagas). Encima van la antigüedad, la nocturnidad y otros pluses (ver Pluses).

Profesionales de oficio y personal obrero 7 categorías · 52,86–59,75 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Oficial/a de 1ª40,277,8611,6259,75 €24.108 €
Oficial/a de 1ª Verificador/a40,277,8611,6259,75 €24.108 €
Oficial/a de 2ª39,717,7911,2058,70 €23.694 €
Oficial/a de 3ª37,567,3910,7955,74 €22.490 €
Especialista37,527,5210,5555,59 €22.433 €
Peón/a Ordinario/a36,817,3510,5354,69 €22.063 €
Mozo/a especializado/a de almacén36,197,2710,1853,64 €21.645 €
Personal subalterno 16 categorías · 52,86–59,45 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Chófer de camión39,817,9411,7059,45 €23.970 €
Cabo de guardas38,957,7711,4758,19 €23.461 €
Almacenero/a38,207,3910,8756,46 €22.790 €
Chófer de turismo38,207,4910,7656,45 €22.787 €
Conserje38,207,4910,7656,45 €22.787 €
Listero/a38,207,4910,7656,45 €22.787 €
Dependiente/a principal de economato38,207,4910,7656,45 €22.787 €
Chófer de motocicleta36,957,1510,5254,62 €22.047 €
Pesador/a o Basculero/a36,217,1210,4053,73 €21.679 €
Guarda Jurado/a36,217,1210,4053,73 €21.679 €
Dependiente/a auxiliar de economato36,217,1210,4053,73 €21.679 €
Operador/a de más de 50 teléfonos36,217,1210,4053,73 €21.679 €
Ordenanza, Portero/a36,197,1810,1853,55 €21.613 €
Enfermero/a, vigilante36,197,1810,1853,55 €21.613 €
Operador/a de hasta 50 teléfonos36,197,1810,1853,55 €21.613 €
Personal de limpieza (jornada completa)35,577,1110,1852,86 €21.324 €
Personal administrativo 6 categorías · 56,31–79,55 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Jefe/a de 1ª53,7110,5315,3179,55 €32.103 €
Jefe/a de 2ª49,629,7514,1273,49 €29.658 €
Viajante44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Oficial/a de 1ª44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Oficial/a de 2ª41,188,2312,0261,43 €24.771 €
Auxiliar Administrativo/a38,107,3610,8556,31 €22.730 €
Personal técnico titulado 12 categorías · 61,25–102,23 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Ingenieros/as, Arquitectos/as y Licenciados/as69,0713,6419,52102,23 €41.259 €
Peritos/as y Aparejadores/as con responsabilidad67,3213,1319,2399,68 €40.228 €
Ayudantes Técnicos/as Sanitarios/as64,6212,6518,3495,61 €38.589 €
Peritos/as y Aparejadores/as sin responsabilidad64,6212,6518,3495,61 €38.589 €
Capitanes/as y 1º Maquinistas de 400 T60,0111,8217,0688,89 €35.872 €
Capitanes/as y 1º Maquinistas de menos de 400 T53,7110,5315,2779,51 €32.089 €
Graduados/as Sociales53,7110,5315,2079,44 €32.064 €
Maestro/a Industrial48,179,4913,6871,34 €28.790 €
Pilotos y 2º Maquinistas45,288,8912,9367,10 €27.077 €
Maestro/a de Primera Enseñanza44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Practicantes42,938,4812,3063,71 €25.705 €
Maestro/a de Enseñanza Elemental41,068,2111,9861,25 €24.699 €
Personal técnico de taller 7 categorías · 54,62–79,51 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Jefe/a de Taller53,7110,5315,2779,51 €32.089 €
Contramaestre45,288,8912,9367,10 €27.077 €
Maestro/a de Taller45,288,8912,9367,10 €27.077 €
Maestro/a 2º de Taller44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Encargado/a41,468,2712,1061,83 €24.933 €
Capataz Especialista39,227,7711,1758,16 €23.468 €
Capataz de Peones/as36,957,1510,5254,62 €22.047 €
Personal técnico de oficina 11 categorías · 53,55–75,36 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Delineante Proyectista50,9310,0314,4075,36 €30.416 €
Dibujante Proyectista50,9310,0314,4075,36 €30.416 €
Delineante de 1ª44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Topógrafo/a44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Fotógrafo/a44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Delineante de 2ª41,068,2111,9861,25 €24.699 €
Archivero/a-Bibliotecario/a41,068,2111,9861,25 €24.699 €
Auxiliar de delineación37,887,3110,7655,95 €22.586 €
Calcador/a36,957,1510,5254,62 €22.047 €
Reproductor/a fotográfico/a36,957,1510,5254,62 €22.047 €
Reproductor/a de planos36,197,1810,1853,55 €21.613 €
Personal técnico de laboratorio 5 categorías · 56,37–82,55 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Jefe/a de laboratorio55,7010,8715,9882,55 €33.312 €
Jefe/a de Sección49,599,7514,1273,46 €29.645 €
Analista de 1ª43,608,6112,4664,67 €26.094 €
Analista de 2ª39,947,7711,5459,25 €23.907 €
Auxiliar de laboratorio38,157,3610,8656,37 €22.755 €
Personal técnico de diques y muelles 3 categorías · 67,10–79,51 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Jefe/a de Diques53,7110,5315,2779,51 €32.089 €
Buzos/as50,9210,0314,4075,35 €30.411 €
Jefe/a de Muelles o Encargado/a General45,288,8912,9367,10 €27.077 €
Personal de organización del trabajo 5 categorías · 54,62–75,36 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Jefe/a de Organización de 1ª50,9310,0314,4075,36 €30.416 €
Jefe/a de Organización de 2ª49,599,7514,1273,46 €29.645 €
Técnico/a de Organización de 1ª44,358,6912,6865,72 €26.521 €
Técnico/a de Organización de 2ª41,068,2111,9861,25 €24.699 €
Auxiliar de Organización36,957,1510,5254,62 €22.047 €
Personal médico 4 categorías · 63,71–90,33 €/día
Categoría profesionalA · baseB · asist.C · prod.Total €/día≈ bruto/año*
Médico/a de empresa (+500 personas)60,9012,0317,4090,33 €36.448 €
Médico/a de empresa (+300 personas)54,4710,8515,5280,84 €32.617 €
Médico/a de empresa (+100 personas)48,179,4913,6871,34 €28.790 €
Médico/a de empresa (menos de 100)42,938,4812,3063,71 €25.705 €

* ≈ bruto/año — estimación orientativa, no cifra oficial. El convenio fija el salario por día, no un anual. Esta columna aplica las reglas de devengo del propio convenio: salario base (A) × 365 días (art. 14.1) + (asistencia B + productividad C) × 299 días —todos los días salvo los 52 domingos y los 14 festivos— (arts. 14.2 y 14.3) + 2 pagas extraordinarias de 30 × (A+B+C) (art. 14.4). Es decir, A × 425 + (B+C) × 359. La cifra real de cada persona varía (±3-5%) según los festivos locales, el calendario de la empresa (lunes a viernes o a sábado) y el cómputo de las vacaciones. Para tu caso exacto, usa la calculadora.

El salario base más bajo (columna A) es de 35,57 €/día; sumando asistencia, productividad y las 2 pagas extra, la retribución anual de cualquier categoría a jornada completa supera el SMI 2026 (17.094 € anuales). Para el salario nuevo ingreso, el convenio fija el 85% de la retribución durante el período de adaptación (Anexo VII). Para tu salario neto, usa la calculadora de SalarioJusto.

¿Tu nómina coincide con las tres columnas de tu categoría? Verifícalo ahora.

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Comparación con otras provincias del sector. El metal de Sevilla fija el salario por día en tres columnas, algo poco habitual: el metal de Gipuzkoa lo hace por valor hora, el de Zaragoza y el de Navarra por grupos con retribución anual, y el de Madrid con salario de grupo mensual. Cada convenio provincial del metal tiene su propia estructura, aunque todos remiten al Convenio Estatal del Metal como marco supletorio.

Pagas extraordinarias — julio y Navidad

PagaFechaCálculo
Gratificación de julioSegunda decena de julio30 × (columnas A + B + C) + antigüedad
Gratificación de NavidadDos días antes de Navidad30 × (columnas A + B + C) + antigüedad

Cada paga se calcula multiplicando por treinta la suma de las tres columnas del Anexo II (art. 14.4). Se devengan por semestres naturales: quien ingresa o cesa a mitad de semestre las percibe en proporción al tiempo trabajado.

Jornada — 1.759 horas al año

La jornada de trabajo efectivo es de 1.759 horas anuales (Art. 13), estable en 2024, 2025 y 2026. En términos de días laborables, equivale a unos 229 días en empresas de lunes a viernes o 275 días en las de lunes a sábado.

Bolsa horaria (Art. 13)
Las empresas disponen de 220 horas anuales de distribución irregular de la jornada, con preaviso de 5 días y un máximo de 10 horas diarias. La compensación se realiza dentro del año natural (hasta el 30 de enero siguiente).
Horas extraordinarias (Art. 14.6)
Las habituales quedan suprimidas; máximo 80 al año. Se compensan preferentemente por descanso, a razón de 1 hora y 30 minutos por cada hora extra. El precio por categoría está en el Anexo XI (de 14,63 € a 28,33 € en 2026).

En jornada continuada, el descanso del bocadillo no computa como trabajo efectivo, pero se abona un plus de bocadillo de 2,38 €/día (o se computa como tiempo de trabajo, a elección de la empresa). Las empresas trabajan en horario continuado de mañana el 5 de enero y el 24 y 31 de diciembre.

Vacaciones — 30 días naturales

El personal tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año (Art. 16), de los cuales 21 son laborables en empresas de lunes a viernes y 25 en las de lunes a sábado. No pueden comenzar en festivo o domingo.

Pluses y complementos

Sobre el salario diario de las tablas se suman, cuando corresponden, estos conceptos. Sus cuantías 2026 salen del BOP núm. 26 (9-feb-2026).

Antigüedad — quinquenios (Art. 14.5)
Por años de servicio, con un tope de 2 quinquenios. El importe figura en el Anexo VI (en €/día para oficio y obrero; en €/mes para el resto) y sube el mismo porcentaje que los salarios.
Nocturnidad (Art. 14.12)
25% del salario base (columna A) para el trabajo realizado en horario nocturno, salvo que el puesto sea nocturno por su naturaleza o se compense con descanso.
Turnicidad (Art. 14.11)
3,28 €/día en triple turno y 2,38 €/día en doble turno, por día efectivamente trabajado (cuantías 2026).
Penosidad, toxicidad y peligrosidad (Art. 14.7)
20% del salario base; sube al 25% si concurren dos circunstancias y al 30% si concurren las tres.
Plus de jefe/a de equipo (Art. 14.8)
20% del salario base para quien, siendo profesional de oficio, dirige un grupo de entre 3 y 8 personas.
Transporte y otros (Arts. 14 y 15)
Plus de transporte 4,69 €/día efectivo; festivos y domingos 42,44 €; premio de absentismo 32,31 €/mes. Dietas: completa 59,67 €, media 14,83 €, extranjero 68,62 €.

La subida de 2026: +3% con cláusula de garantía

El convenio pactó incrementos anuales del 3% para 2024, 2025 y 2026, cada uno con una cláusula de revisión ligada al IPC:

AñoSubida pactadaCláusula de garantía (si el IPC supera el 3%)
2024+3%Incremento adicional máximo del 1% en 2025
2025+3%Incremento adicional máximo del 1,75% en 2026
2026+3%Incremento adicional máximo del 1,75% en 2027
Qué significa. Las tablas de 2026 son las de 2025 con un +3%, con efectos desde el 1 de enero (BOP núm. 26, 9-feb-2026). Si la inflación de 2026 termina por encima del 3%, la diferencia —hasta un tope del 1,75%— se aplicará sobre las tablas de 2026 con efectos en 2027. El convenio vence el 31 de diciembre de 2026: conviene vigilar la negociación del siguiente.

Protección social: baja al 100%, póliza y seguro

El metal de Sevilla incluye tres mejoras sociales que conviene conocer:

Baja por accidente de trabajo (Art. 26)
Complemento hasta el 100% de la base reguladora desde el primer día de baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional, durante toda la vigencia del convenio.
Hospitalización (Art. 26)
En caso de hospitalización por cualquier causa —incluida la enfermedad común—, complemento hasta el 100% de la base reguladora mientras dure el ingreso.
Póliza de seguro (Art. 19)
Obligatoria en todas las empresas: 15.000 € por muerte, gran invalidez o IP absoluta (accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral); 7.500 € por IP total; 7.500 € por muerte natural.
Ascensos por concurso-oposición (Art. 8.2)
El ascenso a un grupo profesional superior se hace por concurso-oposición según méritos y aptitudes, no por libre designación ni por antigüedad.

Particularidades del convenio del metal de Sevilla

¿Cobras menos de lo que fija tu categoría?

  1. Identifica tu categoría en la tabla del Anexo II según tus funciones reales, no según el nombre del puesto.
  2. Suma las tres columnas (A + B + C) de tu categoría y compáralas con tu nómina diaria; añade la antigüedad y los pluses que te correspondan.
  3. Comprueba las 2 pagas extra: cada una debe equivaler a 30 × (A+B+C) más antigüedad (art. 14.4).
  4. Pide la nómina detallada por escrito si los conceptos no aparecen separados (art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores).
  5. Acude a la Comisión Paritaria del convenio o al SERCLA (vía extrajudicial de Andalucía). Plazo: un año por cada mensualidad para reclamar diferencias (art. 59.2 ET).

Código convenio: 41002445011982. Firmantes: FEDEME (patronal) y los sindicatos CCOO y UGT. Guía completa para reclamar diferencias →

Recursos oficiales y sindicales

BOP Sevilla — Convenio y tablas 2026
Texto 2024-2026 y tablas 2026 (BOP núm. 26, 9-feb-2026). Sede: dipusevilla.es/bop
REGCON — Ministerio de Trabajo
Registro estatal. Código: 41002445011982. Acceder
FEDEME
Federación de Empresarios del Metal de Sevilla, patronal firmante. fedeme.es
CCOO · UGT
Sindicatos firmantes. Asesoría a personas afiliadas del sector del metal en Sevilla.
SMI 2026 — referencia
1.221 €/mes y 17.094 € anuales (RD 126/2026). Consulta el SMI 2026
Otros convenios del metal
Compara con otras provincias del sector. Ver Madrid · Ver Zaragoza

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un peón del metal en Sevilla en 2026?

Un peón o peona ordinaria tiene un salario base (A) de 36,81 €/día, un plus de asistencia (B) de 7,35 € y un plus de productividad (C) de 10,53 €: 54,69 € por día trabajado. El salario base se cobra los 365 días y se suman 2 pagas extra de 30 × (A+B+C); en la tabla damos una estimación orientativa de ≈ 22.063 €/año para el peón o peona (con la fórmula al pie), aunque la cifra real varía según el calendario de cada empresa (1.759 h/año).

¿Por qué el salario se fija por día?

Porque el Anexo II establece para cada categoría un salario diario en tres columnas: A (salario base, 365 días), B (plus de asistencia, todos los días salvo domingos y festivos) y C (plus de productividad, por jornada prestada). El personal obrero cobra por día y el técnico y administrativo, por mes.

¿Cuánto suben los salarios en 2026?

Un 3% desde el 1 de enero de 2026 (art. 14.1). Si el IPC de 2026 supera el 3%, se aplicará un incremento adicional de hasta el 1,75% en 2027 (cláusula de garantía).

¿Cuánto cobra un oficial de 1.ª?

En el grupo de oficio, un oficial u oficiala de 1.ª suma 59,75 € por día trabajado (40,27 € de base + 7,86 € de asistencia + 11,62 € de productividad). El de 2.ª, 58,70 €, y el de 3.ª, 55,74 €.

¿El convenio cubre el sector aeronáutico?

Sí. El ámbito funcional incluye expresamente la industria aeroespacial y sus componentes, y la construcción y el mantenimiento aeronáutico (CNAE 30.30 y 33.16). Sevilla es uno de los grandes polos aeronáuticos de España (Airbus A400M, Aernnova, Alestis).

¿El convenio tiene subrogación?

Solo en supuestos concretos (Art. 29): contratas de mantenimiento con la Administración Pública y contratas privadas de mantenimiento de tendidos eléctricos y telecomunicaciones. En el resto de sectores hay una preferencia de ingreso del 50% de la plantilla, no una subrogación general.

Fuentes oficiales verificadas

Quién audita esto

Esta ficha se ha cruzado manualmente contra el texto articulado del convenio 2024-2026 y contra las tablas salariales 2026 (BOP de Sevilla núm. 26, 9-feb-2026). Las cuantías diarias de las 76 categorías están transcritas de la publicación oficial; los totales por día (A+B+C) son suma directa. La columna «≈ bruto/año» es una estimación orientativa —no una cifra oficial— calculada con las reglas de devengo del propio convenio (fórmula detallada al pie de la tabla), y se identifica como tal.

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