En 30 segundos · Qué es. El Convenio Colectivo para la Industria del Metal del Principado de Asturias 2024-2026, firmado el 10 de septiembre de 2024 en Gijón por la patronal FEMETAL y los sindicatos CC.OO. de Industria y UGT FICA. Publicado en el BOPA núm. 191 del 1 de octubre de 2024 (código 33000695011979). Regula el metal de una de las regiones industriales históricas de España: siderurgia, talleres, calderería, instalaciones eléctricas y fontanería.
Estructura. Salario por 15 niveles retributivos (Anexo 2) devengado por día natural, más una clasificación en 7 grupos profesionales × 3 divisiones (personal técnico, empleados y empleadas, personal de operaciones). Mínimo anual 2026 de 19.937 € (nivel 13) a 31.384 € (nivel 1), antes de sumar el plus de asistencia (~9 €/día trabajado), la carencia de incentivo y la antigüedad.
Subida 2026 y vigencia. Incrementos pactados del 2,5% (2024), 3% (2025) y 2% (2026), con las tres tablas ya calculadas y anexas al propio BOPA — la subida de 2026 no depende de ninguna acta posterior. Cláusula de revisión solo si el IPC acumulado 2024-2026 supera el 7,5%, y consolidando en las tablas iniciales de 2027 (art. 23). Vigente hasta el 31-12-2026, con denuncia automática y negociación del nuevo convenio comprometida para enero de 2027.
Particularidades. Antigüedad viva: quinquenios del 5% sin tope (art. 25). Fondo asistencial paritario que complementa la baja hasta el 100% del salario líquido desde el 8.º día (Anexo I). Permiso por nacimiento de 17 semanas, una más que el ET (art. 12). Indemnización del 12% del salario por día al fin de contrato eventual (art. 31). 24 y 31 de diciembre no laborables y retribuidos (art. 4).
Tablas firmadas hasta 2026: por qué este convenio da certeza
La mayoría de los convenios provinciales del metal publican sus tablas año a año, tras actas de comisión paritaria que pueden tardar meses. El de Asturias hizo lo contrario: en el BOPA núm. 191 de octubre de 2024 se publicaron, anexas al texto, las tablas de 2024, 2025 y 2026 ya calculadas (art. 22: «los resultados de tales incrementos aparecen ya calculados en las Tablas de retribuciones anexas»).
El salario se estructura por día natural: el salario convenio y el plus convenio se devengan los 365 días del año (art. 24), y a ellos se suman dos pagas extraordinarias (julio y Navidad) con cuantía propia por nivel. Los pluses de asistencia, carencia de incentivo y jefatura de equipo se devengan por día trabajado.
¿Este convenio te cubre?
El Convenio de la Industria del Metal del Principado de Asturias (código 33000695011979) se aplica en toda la comunidad autónoma a las empresas y personas trabajadoras de:
- Industria del metal y siderurgia: fabricación, transformación y actividades de la derogada Ordenanza Siderometalúrgica.
- Fontanería, calefacción y saneamiento, con régimen propio de desplazamientos (art. 21.B).
- Instalaciones eléctricas y empresas de tendidos de líneas eléctricas (con normas específicas de jornada y dietas, DA 4.ª).
- Mecánica de óptica de precisión y talleres con trabajo preponderantemente típico del metal.
- Empresas de trabajo temporal: la empresa usuaria debe exigir a la ETT las condiciones económicas de este convenio (DA 5.ª).
Tablas salariales 2026 — los 15 niveles
Tabla de retribuciones 2026 anexa al convenio (BOPA núm. 191, 1-oct-2024), resultado de aplicar el +2% sobre 2025. El salario convenio se devenga por día natural (los 365 del año); el plus convenio añade 2,86 €/día natural en todos los niveles. El mínimo anual estimado suma salario convenio, plus convenio y las dos pagas extras — sin contar asistencia, carencia de incentivo ni antigüedad.
| Nivel · categorías orientativas (Anexo 2) | Salario €/día | Paga extra (×2) | Mínimo anual 2026 |
|---|---|---|---|
| 1 · Titulado/a Superior | 69,03 | 2.572,26 | 31.384 € |
| 2 · Titulado/a Medio/a | 64,53 | 2.426,70 | 29.451 € |
| 3 · Jefe/a Administrativo/a de 1.ª · Jefe/a de Taller · Maestro/a Industrial | 60,53 | 2.293,24 | 27.724 € |
| 4 · Jefe/a Administrativo/a de 2.ª · Dibujante Proyectista | 56,69 | 2.164,98 | 26.066 € |
| 5 · Oficial/a Administrativo/a de 1.ª · Maestro/a de Taller · Contramaestre | 52,54 | 2.026,94 | 24.275 € |
| 6 · Oficial/a Administrativo/a de 2.ª · Encargado/a | 50,18 | 1.953,31 | 23.266 € |
| 7 · Oficial/a de 1.ª de oficio · Chófer de camión o grúa | 48,17 | 1.884,02 | 22.394 € |
| 8 · Oficial/a de 2.ª de oficio · Profesional Siderúrgico/a de 1.ª | 46,59 | 1.834,71 | 21.719 € |
| 9 · Oficial/a de 3.ª de oficio · Profesional Siderúrgico/a de 2.ª | 45,25 | 1.789,95 | 21.140 € |
| 10 · Auxiliar Administrativo/a · Auxiliar de Laboratorio | 44,86 | 1.777,68 | 20.973 € |
| 11 · Telefonista · Conserje · Dependiente/a | 44,46 | 1.758,62 | 20.789 € |
| 12 · Especialista · Ordenanza · Portero/a | 44,04 | 1.747,58 | 20.614 € |
| 13 · Vigilante · Personal de limpieza · Aprendiz 18+ | 42,48 | 1.694,17 | 19.937 € |
| 14 · Aspirante, Aprendiz y Pinche de 17 años | 42,28 | 641,80 | 17.760 € |
| 15 · Aspirante, Aprendiz y Pinche de 16 años | 42,28 | 641,80 | 17.760 € |
Conceptos por día trabajado 2026 (asistencia, carencia de incentivo, hora extra, festivo)
| Nivel | Plus asistencia €/día trab. | Carencia incentivo €/día trab. | Hora extra € | Plus festivo trabajado € |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 9,37 | 7,16 | 25,13 | 202,20 |
| 2 | 9,37 | 6,76 | 23,69 | 191,66 |
| 3 | 9,24 | 6,36 | 22,41 | 178,81 |
| 4 | 9,14 | 6,02 | 21,14 | 168,26 |
| 5 | 9,14 | 5,40 | 19,76 | 157,05 |
| 6 | 9,14 | 5,27 | 19,05 | 151,23 |
| 7 | 9,14 | 5,05 | 18,37 | 148,22 |
| 8 | 8,95 | 5,05 | 17,94 | 142,77 |
| 9 | 8,95 | 4,86 | 17,47 | 138,45 |
| 10 | 8,95 | 4,86 | 17,36 | 137,22 |
| 11 | 8,95 | 4,70 | 17,14 | 135,10 |
| 12 | 8,95 | 4,70 | 17,05 | 132,22 |
| 13 | 8,95 | 4,42 | 16,50 | 127,48 |
Tablas 2025 y 2024 (histórico del convenio)
| Nivel | 2025 €/día | 2025 paga extra | 2024 €/día | 2024 paga extra |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 67,68 | 2.521,82 | 65,71 | 2.448,37 |
| 2 | 63,26 | 2.379,12 | 61,42 | 2.309,83 |
| 3 | 59,34 | 2.248,27 | 57,61 | 2.182,79 |
| 4 | 55,58 | 2.122,53 | 53,96 | 2.060,71 |
| 5 | 51,51 | 1.987,20 | 50,01 | 1.929,32 |
| 6 | 49,20 | 1.915,01 | 47,77 | 1.859,23 |
| 7 | 47,23 | 1.847,08 | 45,85 | 1.793,28 |
| 8 | 45,68 | 1.798,74 | 44,35 | 1.746,35 |
| 9 | 44,36 | 1.754,85 | 43,07 | 1.703,74 |
| 10 | 43,98 | 1.742,82 | 42,70 | 1.692,06 |
| 11 | 43,59 | 1.724,14 | 42,32 | 1.673,92 |
| 12 | 43,18 | 1.713,31 | 41,92 | 1.663,41 |
| 13 | 41,65 | 1.660,95 | 40,44 | 1.612,57 |
| 14 | 41,45 | 629,22 | 40,24 | 610,89 |
| 15 | 41,45 | 629,22 | 40,24 | 610,89 |
Mínimo anual 2026 = (salario convenio + plus convenio de 2,86 €) × 365 días naturales + 2 pagas extras. No incluye el plus de asistencia (~9 €/día trabajado), la carencia de incentivo ni la antigüedad, que se suman según el caso. Todos los niveles superan el SMI 2026 (17.094 € anuales). Para tu salario neto, usa la calculadora de SalarioJusto.
¿Tu nómina llega al mínimo de tu nivel (más asistencia y antigüedad)? Verifícalo ahora.
Verificar mi salario →Antigüedad viva y pluses: lo que se suma a la tabla
La tabla es el suelo. Sobre ella, el convenio asturiano apila conceptos que en otras provincias del metal ya no existen:
Pagas — dos extraordinarias con cuantía propia
| Paga | Fecha de abono | Composición |
|---|---|---|
| Extra de julio | Segunda decena de julio | Cuantía por nivel de la tabla anexa (2026: de 641,80 a 2.572,26 €), proporcional al 1.er semestre |
| Extra de Navidad | Segunda decena de diciembre | Cuantía por nivel de la tabla anexa, proporcional al 2.º semestre |
El salario ordinario se abona por mensualidades dentro de los 10 primeros días del mes siguiente (art. 30). Los atrasos de la firma se abonaron, como tope, con la nómina del mes siguiente a la publicación en el BOPA (acta pto. 4).
Jornada — 1.728 horas y los días 24 y 31 de diciembre libres
La jornada ordinaria máxima es de 1.728 horas anuales de trabajo efectivo desde el 1 de enero de 2025 (1.736 h en 2024). Los días 24 y 31 de diciembre no se trabajan y se retribuyen como día ordinario (art. 4).
Vacaciones y permisos — 30 días y 17 semanas por nacimiento
Las vacaciones son de 30 días naturales (o 22 laborables si se fraccionan, en máximo dos periodos), retribuidas con el promedio del salario real de los 3 últimos meses trabajados. No pueden empezar en sábado, domingo ni festivo, y se disfrutan preferentemente de junio a septiembre, con calendario cerrado antes del 30 de marzo (art. 8).
- 17 semanas por nacimiento, adopción o acogimiento — una semana más que las 16 del Estatuto de los Trabajadores (art. 12). Es una mejora que ningún otro convenio del cluster del metal recoge.
- Hasta 5 días laborables por hospitalización o enfermedad grave de familiares, fraccionables en medias jornadas los dos primeros días (art. 9.C).
- 15 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho, con igualdad expresa de derechos para las parejas de hecho acreditadas (art. 9.E).
- 16 horas al año retribuidas para consultas médicas (además del tiempo necesario para especialistas con volante), y permiso retribuido del turno anterior a pruebas médicas con ayuno (art. 9.I y 9.L).
- Ausencia por fuerza mayor familiar retribuida hasta el equivalente a 4 días al año (art. 9.K).
- Excedencia sabática de hasta 12 meses para desarrollo profesional, con más de 5 años de antigüedad (art. 10.D).
Baja médica — complemento al 100% desde el 8.º día
Es una de las piezas más protectoras del convenio: el Fondo para fines asistenciales (Anexo I), un fondo paritario que se nutre con una aportación de entre el 0,25% y el 0,75% de la base de cotización por cada parte — persona trabajadora y empresa a partes iguales.
Cómo sube tu salario en 2026
| Año | Subida | Base de cálculo |
|---|---|---|
| 2024 | +2,5% | Sobre las tablas vigentes a 01/01/2024, con retroactividad a enero |
| 2025 | +3% | Sobre las tablas vigentes a 31/12/2024 |
| 2026 | +2% | Sobre las tablas vigentes a 31/12/2025 — ya calculada y publicada en el BOPA desde octubre de 2024 (art. 22) |
Particularidades del convenio del metal de Asturias
- Tablas de los 3 años publicadas de una vez en el BOPA de octubre de 2024: la subida de 2026 (+2%) no depende de ninguna acta posterior.
- Antigüedad viva: quinquenios del 5% del salario convenio sin límite (art. 25.3), frente a la antigüedad congelada de Zaragoza y Barcelona.
- Permiso por nacimiento de 17 semanas, una más que el ET (art. 12).
- Fondo asistencial paritario: baja complementada al 100% del salario líquido desde el 8.º día (Anexo I).
- Indemnización del 12% del salario por día trabajado al fin de contratos eventuales de hasta 12 meses (art. 31).
- 24 y 31 de diciembre no laborables y retribuidos, y descansos compensatorios obligatorios en puentes (art. 4).
- Seguro colectivo de 25.100 € por accidente o enfermedad profesional, a cargo de la empresa (art. 57).
- Subrogación en mantenimiento de instalaciones públicas (100%) y en redes de telefonía, eléctricas y gas (≥50%) (DA 6.ª).
- Jubilación obligatoria a los 68 años solo si hay relevo generacional con contrato indefinido a tiempo completo (art. 18.3).
- Salario por día natural (×365) + 2 pagas extras con cuantía propia por nivel — estructura heredada de la Ordenanza Siderometalúrgica, que el convenio asume como norma complementaria (DF 2.ª).
¿Cobras menos de lo que fija tu nivel?
- Identifica tu nivel retributivo (1 a 15, Anexo 2) según tus funciones reales, y tu grupo profesional (Anexo 3).
- Compara tu nómina con la tabla 2026: salario convenio × días naturales, plus convenio, pagas extras — y añade asistencia, carencia de incentivo (si no hay primas), antigüedad y los pluses de tu puesto. La tabla es el suelo, no el techo.
- Pide la nómina detallada por escrito si los conceptos no aparecen separados (art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores).
- Acude a la Comisión Mixta de Interpretación (domicilio en FEMETAL, c/ Marqués de San Esteban 1, Gijón — debe reunirse en 15 días) o a la vía extrajudicial del SASEC (Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos, acuerdo AISECLA). La reclamación previa interrumpe la prescripción.
- Plazo: un año por cada mensualidad para reclamar diferencias (art. 59.2 ET).
Código de convenio: 33000695011979. Firmantes: FEMETAL (patronal) y los sindicatos CC.OO. de Industria y UGT FICA. Guía completa para reclamar diferencias →
Recursos oficiales y sindicales
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un oficial del metal en Asturias en 2026?
Un/a Oficial/a de 1.ª de oficio (nivel 7) cobra 48,17 €/día natural de salario convenio y dos pagas de 1.884,02 €: un mínimo anual estimado de 22.394 €, al que se suman el plus de asistencia (9,14 €/día trabajado), la carencia de incentivo y la antigüedad. Todos los niveles superan el SMI 2026 (17.094 €).
¿Cuánto sube el convenio en 2026?
Un +2% sobre las tablas de 2025 (art. 22). Sin esperas: las tablas de 2024, 2025 y 2026 se publicaron ya calculadas en el BOPA núm. 191 de octubre de 2024, anexas al propio convenio.
¿Las tablas 2026 son definitivas o provisionales?
Definitivas. La única salvedad es la cláusula del art. 23: si el IPC acumulado 2024-2026 superase el 7,5%, la diferencia se consolidaría en las tablas iniciales de 2027 — nunca con retroactividad sobre lo cobrado en 2026.
¿Qué antigüedad reconoce?
Quinquenios del 5% del salario convenio, sin límite máximo (art. 25.3). Es una de las grandes diferencias con Zaragoza, Madrid o Barcelona, donde la antigüedad está congelada y quien entra hoy no genera tramos.
¿Qué cobro si estoy de baja?
En las empresas con Fondo asistencial (Anexo I), el complemento llega al 100% del salario líquido desde el 8.º día de baja, incluida la parte proporcional de pagas extras. El fondo es paritario: entre el 0,25% y el 0,75% de aportación por cada parte.
¿Hasta cuándo está vigente?
Hasta el 31 de diciembre de 2026, con denuncia automática un mes antes, ultraactividad normativa pactada y compromiso de iniciar la negociación del nuevo convenio en enero de 2027 (art. 2).
Fuentes oficiales verificadas
- Convenio Colectivo para la Industria del Metal del Principado de Asturias 2024-2026, BOPA núm. 191 (1-oct-2024), Resolución de 18-9-2024, cód. 2024-08143, código de convenio 33000695011979. Firmado el 10-9-2024 en Gijón por FEMETAL (patronal) y CC.OO. de Industria y UGT FICA. Fuente del articulado y de las tablas salariales 2024, 2025 y 2026 anexas. PDF oficial del BOPA.
- Acta de otorgamiento (mismo BOPA): incrementos del plus de trabajo nocturno (11 € en 2024 + subidas generales), dieta completa de 68 € fija toda la vigencia y régimen de atrasos.
- UGT FICA Asturias, PDF del convenio Metal 2024-2026, y FEMETAL, anuncio de la publicación en el BOPA — fuentes de contraste. ugt-fica.org · femetal.es.
- Real Decreto 126/2026, SMI 2026 (1.221 €/mes, 17.094 € anuales), referencia para la comparación. BOE-A-2026-3815.
Quién audita esto
Esta ficha se ha cruzado manualmente contra el texto íntegro del convenio y sus tablas 2024-2026 (BOPA núm. 191, 1-oct-2024). Las cuantías están transcritas de la publicación oficial y validadas contra los incrementos pactados (2,5%, 3% y 2%). El «mínimo anual» es un cálculo propio con fórmula declarada — (salario convenio + plus convenio) × 365 + 2 pagas — para poder comparar entre provincias; lo señalamos para no inducir a error.
No somos un bufete: somos una herramienta gratuita de transparencia salarial, sin empresas detrás. Si detectas un error, escríbenos y lo corregimos.