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Convenio nuevo 2026-2027 · Tabla 2026 con +3% · 15 pagas

Convenio de Limpieza de Edificios y Locales 2026 — Principado de Asturias

Convenio nuevo 2026-2027, firmado el 15 de junio de 2026 y publicado en el BOPA del 29 de junio. Tabla 2026 con +3% sobre 2025 y la de 2027 ya pactada (+3,1%), tres pagas extras (Verano, Navidad y Beneficios = 15 pagas anuales), jornada 1.758 h/año, equiparación con SESPA para personal de centros sanitarios y cláusula explícita de garantía SMI. Los atrasos de 2026 se abonan dentro de los tres meses siguientes a la publicación.

✓ Verificado contra el BOPA del 29 de junio de 2026 (Resolución de 18-VI-2026, expediente C-026/2026) por SalarioJusto · última revisión 1 de septiembre de 2026
¿Buscabas «35 horas» o «12 pagas»? Esto es lo que dice el convenio realmente vigente — y por qué hay confusión.
Datos clave del convenio
Ámbito territorial
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Vigencia formal
1-I-2026 → 31-XII-2027 (denuncia automática 30-IX-2027 con ultraactividad indefinida pactada)
Tabla salarial vigente
Tabla 2026 del propio convenio (+3% sobre 2025) · la de 2027 ya está pactada (+3,1%)
Publicación principal
BOPA de 29-VI-2026 · Resolución de 18-VI-2026 (Consejería de Ciencia, Industria y Empleo)
Expediente de registro
C-026/2026 · presentado el 16-VI-2026
Representatividad
ASPEL + UDELIMPA = 100% de la parte empresarial
Jornada anual
38,5 h/sem · 1.758 h/año
Pagas anuales
15 pagas (12 mensualidades + 3 extras)
Código REGCON
33000735011979
Firmantes
Patronal: ASPEL + UDELIMPA · Sindical: CCOO Hábitat + UGT-FeSMC + USO
Convenio nuevo 2026-2027, ya publicado: se acabó la ultraactividad. Asturias cerró convenio propio para 2026 y 2027. La Comisión Negociadora presentó el texto a registro el 16 de junio de 2026, la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo lo inscribió por Resolución de 18 de junio (expediente C-026/2026, código REGCON 33000735011979) y se publicó en el BOPA del 29 de junio de 2026. Rige del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027 (Art. 3), con efectos económicos desde el 1 de enero de cada año, y se denunciará automáticamente el 30 de septiembre de 2027 (Art. 4). El blindaje sigue: el mismo Art. 4 mantiene la ultraactividad indefinida pactada"una vez denunciado el convenio, y en tanto no se llegue a un acuerdo sobre el nuevo, se entenderá que el contenido íntegro normativo del presente convenio mantiene su vigencia hasta la fecha de la firma del nuevo convenio colectivo"—, que desactiva el decaimiento del art. 86.3 ET. La negociación del siguiente se iniciará en la primera semana de febrero de 2028.
Tres pagas extras anuales — el más generoso del sector. Mientras la mayoría de convenios provinciales de Limpieza en España tienen 2 pagas extras (14 pagas anuales), el convenio asturiano regula tres pagas extras en el Art. 27: Verano (antes del 15 de julio), Navidad (antes del 15 de diciembre) y Beneficios (antes del comienzo de las vacaciones). Cada una equivale a 30 días de salario base más antigüedad. Esto implica 15 pagas anuales totales y una mejora directa del bruto anual respecto a otros convenios del mismo sector. El propio Art. 29 del convenio se refiere expresamente a "las 15 nóminas anuales" al regular los intereses por retraso en los pagos.

Tabla salarial 2026 — categoría a categoría

Cuantías del convenio 2026-2027, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026 (Art. 21), publicadas como Anexo del texto en el BOPA del 29 de junio de 2026. Suponen un +3% uniforme sobre la tabla de 2025, con una sola excepción —Botones, que subió un 3,125%— explicada justo debajo. El bruto anual se calcula como salario base × 15 pagas (12 mensualidades + las 3 pagas extras de 30 días del Art. 27); para las categorías con salario diario, SB × 30 × 15 = SB × 450. La columna «12 pagas (€/mes prorrateado)» es el bruto anual ÷ 12: lo que cobra quien tiene las extras repartidas en doce mensualidades iguales — la cifra que mucha gente busca como "sueldo al mes".

Categoría SB 2026 Bruto anual 2026 (×15 pagas) 12 pagas (€/mes prorrateado) Antigüedad (€/trienio/paga)
Grupo I — Subgrupo I
Director/a1.782,19 €/mes26.732,85 €2.227,74 €/mes12,98 €
Director/a Comercial1.728,22 €/mes25.923,30 €2.160,28 €/mes12,98 €
Director/a Administrativo/a1.728,22 €/mes25.923,30 €2.160,28 €/mes12,98 €
Jefe/a de Personal1.728,22 €/mes25.923,30 €2.160,28 €/mes12,98 €
Jefe/a de Compras1.728,22 €/mes25.923,30 €2.160,28 €/mes12,98 €
Jefe/a de Servicios1.628,43 €/mes24.426,45 €2.035,54 €/mes12,98 €
Grupo I — Subgrupo II
Titulado/a Superior1.728,22 €/mes25.923,30 €2.160,28 €/mes12,98 €
Titulado/a Medio1.628,42 €/mes24.426,30 €2.035,53 €/mes12,98 €
Titulado/a Laboral o Profesional1.628,42 €/mes24.426,30 €2.035,53 €/mes12,98 €
Grupo II — Personal Administrativo
Jefe/a Administrativo/a de 1.ª1.603,46 €/mes24.051,90 €2.004,33 €/mes12,98 €
Jefe/a Administrativo/a de 2.ª1.578,55 €/mes23.678,25 €1.973,19 €/mes
Cajero/a1.528,56 €/mes22.928,40 €1.910,70 €/mes
Oficial/a Administrativo/a de 1.ª1.528,56 €/mes22.928,40 €1.910,70 €/mes
Oficial/a Administrativo/a de 2.ª1.425,52 €/mes21.382,80 €1.781,90 €/mes11,68 €
Auxiliar Administrativo/a1.229,14 €/mes18.437,10 €1.536,43 €/mes10,90 €
Telefonista1.229,14 €/mes18.437,10 €1.536,43 €/mes10,90 €
Aspirante Administrativo/a1.138,22 €/mes17.073,30 € ⚠1.422,77 €/mes10,90 €
Cobrador/a1.229,14 €/mes18.437,10 €1.536,43 €/mes10,90 €
Grupo III — Mandos Intermedios
Encargado/a General1.694,35 €/mes25.415,25 €2.117,94 €/mes12,98 €
Encargado/a de Zona1.583,90 €/mes23.758,50 €1.979,88 €/mes12,98 €
Encargado/a de Sector1.528,57 €/mes22.928,55 €1.910,71 €/mes12,98 €
Encargado/a de Grupo44,35 €/día19.957,50 €1.663,12 €/mes11,68 €
Responsable de Equipo43,12 €/día19.404,00 €1.617,00 €/mes11,68 €
Grupo IV — Personal Subalterno
Ordenanza1.204,18 €/mes18.062,70 €1.505,23 €/mes10,90 €
Almacenero/a1.229,14 €/mes18.437,10 €1.536,43 €/mes10,90 €
Listero/a1.229,14 €/mes18.437,10 €1.536,43 €/mes10,90 €
Vigilante/a1.204,18 €/mes18.062,70 €1.505,23 €/mes10,90 €
Botones1.139,60 €/mes17.094,00 € =1.424,50 €/mes10,90 €
Grupo V — Personal Operario
Especialista48,31 €/día21.739,50 €1.811,62 €/mes12,98 €
Peón/a Especialista43,00 €/día19.350,00 €1.612,50 €/mes11,68 €
Limpiador/a39,75 €/día17.887,50 €1.490,62 €/mes10,90 €
Conductor/a-Limpiador/a50,60 €/día22.770,00 €1.897,50 €/mes12,98 €
Grupo VI — Oficios Varios
Oficial/a48,31 €/día21.739,50 €1.811,62 €/mes12,98 €
Ayudante/a42,98 €/día19.341,00 €1.611,75 €/mes11,68 €
Peón/a39,75 €/día17.887,50 €1.490,62 €/mes10,90 €

Aspirante Administrativo/a queda en 17.073,30 € anuales, 20,70 € por debajo del SMI 2026 (17.094 €/año). El signo = marca a Botones, que queda en 17.094,00 €: exactamente el SMI. El Art. 22 no incluye a Jefe/a Administrativo/a de 2.ª, Cajero/a ni Oficial/a Administrativo/a de 1.ª en ninguno de sus tres niveles de antigüedad —por eso figuran con «—»—: si es tu categoría y tienes trienios cumplidos, pregunta a la Comisión Paritaria antes de dar por perdido el complemento. Para convertir el bruto anual en salario neto en Asturias, usa la calculadora de SalarioJusto con escala IRPF nacional 2026.

Botones sube al SMI exacto; Aspirante Administrativo/a se queda 20,70 € corto

En la tabla de 2025, Botones y Aspirante Administrativo/a cobraban lo mismo: 1.105,07 €/mes, 16.576,05 € al año — cinco céntimos por encima del SMI de 2025. Al negociar la tabla de 2026 el convenio aplicó un +3% uniforme a las 35 categorías salvo a una: Botones recibió un +3,125%, justo lo necesario para aterrizar en 1.139,60 €/mes × 15 pagas = 17.094,00 €, el SMI de 2026 al céntimo. A Aspirante Administrativo/a se le aplicó el 3% general y se quedó en 17.073,30 €.

CategoríaAnual 2025SubidaAnual 2026vs SMI 2026
Aspirante Administrativo/a16.576,05 €+3,000%17.073,30 €−20,70 €
Botones16.576,05 €+3,125%17.094,00 €0,00 € (exacto)

Dos categorías que partían del mismo salario, con dos subidas distintas, y cada una a un lado del mínimo legal. Sea deliberado o un descuadre de la mesa, el efecto práctico es el mismo: quien esté como Aspirante Administrativo/a a jornada completa debe cobrar 17.094 € en cómputo anual, no los 17.073,30 € de tabla. Lo ampara el propio Art. 21 del convenio y, por encima de él, el art. 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Verificación A+B — una categoría queda bajo el SMI 2026

SalarioJusto verifica las tablas con un protocolo A+B: A) replicar la fórmula del propio convenio (SB × 15 pagas) fila a fila sobre el Anexo publicado, y B) cruzar el resultado con el SMI 2026 (17.094 € anuales, fijados por el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero; art. 27.1 ET). Resultado para Asturias:

Categoría más baja por grupoBruto anual 2026vs SMI 2026
Aspirante Administrativo/a (Grupo II)17.073,30 €−20,70 €
Botones (Grupo IV)17.094,00 €0,00 €
Limpiador/a · Peón/a (Grupo V/VI)17.887,50 €+793,50 €
Ordenanza · Vigilante/a (Grupo IV)18.062,70 €+968,70 €
Auxiliar Administrativo/a (Grupo II)18.437,10 €+1.343,10 €

La estructura de tres pagas extras (15 pagas anuales) mantiene a Limpiador/a —la categoría más consultada— 793,50 € por encima del mínimo legal. La única categoría de tabla que no llega es Aspirante Administrativo/a, y la cláusula de garantía del Art. 21 cubre exactamente ese supuesto: "Si en algún momento los importes reflejados en las referidas tablas salariales para determinadas categorías profesionales quedasen por debajo de SMI, las empresas quedan obligadas a abonar como mínimo, en cómputo anual el SMI a las categorías afectadas".

Pluses y complementos (Arts. 23-26)

Plus de transporte (Art. 23)
1,03 €/día efectivo trabajado en 2026 (1,06 € en 2027), sea cual fuere la jornada de la persona trabajadora.
Plus de nocturnidad (Art. 24)
+25% sobre el salario base para horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00. De común acuerdo, cada hora nocturna puede sustituirse por 15 minutos de descanso compensatorio.
Plus de toxicidad/peligrosidad (Art. 25)
+20% sobre el SB en jornada completa con riesgo. Si las labores tóxicas/peligrosas/penosas se realizan solo durante la mitad de la jornada o fracción inferior, el plus es del +10%.
Plus festivo (Art. 26)
23,98 €/día festivo trabajado en 2026 (24,72 € en 2027) para jornada completa (≥6h30m hasta el límite legal). Si la jornada es inferior, parte proporcional. Si supera 7h42m, parte proporcional adicional. No aplica a contratados específicamente para festivos.
Plus calzado
34,90 €/año en 2026 (35,98 € en 2027) en concepto de ayuda anual para el personal obrero que no reciba calzado de la empresa, abonado en la nómina de febrero. En pluriempleo, se cobra íntegro en cada empresa (Art. 14).
Antigüedad (Art. 22) — 3 niveles
Trienios con cuantía fija en 3 niveles según categoría: 12,98 €/trienio/paga (Nivel 1: Directivos, Titulados, Encargados Generales, Especialistas, Conductor-Limpiador, Oficial), 11,68 € (Nivel 2: Oficial Admin 2ª, Encargado de Grupo, Responsable Equipo, Peón Especialista, Ayudante), 10,90 € (Nivel 3: Aux Admin, Telefonista, Aspirante, Cobrador, personal subalterno y operario base).
Compensación IT al 100% (Art. 32)
La empresa complementa las prestaciones de Incapacidad Temporal de la Seguridad Social hasta el 100% del salario en tres casos: (1) accidente laboral o enfermedad profesional —desde el inicio del proceso—; (2) intervenciones quirúrgicas u hospitalización por cualquier causa —desde el ingreso hasta el alta—; (3) baja por maternidad —durante el período legal máximo—. En pluriempleo con accidente laboral, cada empresa abona el 100% de sus retribuciones.
Seguro colectivo de accidentes (Art. 33)
Las empresas deben suscribir póliza obligatoria a favor de cada persona trabajadora con un capital asegurado de 12.000,00 € durante toda la vigencia del convenio. Cubre la contingencia de fallecimiento por accidente, sea o no laboral.

Particularidades únicas del convenio asturiano

Equiparación salarial con SESPA en centros sanitarios (Art. 30)

Las empresas concesionarias de la limpieza de los Centros Sanitarios dependientes del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) deben abonar a los trabajadores adscritos a esos servicios la diferencia entre el salario anual del convenio y las retribuciones oficiales del personal de igual categoría de la plantilla del SESPA. El abono se prorratea en las 12 mensualidades del año. Es una cláusula única del convenio asturiano: limpiar un hospital del SESPA bajo este convenio equivale económicamente a estar en plantilla pública.

Indemnización por cese anticipado 60-63 años (Art. 31)

Las personas trabajadoras que causen baja voluntaria en la empresa entre los 60 y los 63 años tienen derecho a vacaciones retribuidas adicionales. La duración en días se calcula dividiendo un dividendo (en función de la edad) entre el salario diario por todos los conceptos en jornada completa, más el coste de la aportación empresarial a la Seguridad Social:

Mecanismo único en el sector: incentivo retributivo para cesar voluntariamente antes de la edad ordinaria de jubilación.

Tres sindicatos firmantes incluyendo USO

El convenio fue suscrito por tres sindicatos: CCOO Hábitat de Asturias (40,00% de representación social), UGT-FeSMC (43,22%) y USO Federación de Servicios (14,19%). La presencia de USO en convenios sectoriales de Limpieza es excepcional respecto a otros convenios provinciales del sector. Los tres sindicatos suman el 97,41% de la representación social del sector en Asturias.

Ultraactividad indefinida pactada (Art. 4)

El convenio incluye una cláusula expresa que blinda al personal frente al decaimiento del Art. 86.3 del Estatuto de los Trabajadores (que en defecto de pacto fija una ultraactividad de 1 año). El texto del Art. 4 establece que "una vez denunciado el convenio, y en tanto no se llegue a un acuerdo sobre el nuevo, se entenderá que el contenido íntegro normativo del presente convenio mantiene su vigencia hasta la fecha de la firma del nuevo convenio colectivo". Mientras no haya acuerdo sustitutivo, el convenio sigue plenamente vigente.

Pacto anti-dumping en contratación pública (Disp. Adic. 2ª)

El convenio incluye una cláusula explícita contra la competencia desleal: las ofertas comerciales realizadas por empresas por debajo de los costes mínimos del convenio se consideran incumplimiento del propio convenio. La Comisión Paritaria fija anualmente los costes mínimos repercutibles para las categorías de Limpiador/a y Especialista en los servicios concertados con administraciones públicas o entidades mercantiles, considerando no solo los costes salariales sino también las cotizaciones a la Seguridad Social y los gastos de desplazamiento. Cualquier empresa, persona trabajadora o representante puede denunciar incumplimientos a la Comisión Paritaria, que está facultada para iniciar acciones legales. Es una protección útil frente al fenómeno del subcosting en concursos públicos.

Igualdad y no discriminación LGTBI+ (Disp. Adic. 7ª)

El convenio asturiano remite expresamente al acuerdo del 20 de marzo de 2025 alcanzado por las organizaciones sindicales y patronales del Convenio Colectivo Estatal de Limpieza de Edificios y Locales en materia de igualdad y no discriminación de personas LGTBI+. Esta remisión asegura que las medidas de protección y no discriminación pactadas a nivel estatal se aplican íntegramente en Asturias, incluyendo protocolos de actuación frente a discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género.

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Subrogación — Artículo 18

El convenio regula con detalle la adscripción del personal en cambios de adjudicataria del servicio. Cuando hay cambio de contratista, el personal de la cesante pasa automáticamente a la nueva empresa, cualquiera que sea su vinculación jurídico-laboral. Casos cubiertos:

Excepciones a la subrogación: trabajadores autónomos y socios cooperativistas que prestasen servicios directa y personalmente; primera limpieza sin contrato de mantenimiento posterior; cliente que asume directamente el servicio con personal propio (en este caso solo subroga si contrata nuevo personal).

Procedimiento: la empresa saliente debe notificar a la entrante mediante telegrama o acta notarial con la relación nominal del personal y sus condiciones laborales (grupo, categoría, antigüedad, jornada, horario, prestaciones SS). A requerimiento de la entrante, la saliente acreditará documentalmente estar al corriente de obligaciones (finiquitos, nóminas y boletines de cotización de los últimos 3 meses).

Particularidades adicionales del convenio

Recursos para reclamar diferencias en Asturias

Si tu nómina no refleja la tabla 2026 o cualquiera de los pluses regulados, puedes reclamar las diferencias salariales. Tienes 1 año por mensualidad de plazo desde que debió pagarse (art. 59.2 ET). Presentar papeleta de conciliación interrumpe el plazo y es gratuito.

Atrasos de 2026: el plazo vence el 29 de septiembre de 2026. La tabla 2026 tiene efectos económicos desde el 1 de enero, pero el convenio no se publicó hasta el 29 de junio. El Art. 21 obliga a abonar los atrasos "dentro de los tres meses siguientes al día de la publicación del presente convenio colectivo en el BOPA". Si a finales de septiembre de 2026 no has cobrado la diferencia entre lo que te pagaron de enero a junio y la tabla nueva, tu empresa está incumpliendo un plazo expreso del convenio. Revisa las nóminas de julio, agosto y septiembre buscando un concepto de atrasos o regularización.
Mediación previa
SASEC (Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos), con sede en Oviedo. Mediación gratuita previa al juzgado. La firma del propio convenio se realizó en sus locales. La papeleta interrumpe el plazo de prescripción.
Comisión Paritaria del convenio
Para dudas interpretativas o aplicación de cláusulas, la Comisión Paritaria está integrada por representantes de ASPEL+UDELIMPA y CCOO+UGT+USO. Sus acuerdos son vinculantes para empresas y trabajadores.
Inspección de Trabajo
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social del Principado de Asturias. Para denuncias por incumplimiento del convenio, pluses no abonados, jornada irregular o subrogación denegada.
Sindicatos firmantes
Los tres sindicatos firmantes —CCOO Hábitat Asturias, UGT-FeSMC Asturias y USO Servicios— ofrecen asistencia jurídica gratuita a personas afiliadas en conflictos colectivos e individuales del sector.

Fuentes oficiales

Comparativa con otros convenios provinciales de Limpieza

Asturias comparado con otros convenios provinciales de Limpieza analizados en SalarioJusto:

ProvinciaEstado convenioPagas anualesJornada 2026Categorías bajo SMI 2026
MadridUltraactividad 2026151.792 h1 (Aspirante Administrativo/a), sin cláusula expresa
BarcelonaVigente 2026-2030151.728 hNinguna
ValenciaUltraactividad 2026141.780 h12 de 16, con complemento expreso en tabla
SevillaVigente 2024-2027151.728 h2 de 6 (Grupo IV, Niveles I y II)
MálagaUltraactividad 2026151.826 h9 de 14 (64%)
Las PalmasTabla 2026 vigente (+3%)151.779 h15, con plus a cuenta SMI expreso
BizkaiaUltraactividad con cláusula IPC15~1.580 hNinguna
ZaragozaDenunciado 2-X-2025 · ultraactividad + cláusulas diferidas151.766 h3 de 19 (Limpiador/a, Peón, Aprendiz)
AsturiasConvenio nuevo 2026-2027 (BOPA 29-VI-2026)151.758 h1 (Aspirante Administrativo/a, −20,70 €)

Asturias destaca por tres características poco habituales: (1) cláusula expresa de garantía SMI en el Art. 21; (2) equiparación con SESPA para personal de limpieza de centros sanitarios públicos del Principado; y (3) ultraactividad indefinida pactada que blinda al personal frente al decaimiento legal del Art. 86.3 ET. A esas tres se añade en 2026 una cuarta: es de los pocos convenios provinciales del sector con tabla propia negociada para 2026 y 2027, en vez de arrastrar cifras congeladas. Las tres pagas extras (15 pagas anuales, estructura frecuente en la comparativa) mantienen a Limpiador/a —la categoría más consultada— 793,50 € por encima del SMI 2026. La única excepción es Aspirante Administrativo/a, que se queda 20,70 € corta y activa la cláusula de garantía del Art. 21.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario de una persona limpiadora en Asturias en 2026?

Según la tabla salarial 2026 del convenio 2026-2027 (publicado en el BOPA del 29 de junio de 2026, con efectos económicos desde el 1 de enero), la categoría de Limpiador/a percibe 39,75 €/día de salario base. El bruto anual asciende a 17.887,50 € (39,75 × 30 días × 15 pagas: 12 mensualidades de 30 días más las 3 pagas extras de Verano, Navidad y Beneficios pactadas en el Art. 27, cada una de 30 días de salario base), equivalentes a 1.490,62 €/mes si se prorratean las extras en doce mensualidades. Está 793,50 € por encima del SMI 2026 (17.094 €, RD 126/2026). A esto se suman pluses como transporte (1,03 €/día efectivo), festivo (23,98 €/día festivo trabajado), nocturnidad (+25% sobre SB en horas 22:00-6:00), toxicidad/peligrosidad/penosidad (+20% sobre SB) y antigüedad (10,90 €/trienio/paga para Limpiador/a).

¿Está vigente el convenio de Asturias en 2026?

Sí, y con convenio propio y nuevo: el texto 2026-2027 se firmó el 15 de junio de 2026 en los locales del SASEC (Oviedo) entre ASPEL y UDELIMPA —100% de la representación empresarial— y CCOO Hábitat (37,99%), UGT-FeSMC (46,43%) y USO Servicios (12,99%), que suman el 97,41% de la representación social. Se inscribió por Resolución de 18 de junio de 2026 y se publicó en el BOPA del 29 de junio de 2026. Rige del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027 (Art. 3), con efectos económicos desde el 1 de enero de cada año. Se denunciará automáticamente el 30 de septiembre de 2027 y el Art. 4 mantiene la ultraactividad indefinida pactada, que blinda al personal frente al decaimiento del art. 86.3 ET. La negociación del siguiente convenio empezará en la primera semana de febrero de 2028.

¿Cuántas pagas extras hay en el convenio de Asturias?

Tres pagas extras (15 pagas anuales en total): Verano (abonable antes del 15 de julio), Navidad (antes del 15 de diciembre) y Beneficios (antes del comienzo de las vacaciones). Cada paga es de 30 días de salario base más antigüedad. Es uno de los convenios provinciales de Limpieza más generosos en este aspecto: la mayoría de convenios provinciales del sector tienen solo 2 pagas extras (14 pagas anuales). La paga de Beneficios se calcula con el salario base y antigüedad del año anterior.

¿Cuál es la jornada en el convenio de Asturias?

38,5 horas semanales equivalentes a 1.758 horas anuales de trabajo efectivo (Art. 5). En jornadas continuas, el descanso de 20 minutos para el bocadillo computa como tiempo de trabajo efectivo y no se descuenta del cómputo anual. Las horas extraordinarias habituales quedan suprimidas (Art. 6) y solo pueden realizarse las motivadas por fuerza mayor o estructurales, abonándose con un recargo del 75% sobre el salario hora ordinaria. Las vacaciones son de 30 días naturales para todo el personal (Art. 7).

¿Cómo es la antigüedad en el convenio de Asturias?

Trienios con cuantía fija en euros por trienio y paga (Art. 22), organizados en 3 niveles según la categoría profesional:

Como las pagas anuales son 15, un trienio del Nivel 3 supone 163,50 € anuales (10,90 × 15), del Nivel 2 supone 175,20 € (11,68 × 15) y del Nivel 1 supone 194,70 € (12,98 × 15).

¿Aplica subrogación en Asturias?

Sí, regulada en el Artículo 18 (Adscripción del personal). Cuando hay cambio de adjudicataria del servicio de limpieza, el personal de la cesante pasa automáticamente a la nueva empresa, cualquiera que fuese su vinculación jurídico-laboral. Cubre también a personas trabajadoras en IT, accidentadas, en excedencia o situación análoga; al personal interino sustituyendo a estos colectivos; y al de nuevo ingreso por ampliación de plantilla a exigencia del cliente. Si la empresa principal suspende el servicio por un período no superior a 6 meses, la subrogación no decae cuando se reanuda con un nuevo contratista. La empresa saliente debe notificar a la entrante mediante telegrama o acta notarial, con relación nominal y condiciones laborales del personal transferido.

¿Cobras menos de lo que fija el convenio?

El convenio 2026-2027 está plenamente vigente y es de obligado cumplimiento: la tabla salarial, los complementos de puesto, las tres pagas extras, la subrogación, la jornada, las vacaciones y las protecciones por IT e invalidez son derechos exigibles frente a tu empresa. Y como los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2026, lo exigible no es solo la nómina de este mes: también la diferencia de los meses anteriores a la publicación.

  1. Verifica que tu nómina aplica la tabla 2026 (la del convenio publicado el 29 de junio de 2026). Multiplica salario base × días o meses, suma los pluses regulados que te corresponden y compara con lo cobrado. Comprueba también que te han abonado los atrasos desde el 1 de enero.
  2. Pide nómina detallada por escrito si los conceptos no aparecen separados. Tu empresa está obligada a entregarla por imperativo del art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores. Aprovecha para mencionar la discrepancia con la tabla del convenio.
  3. Si la empresa pretende inaplicar el convenio (descolgarse de sus condiciones), no puede hacerlo por su cuenta: la Disposición Adicional 4.ª le obliga a pasar primero por la Comisión Paritaria y, si persiste el desacuerdo, por el procedimiento del art. 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. Cualquier rebaja unilateral es nula. Para reclamar, presenta papeleta de conciliación ante el SASEC (Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos), al que el convenio se adhiere expresamente en su Disposición Adicional 3.ª: es gratuito e interrumpe el plazo de 1 año por mensualidad del art. 59.2 ET.

Los tres sindicatos firmantes —CCOO Hábitat, UGT-FeSMC y USO Servicios— ofrecen asesoría a las personas afectadas por el convenio. Código REGCON: 33000735011979 (expediente C-026/2026). Guía completa para reclamar diferencias →

Quién audita esto

Esta ficha de convenio ha sido cruzada manualmente contra el texto íntegro del boletín oficial por el equipo de SalarioJusto. Verificamos cifra a cifra (salarios, jornada, pluses, pagas extras) y dejamos el código del edicto y la fecha de revisión visibles para que puedas comprobarlo tú también.

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