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Tablas 2023 en ultraactividad · Provincia de Alicante

Convenio de Limpieza de Edificios y Locales — Alicante

La tabla del convenio fija 960 €/mes para Limpiador/a. El SMI 2026 obliga a 1.221 €/mes. Como el convenio lleva congelado desde 2023, lo que cobras no lo decide tu convenio: lo decide el salario mínimo. Jornada 39 h/semana, 15 pagas, 32 días de vacaciones y hasta 240 días retribuidos al prejubilarte.

✓ Verificado contra el BOP Alicante nº 87 de 8 de mayo de 2023 (edicto 3699) y el Real Decreto 126/2026 del SMI, por SalarioJusto · última revisión 20 de julio de 2026
Datos clave del convenio
Ámbito territorial
Provincia de Alicante
Vigencia
2020-2023 (en ultraactividad)
Texto y tablas
BOP Alicante 87 · 8-V-2023
Denuncia
31-X-2023 (automática, Art. 3)
Jornada
39 h/semana (Art. 17)
Pagas al año
15 (3 extras · Art. 36)
Código REGCON
03000145011982
Patronales firmantes
AELPA · ASPEL
Sindicatos firmantes
CCOO · UGT

Tu convenio dice 960 €. Cobras 1.221 €. Por qué

Esta es la particularidad que define hoy al convenio de limpieza de Alicante, y conviene entenderla antes de mirar ninguna tabla: las cifras del convenio se han quedado por debajo del salario mínimo legal.

Concepto Mensual Anual bruto
Tabla del convenio · Limpiador/a (2023)960,00 € × 15 pagas14.400,00 €
SMI 2023 (RD 99/2023)1.080,00 € × 14 pagas15.120,00 €
SMI 2026 (RD 126/2026)1.221,00 € × 14 pagas17.094,00 €
Diferencia convenio vs SMI 2026−2.694,00 €

La tabla de Limpiador/a ya nacía por debajo del SMI en 2023 (720 € menos al año). Tres años después, con el convenio sin renovar y el SMI subiendo cada año, la brecha es de 2.694 € anuales: la tabla cubre apenas el 84 % del mínimo legal.

El SMI manda siempre. Ningún convenio puede pagar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. El propio convenio lo previó en su Disposición Adicional Octava: "Aquellos trabajadores cuya totalidad de retribuciones percibidas anualmente, incluido el plus de antigüedad y demás complementos o pluses, no alcancen la cuantía mínima del salario mínimo interprofesional fijado por el Gobierno para cada anualidad, percibirán en concepto de 'garantía SMI' la diferencia". Los negociadores ya lo vieron venir: el Art. 40 menciona expresamente las "posibles subidas futuras del SMI". Consulta el SMI 2026 vigente.

Consecuencia práctica: si trabajas a jornada completa en limpieza en Alicante, tu nómina debe reflejar como mínimo 1.221 € brutos al mes en cómputo anual de 17.094 €, con independencia de lo que diga la tabla. Si cobras menos, hay diferencias que reclamar.

¿Este convenio te cubre?

El Convenio Colectivo provincial de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Alicante (código REGCON 03000145011982) se aplica, según su Art. 1, a la totalidad de empresas y personas trabajadoras dedicadas a la actividad de limpieza de edificios y locales en la provincia.

Ojo: en Alicante hay dos convenios de limpieza. El que estás leyendo es el general de edificios y locales. Existe otro distinto para los centros sanitarios dependientes de la Conselleria de Sanidad y de la Diputación Provincial, con sus propias tablas y su propia vigencia. Si limpias en un hospital público o en un centro dependiente de la Diputación, tus tablas no son las de esta página. Comprueba en tu contrato o nómina qué código de convenio te aplican.

Tablas salariales 2023 — todas las categorías

Cuantías brutas oficiales publicadas en el BOP Alicante nº 87 de 8 de mayo de 2023, correspondientes a la tabla definitiva del ejercicio 2023 (incremento del 12,08 % sobre el periodo 2020-2022). Son las últimas tablas pactadas: no existen tablas de 2024, 2025 ni 2026, porque el convenio no se ha renovado.

La estructura salarial de este convenio tiene tres piezas que se suman y se cobran en 15 pagos: salario base + Plus Profesional (Art. 40) + Plus Convenio (Art. 38). La columna "Total anual" es la suma de los tres multiplicada por 15, tal y como recoge la Disposición Adicional Quinta.

Despliega tu grupo profesional. Grupo IV — Personal Operario es el más consultado y se abre por defecto. Las categorías marcadas con ⚠ quedan por debajo del SMI 2026 (17.094 €) y tienen complemento obligatorio por la Disposición Adicional Octava.

Grupo IV — Personal Operario (Limpiador/a, Peón, Especialista, Conductor/a)
CategoríaSalario base ×15Plus Profesional ×15Plus Convenio ×15Total anual
Limpiador/a739,04 €103,53 €117,43 €14.400,00 € ⚠
Peón739,04 €103,53 €117,43 €14.400,00 € ⚠
Ordenanza751,84 €105,07 €117,43 €14.615,28 € ⚠
Listero/a751,84 €105,07 €117,43 €14.615,28 € ⚠
Vigilante751,84 €105,07 €117,43 €14.615,28 € ⚠
Almacenero/a763,84 €106,52 €117,43 €14.817,09 € ⚠
Peón Especializado793,60 €110,12 €117,43 €15.317,44 € ⚠
Ayudante793,60 €110,12 €117,43 €15.317,44 € ⚠
Conductor/a Especializado823,70 €113,65 €117,43 €15.808,39 € ⚠
Especialista884,86 €121,15 €117,43 €16.851,52 € ⚠
Oficial884,86 €121,15 €117,43 €16.851,52 € ⚠
Conductor/a Especialista921,58 €125,59 €117,43 €17.469,04 €

11 de las 12 categorías del Grupo IV quedan por debajo del SMI 2026. Solo Conductor/a Especialista lo supera, y por 375 €. Limpiador/a y Peón son las de mayor brecha: 2.694 € anuales por debajo del mínimo legal.

Grupo III — Mandos Intermedios (Encargado/a, Supervisor/a, Responsable de Equipo)
CategoríaSalario base ×15Plus Profesional ×15Plus Convenio ×15Total anual
Encargado/a General1.055,51 €141,78 €117,43 €19.720,84 €
Supervisor/a o Encargado/a de Zona995,60 €134,54 €117,43 €18.713,34 €
Supervisor/a o Encargado/a de Sector947,62 €128,74 €117,43 €17.906,77 €
Encargado/a de Grupo o Edificio821,59 €113,50 €117,43 €15.787,70 € ⚠
Responsable de Equipo789,98 €109,68 €117,43 €15.256,41 € ⚠

Coordinan equipos en centros grandes. Dos de las cinco categorías siguen por debajo del SMI 2026 pese a ser mandos: Responsable de Equipo y Encargado/a de Grupo o Edificio.

Grupo II — Personal Administrativo (Oficiales, Auxiliar, Telefonista, Cobrador/a)
CategoríaSalario base ×15Plus Profesional ×15Plus Convenio ×15Total anual
Jefe/a Administrativo/a de 1ª1.099,46 €147,09 €117,43 €20.459,90 €
Jefe/a Administrativo/a de 2ª1.055,51 €141,78 €117,43 €19.720,84 €
Cajero/a995,60 €134,54 €117,43 €18.713,34 €
Oficial de 1ª963,59 €130,67 €117,43 €18.175,40 €
Oficial de 2ª903,69 €123,43 €117,43 €17.168,42 €
Auxiliar843,27 €116,13 €117,43 €16.152,51 € ⚠
Telefonista751,84 €105,07 €117,43 €14.615,28 € ⚠
Cobrador/a751,84 €105,07 €117,43 €14.615,28 € ⚠

Personal de estructura de las empresas contratistas. Tres de las ocho categorías bajo SMI 2026. Oficial de 2ª lo supera por apenas 74 €.

Grupo I — Personal Directivo y Titulado
CategoríaSalario base ×15Plus Profesional ×15Plus Convenio ×15Total anual
Director/a1.419,09 €185,73 €117,43 €25.833,75 €
Director/a Comercial1.327,20 €174,62 €117,43 €24.288,82 €
Director/a Administrativo/a1.327,20 €174,62 €117,43 €24.288,82 €
Jefe/a de Personal1.327,20 €174,62 €117,43 €24.288,82 €
Jefe/a de Compras1.327,20 €174,62 €117,43 €24.288,82 €
Jefe/a de Servicios1.327,20 €174,62 €117,43 €24.288,82 €
Titulado/a Grado Superior1.139,43 €151,92 €117,43 €21.131,81 €
Titulado/a Grado Medio1.075,46 €144,19 €117,43 €20.056,10 €
Titulado/a Laboral o Profesional963,59 €130,67 €117,43 €18.175,40 €

Ninguna categoría del Grupo I queda por debajo del SMI. La distancia entre Director/a (25.833,75 €) y Limpiador/a (14.400,00 €) es de 1,79 veces.

⚠ Categoría por debajo del SMI 2026 (17.094 €). Cuantías brutas antes de IRPF y Seguridad Social. 16 de las 34 categorías de la tabla quedan bajo el mínimo legal — casi la mitad del convenio. El Plus Profesional no puede ser compensado ni absorbido por otros conceptos (Art. 40). Para tu salario neto, usa la calculadora de SalarioJusto.

Antigüedad — 5 % por trienio (Art. 35)

El convenio reconoce una bonificación por antigüedad del 5 % por cada trienio, aplicada sobre el salario base de la categoría en el momento de cumplirse. Al ascender de categoría no se pierde la antigüedad devengada: los trienios se recalculan tomando como base el nuevo salario.

Años cumplidos Trienios % sobre salario base Limpiador/a — importe mensual Suma anual (×15)
3 años1T5 %36,95 €554,28 €
6 años2T10 %73,90 €1.108,56 €
9 años3T15 %110,86 €1.662,84 €
12 años4T20 %147,81 €2.217,12 €
15 años5T25 %184,76 €2.771,40 €

Cálculo de SalarioJusto sobre el salario base de Limpiador/a de la tabla 2023 (739,04 €) y el 5 % por trienio del Art. 35. La antigüedad también se incluye en las tres pagas extras (Art. 36), por eso se multiplica por 15.

Hacen falta 15 años de antigüedad para que el convenio alcance el SMI. Una limpiadora con 12 años de casa (4 trienios) suma 14.400 € + 2.217,12 € = 16.617,12 € anuales, todavía 476,88 € por debajo del SMI 2026. Solo a partir del quinto trienio —15 años— la retribución de convenio (17.171,40 €) supera el mínimo legal, y por apenas 77 €. Dicho de otro modo: una plantilla con menos de 15 años de antigüedad cobra el SMI, no su convenio.

Tres pagas extras al año — 15 pagas totales (Art. 36)

Es una de las condiciones mejores de este convenio. Frente al esquema habitual de dos pagas extras, Alicante mantiene tres:

Paga Abono Composición
Paga de VeranoCon la nómina de junio30 días de salario convenio + antigüedad + 1 mensualidad de Plus Convenio + 1 de Plus Profesional
Paga de DiciembreEl 15 de diciembre30 días de salario convenio + antigüedad + 1 mensualidad de Plus Convenio + 1 de Plus Profesional
Paga de BeneficiosAntes del 15 de febrero (o prorrateada)30 días de salario convenio + antigüedad + 1 mensualidad de Plus Convenio + 1 de Plus Profesional

Las pagas de verano y diciembre se computan semestralmente. Quien inicie vacaciones el 1 de julio percibe la de verano en esa fecha. Desde el 1 de enero de 2023, las tres pagas incorporan además una mensualidad del Plus Profesional. La paga de beneficios puede prorratearse mensualmente.

Comparación con otras provincias del sector. Según las fichas publicadas en SalarioJusto, Valencia, Madrid y Barcelona tienen dos pagas extras (14 pagas totales). Alicante se alinea con Bizkaia, Málaga y Sevilla, que sí reconocen la tercera paga.

Jornada — 39 horas semanales (Art. 17)

La jornada es de 39 horas semanales para toda la plantilla, distribuidas entre los seis días de trabajo salvo pacto en contrario o condición más beneficiosa. Está a una hora del tope legal de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual que fija el art. 34.1 del Estatuto de los Trabajadores. Coincide con la jornada semanal del convenio de Valencia, también de 39 h.

En los centros donde se trabaja a tarea y no se cubren las 39 horas semanales, la reducción de las 16 horas anuales se practica como máximo en tres veces, de común acuerdo entre empresa y plantilla. Donde las condiciones lo permiten, la jornada se organiza de lunes a viernes.

Descansos dentro de la jornada

Jornada continuada
20 minutos de descanso retribuido. Igual tiempo en centros donde la jornada supere las cinco horas seguidas.
Descanso ampliado de comida o cena
45 minutos retribuidos si la jornada supera 5 horas seguidas y comprende íntegramente la franja de 14:15 a 15:00 (comida) o de 22:15 a 23:00 (cena). El descanso debe disfrutarse dentro de esas franjas.
Cobro por talón
Derecho a una hora mensual de trabajo para el cobro, de forma escalonada, si la jornada coincide con el horario bancario.

Festivos y descanso dominical (Art. 18)

Horas extraordinarias (Art. 23)

El convenio prohíbe terminantemente las horas extraordinarias, que deben suplirse con contratos a tiempo parcial. Solo se admiten las de fuerza mayor o estructurales. Las empresas están obligadas a entregar semanalmente por escrito al comité o a delegados de personal la relación de horas extraordinarias efectuadas.

Vacaciones — 32 días naturales (Art. 21)

El convenio reconoce 32 días naturales de vacaciones, dos más que el mínimo legal de 30 días naturales del art. 38 ET. Se disfrutan entre junio y septiembre y por meses naturales.

Hasta 240 días de vacaciones retribuidas al prejubilarte (Art. 41)

Es la cláusula más singular del convenio y la menos conocida. Bajo el epígrafe "Promoción económica: vacaciones retribuidas adicionales", el Art. 41 concede a quien cause baja voluntaria a partir de los 60 años un periodo de vacaciones retribuidas adicionales, proporcional a su jornada, con esta escala:

Edad de la baja voluntaria Días naturales retribuidos Equivalencia aproximada
60 años240 días~8 meses de sueldo
61 años210 días~7 meses
62 años120 días~4 meses
63 años90 días~3 meses
64 años30 días~1 mes
Por qué importa esta cláusula. En un sector donde la antigüedad es alta y el trabajo físicamente exigente, ocho meses de sueldo por adelantar la salida a los 60 años es una de las mejores condiciones de salida del sector de limpieza. Cuanto antes se ejerce, más vale: esperar de los 60 a los 62 años reduce el derecho de 240 a 120 días, la mitad.

Licencias retribuidas — y el día de San Martín de Porres (Art. 19)

El convenio mejora en varios puntos el catálogo legal de permisos:

MotivoDíasDetalle
Matrimonio18 naturalesTres días por encima de los 15 del art. 37.3 ET
Fallecimiento de cónyuge, hijos o padres5 laborables4 días naturales para hermanos, nietos, abuelos y padres políticos
Fallecimiento de hijos, abuelos o hermanos políticos2 laborables
Intervención quirúrgica sin hospitalización2 laborablesParientes hasta 2.º grado que precisen reposo domiciliario. 4 días si hay desplazamiento
Hospitalización de hermanos2 laborables4 días con desplazamiento
Hospitalización de cónyuge, hijos o padresHasta 4 laborablesPermiso equivalente a los días de hospitalización. +1 día si hay que desplazarse fuera de la provincia
Alumbramiento de hija o hija política1 laboral
Bautizo, comunión o boda de hijos1 naturalEl día de la ceremonia
Traslado de domicilio habitual1 laboral
San Martín de Porres (3 de noviembre)1 díaPatrón del sector. Si no puede disfrutarse ese día, se traslada de común acuerdo. Si cae en domingo o festivo, se disfruta otro día
Acompañamiento de hijos menores de 16 años2 jornadas/añoA consultas de especialistas de la Seguridad Social, con justificación en 24 h

Las parejas estables con convivencia acreditada tienen derecho a las mismas licencias retribuidas que los matrimonios. Además, el convenio prevé permisos sin retribución de hasta 15 días (Art. 22), limitados al 5 % de la plantilla y a un máximo de cinco personas simultáneamente.

San Martín de Porres, un permiso con historia. El 3 de noviembre es la festividad del patrón de las personas que trabajan en limpieza. Que el convenio le reserve un día de permiso retribuido es un rasgo poco habitual: la mayoría de convenios provinciales del sector no lo recogen. Es un reconocimiento simbólico del oficio incorporado como derecho.

Maternidad y lactancia

El convenio reconoce 125 días de licencia por alumbramiento, distribuidos a opción de la interesada dentro de los límites legales, más una reducción de jornada de dos periodos de 35 minutos para lactancia —una hora si se acumulan— durante el año posterior al alumbramiento, disfrutable indistintamente por cualquiera de los progenitores si ambos trabajan, y también en caso de adopción. Para el progenitor distinto de la madre biológica se aplican las 16 semanas del art. 48 ET.

Pluses, protecciones y prestaciones

Complementos salariales

Plus Profesional (Art. 40)
Desde el 1 de enero de 2023, con carácter salarial y en 15 pagos. No puede ser compensado ni absorbido por otros conceptos salariales. Para Limpiador/a: 103,53 €/mes.
Plus Convenio (Art. 38)
117,43 €/mes para todas las categorías. Sustituye al antiguo plus de transporte, que desaparece de las tablas. Carácter salarial, en proporción a la jornada contratada.
Nocturnidad (Art. 33)
30 % sobre salario base más antigüedad, en los casos previstos por la ley.
Desplazamientos entre centros (Art. 39)
Los gastos de desplazamientos a partir de 2,5 km realizados durante la jornada corren a cargo de la empresa. Se excluye el trayecto domicilio-centro-domicilio.

Baja médica y accidente (Art. 29)

SituaciónComplementoDesde
Accidente laboral100 % base de cotizaciónDía 1 de la baja
Enfermedad con hospitalización, pre/postoperatorio o rehabilitación100 % base de cotizaciónDía en que tienen lugar
Enfermedad común (resto de casos)100 % base de cotizaciónA partir del día 13
Primera baja por enfermedad del año50 % base de cotizaciónLos tres primeros días
Riesgo durante el embarazo100 % base de cotizaciónDesde la baja médica

Seguro colectivo y auxilio por defunción

Muerte por accidente de trabajo
7.212,15 € a jornada completa (30-39 h). 5.409,11 € de 16 a 29 h · 3.005,06 € hasta 15 h.
Invalidez permanente por accidente
10.217,21 € a jornada completa, en total, absoluta y gran invalidez. 7.813,16 € de 16 a 29 h · 4.207,08 € hasta 15 h.
Auxilio por defunción (Art. 30)
En caso de fallecimiento por muerte natural, la empresa abona 75 días de sueldo a los herederos legales.

Vestuario y vigilancia de la salud

La empresa entrega dos uniformidades al año —una de invierno y otra de verano— en los meses de octubre y abril, junto con dos pares de calzado adecuado (Art. 28). La revisión médica anual corre íntegramente a cargo de la empresa e incluye historial médico-laboral, presión arterial y pulso, control audiométrico y visual, espirometría en ambientes pulvígenos, electrocardiograma a partir de los 50 años, analíticas y revisión ginecológica cuando la trabajadora la solicite (Art. 31). El tiempo de la revisión y del desplazamiento computa como trabajo efectivo.

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Ejemplo aterrizado — Carmen, limpiadora en un colegio de Elche con 12 años de antigüedad
Carmen entró en 2014 en una contrata que limpia centros docentes de Elche. Ha sido subrogada una vez (Art. 7) conservando antigüedad. Tiene 4 trienios cumplidos. Esto es lo que dice su convenio y lo que dice la ley:
ConceptoImporte anual
Tabla convenio Limpiador/a (960,00 € × 15 pagas)14.400,00 €
Antigüedad 4 trienios (20 % de 739,04 € × 15)2.217,12 €
Total según convenio16.617,12 €
SMI 2026 — suelo legal obligatorio17.094,00 €
Complemento "garantía SMI" que le debe la empresa+476,88 €
Con doce años de casa y cuatro trienios, Carmen sigue cobrando el salario mínimo: su convenio se queda 476,88 € corto y la empresa debe completarlo por la Disposición Adicional Octava. Si además trabaja domingos o festivos, tiene derecho a dos días de descanso por cada festivo no domingo (Art. 18). Y si decidiera dejar el trabajo al cumplir 60 años, se llevaría 240 días naturales de vacaciones retribuidas (Art. 41). Cálculo de SalarioJusto a partir de la tabla oficial 2023 y del RD 126/2026. Para el neto, usa la calculadora.

Subrogación — Art. 7 del convenio

Cuando cambia la contratista o subcontratista de un servicio de limpieza, la nueva adjudicataria debe asumir a la plantilla, con independencia de que el cliente sea público o privado, e incluso en supuestos de reversión de contratas a las administraciones públicas.

La documentación obligatoria incluye relación de personal en hoja de cálculo (nombre, antigüedad, jornada, horario, vacaciones, días de asuntos propios disfrutados, modalidad de contratación, mandato sindical si lo hay), copia de contratos, seis últimas nóminas, TC-2 de los seis últimos meses, partes de IT y documento de liquidación firmado por cada persona. La empresa saliente debe aportar además certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La subrogación no opera en contratas de primera limpieza sin contrato de mantenimiento, ni en servicios eventuales o de acondicionamiento provisional para puesta en marcha de locales nuevos cuando la contrata no haya durado un mínimo de seis meses. Sí opera en división y agrupación de contratas, y en casos de cierre temporal de centro por tiempo no superior a un año.

Ultraactividad — qué significa que tu convenio esté congelado

El convenio tenía vigencia del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023 (Art. 2) y quedó denunciado automáticamente el 31 de octubre de 2023, sin necesidad de comunicación previa entre las partes, debiendo iniciarse las deliberaciones del siguiente convenio en noviembre de 2023 (Art. 3).

¿Qué significa "convenio en ultraactividad"? Que el texto ha expirado pero sigue aplicándose mientras no se firme uno nuevo. El propio Art. 3 lo detalla: denunciado el convenio, "perderán solamente sus efectos las cláusulas obligacionales, manteniéndose en vigor, en cambio, su contenido normativo". Traducción: lo que decae son los compromisos entre patronal y sindicatos (paz social, prórroga); lo que sigue vigente y es exigible es todo lo que afecta a tus condiciones: salario, jornada, vacaciones, licencias, pagas extras, subrogación, protecciones por baja.

Lo que la ultraactividad no puede hacer es actualizar las cifras. Por eso las tablas siguen siendo las de 2023 mientras el SMI ha subido tres veces desde entonces, y por eso hoy el mínimo legal ha adelantado a la mayor parte del convenio. En caso de que la ultraactividad decayera sin acuerdo, el marco supletorio sería el I Convenio colectivo sectorial estatal de limpieza de edificios y locales (BOE de 23 de mayo de 2013), al que remite expresamente el Art. 5.

Una nota relevante para el futuro: en la Comunitat Valenciana está en marcha la negociación de un convenio autonómico de limpieza que incluiría a las tres provincias. Su primera reunión, según recoge nuestra ficha del convenio de Valencia, se celebró en Alicante el 28 de enero de 2026. Si prospera, sustituiría al marco provincial.

Particularidades del convenio de Alicante

¿Cobras menos de lo que te corresponde?

Que el convenio esté en ultraactividad desde 2023 no autoriza a tu empresa a rebajar nada: el contenido normativo sigue plenamente vigente (Art. 3). Y por encima de él está el SMI, que es un suelo legal indisponible. Estos son los pasos:

  1. Comprueba primero el suelo legal. Suma todo tu bruto anual —salario base, plus profesional, plus convenio, antigüedad, pluses— y compáralo con los 17.094 € del SMI 2026 a jornada completa. Si no llegas, la empresa te debe la diferencia como "garantía SMI" (Disposición Adicional Octava).
  2. Revisa después los conceptos del convenio. Que cobres el SMI no elimina el resto de derechos: las tres pagas extras, los 32 días de vacaciones, los dos días de descanso por festivo trabajado, el complemento del 100 % desde el día 1 en accidente laboral, los 2,5 km de desplazamientos. Estos no los cubre el SMI.
  3. Pide la nómina detallada por escrito si los conceptos no aparecen separados. Es una obligación de la empresa (art. 29.1 ET). Aprovecha para dejar constancia de la discrepancia.
  4. Acude a la Comisión Paritaria o a la vía extrajudicial. El convenio somete las cuestiones de aplicación e interpretación a su Comisión Paritaria en primera instancia (Art. 6) y se adhiere al VII Acuerdo de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales de la Comunitat Valenciana (Disposición Adicional Séptima). Para reclamaciones individuales, la papeleta de conciliación ante el SMAC es gratuita e interrumpe la prescripción.
  5. Vigila el plazo. Tienes un año por cada mensualidad para reclamar diferencias salariales (art. 59.2 ET).

Código REGCON: 03000145011982. Los sindicatos firmantes son CCOO y UGT, ambos con asesoría en la provincia. Guía completa para reclamar diferencias →

Recursos oficiales y sindicales

BOP Alicante — Convenio y tablas
Texto articulado y tablas salariales completas en el nº 87 de 8 de mayo de 2023 (edicto 3699). Consulta: sede.diputacionalicante.es
REGCON — Ministerio de Trabajo
Registro estatal de convenios. Código: 03000145011982. Acceder
CCOO — Comisión Paritaria
Sindicato firmante. La Comisión Paritaria del convenio tiene su domicilio en sus locales: Avenida de Salamanca 33, 3.ª, 03005 Alicante. habitat.ccoo.es
FESMC-UGT Comunitat Valenciana
Sindicato firmante. Archivo del convenio provincial y asesoramiento: fesmcugtcv.org
AELPA · ASPEL
Asociación Provincial de Empresas de Limpieza de Edificios y Locales y Asociación Profesional de Empresas de Limpieza, patronales firmantes del convenio.
SMI 2026 — Real Decreto 126/2026
Norma que fija el suelo salarial aplicable: 1.221 €/mes y 17.094 € anuales. Ver en el BOE

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra una limpiadora en Alicante en 2026?

La tabla del convenio fija para Limpiador/a un total de 960,00 € al mes en 15 pagas, es decir 14.400,00 € brutos anuales. Pero esa tabla es de 2023 y queda por debajo del salario mínimo: el SMI 2026 es de 1.221 €/mes y 17.094 € anuales (RD 126/2026). Como el SMI es un suelo legal que ningún convenio puede rebajar, lo que se cobra realmente es el SMI. La diferencia es de 2.694 € brutos al año.

¿Por qué el convenio dice 960 € si yo cobro más?

Porque el convenio lleva sin actualizarse desde 2023 y sus tablas se han quedado por debajo del mínimo legal. El propio texto lo previó en su Disposición Adicional Octava: si la retribución anual total no alcanza el SMI, la empresa debe abonar la diferencia en concepto de "garantía SMI". Por eso tu nómina refleja el SMI aunque la tabla diga menos. No es un error de la empresa: es el suelo legal actuando.

¿Sigue vigente el convenio si expiró en 2023?

Sí. Estuvo vigente del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023 y quedó denunciado automáticamente el 31 de octubre de 2023 (Art. 3). Desde entonces está en ultraactividad: decaen las cláusulas obligacionales, pero "manteniéndose en vigor, en cambio, su contenido normativo". Jornada, vacaciones, pagas extras, licencias, subrogación y protecciones por baja siguen siendo exigibles.

¿Cuántas pagas extra tiene el convenio de limpieza de Alicante?

Tres: Verano, Diciembre y Beneficios (Art. 36), lo que suma 15 pagas al año. La de verano se abona con la nómina de junio, la de diciembre el 15 de diciembre y la de beneficios antes del 15 de febrero, aunque esta última puede prorratearse mensualmente. Es mejor condición que en Valencia, Madrid o Barcelona, con 14 pagas.

¿Qué son los 240 días de vacaciones retribuidas del Art. 41?

Una compensación por salida anticipada poco habitual en el sector. Quien cause baja voluntaria a los 60 años tiene derecho a 240 días naturales de vacaciones retribuidas antes de irse —unos ocho meses de sueldo—. La escala decrece con la edad: 210 días a los 61, 120 a los 62, 90 a los 63 y 30 a los 64. Si no pueden disfrutarse se abonan en la liquidación, y el derecho se conserva aunque haya habido subrogación.

¿Cuál es la jornada del convenio?

39 horas semanales (Art. 17), distribuidas entre los seis días de trabajo salvo pacto en contrario. Está a una hora del máximo legal de 40 horas de promedio anual del art. 34.1 ET. En jornada continuada hay 20 minutos de descanso retribuido, que suben a 45 minutos cuando la jornada supera cinco horas seguidas y comprende íntegramente la franja de 14:15 a 15:00 o la de 22:15 a 23:00.

¿Me cubre este convenio si limpio aviones o barcos?

Sí. El Art. 1 incluye expresamente la limpieza de aviones, aeronaves y barcos en el ámbito funcional, además de edificios y locales. Es relevante en el aeropuerto de Alicante-Elche y en el puerto. En cambio no te cubre si prestas servicio en centros dependientes del Servicio Valenciano de la Salud o de la Diputación Provincial: tienen convenio propio.

¿Aplica la subrogación si cambia la empresa de limpieza?

Sí, por el Art. 7. La nueva adjudicataria debe subrogar al personal en activo con cuatro meses mínimos de antigüedad en la contrata, sea cual sea su modalidad de contrato; a quienes tengan reserva de puesto con seis meses; al personal interino que los sustituya; y a nuevos ingresos por ampliación o vacantes fijas de los seis meses anteriores. La empresa saliente entrega la documentación en un plazo de 5 a 15 días naturales.

Fuentes oficiales verificadas

Quién audita esto

Esta ficha se ha cruzado manualmente contra el texto íntegro del BOP Alicante nº 87 de 2023, artículo por artículo, y contra el Real Decreto del SMI vigente. Las cuantías de la tabla salarial están transcritas de la publicación oficial; los cálculos de antigüedad y de brecha con el SMI son elaboración propia y se identifican como tales.

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