Tabla salarial 2026 — 5 grupos profesionales × 3 establecimientos
Las cuantías son salario base mensual en euros para el año 2026, ya con el incremento del 4,5% aplicado sobre las tablas 2025. El salario que percibe cada persona trabajadora se determina cruzando dos dimensiones: su Grupo Profesional (1 a 5, según responsabilidad y formación de la categoría) y el Tipo de Establecimiento donde presta servicios (A, B o C, según clasificación del local).
| Grupo Profesional | Establecimiento A | Establecimiento B | Establecimiento C |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | 1.515,80 € | 1.390,81 € | 1.314,20 € |
| Grupo 2 | 1.476,50 € | 1.313,36 € | 1.287,51 € |
| Grupo 3 | 1.447,69 € | 1.292,71 € | 1.272,06 € |
| Grupo 4 | 1.411,04 € | 1.277,17 € | 1.253,89 € |
| Grupo 5 | 1.297,14 € | 1.261,68 € | 1.253,89 € |
Tabla salarial 2025 (referencia histórica)
| Grupo Profesional | Establecimiento A | Establecimiento B | Establecimiento C |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | 1.450,53 € | 1.330,92 € | 1.257,61 € |
| Grupo 2 | 1.412,92 € | 1.256,80 € | 1.232,07 € |
| Grupo 3 | 1.385,35 € | 1.237,04 € | 1.217,28 € |
| Grupo 4 | 1.350,28 € | 1.222,17 € | 1.199,89 € |
| Grupo 5 | 1.241,28 € | 1.207,35 € | 1.199,89 € |
Tabla salarial 2027 (proyección oficial pactada)
| Grupo Profesional | Establecimiento A | Establecimiento B | Establecimiento C |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | 1.584,01 € | 1.453,40 € | 1.373,34 € |
| Grupo 2 | 1.542,94 € | 1.372,46 € | 1.345,48 € |
| Grupo 3 | 1.512,84 € | 1.350,88 € | 1.329,30 € |
| Grupo 4 | 1.474,54 € | 1.334,64 € | 1.310,32 € |
| Grupo 5 | 1.355,51 € | 1.318,46 € | 1.310,32 € |
Tabla salarial 2028 (último año de vigencia formal)
| Grupo Profesional | Establecimiento A | Establecimiento B | Establecimiento C |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | 1.655,29 € | 1.518,80 € | 1.435,14 € |
| Grupo 2 | 1.612,37 € | 1.434,22 € | 1.406,03 € |
| Grupo 3 | 1.580,92 € | 1.411,67 € | 1.389,12 € |
| Grupo 4 | 1.540,89 € | 1.394,70 € | 1.369,28 € |
| Grupo 5 | 1.416,51 € | 1.377,79 € | 1.369,28 € |
Pluses, complementos y otros conceptos salariales 2026
Todos los conceptos siguientes se incrementan en el mismo 4,5% pactado para el salario base. Las cuantías que aparecen son las vigentes para 2026 según el Anexo del convenio publicado en BOP nº 153.
| Concepto | Artículo | Cuantía 2026 |
|---|---|---|
| Plus de transporte general | Art. 9 | 3,02 €/día trabajado |
| Plus de transporte hoteles fuera del casco urbano | Art. 9 | 3,96 €/día trabajado |
| Antigüedad — base de cálculo | Art. 6 | 653,98 € |
| Antigüedad — 5 años de servicio | Art. 6 | +4% sobre base |
| Antigüedad — 10 años de servicio | Art. 6 | +8% sobre base |
| Antigüedad — 15 años de servicio | Art. 6 | +12% sobre base |
| Antigüedad — 20 años de servicio | Art. 6 | +16% sobre base |
| Antigüedad — 25 años de servicio | Art. 6 | +20% sobre base |
| Nocturnidad (22:00–06:00) | Art. 7 | +25% sobre salario base |
| Horas extraordinarias | Art. 21 | +75% sobre hora ordinaria |
| Ropa de trabajo | Anexo | 25,45 €/mes |
| Manutención (compensación) | Anexo | 39,04 €/mes |
| Alojamiento (compensación) | Anexo | 7,92 €/mes |
| Quebranto de moneda (Cajero/a) | Anexo | 31,14 €/mes |
| Desgaste de útiles y herramientas | Anexo | 38,93 €/trimestre |
| Premio de natalidad | Anexo | 147,87 €/nacimiento |
| Ayuda estudios | Anexo | 11,21 €/mes |
Servicios extraordinarios — banquetes, bodas y eventos especiales
El Art. 14 regula como "servicios extraordinarios" aquellos eventos ocasionales (banquetes, lunch, bodas, grupos de desayunos) que no pueden ser atendidos únicamente por el personal de plantilla de la empresa. El convenio exige a las empresas contratar para estos servicios a personas trabajadoras inscritas como Profesionales de Hostelería en la Oficina de Empleo, dándolas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Cuando el servicio se realiza fuera del casco urbano, la empresa cubre desplazamiento y manutención del personal.
| Concepto | Cuantía 2026 |
|---|---|
| Camareros/as — hasta 4 horas | 89,77 € |
| Cocineros/as — hasta 4 horas | 95,43 € |
| Hora adicional (a partir de la 4ª) | 22,47 €/hora |
| Servicio Nochevieja y Cotillón — hasta 4 horas | 56,09 €/hora (mín. 4 h) |
| Nochevieja y Cotillón — hora adicional | 22,47 €/hora |
Contratos para la formación 2026
Las cuantías mensuales para los contratos formativos durante el año 2026 son:
- 1º año del contrato: 889,16 €/mes
- 2º año del contrato: 988,35 €/mes
Estas cuantías corresponden a la retribución mínima del aprendiz o aprendiza durante los dos primeros años, ya con el incremento del 4,5% aplicado para 2026.
Vigencia y prórroga: Art. 4 del convenio
La cláusula de vigencia es una de las más sólidas del cluster Hostelería andaluz, con tres niveles de garantía superpuestos:
En la práctica esto significa: vigencia formal pactada hasta 31-dic-2028, prórroga automática si nadie denuncia, y mantenimiento del articulado tras vencer hasta que entre en vigor un convenio nuevo. Para 2026, la aplicación de las tablas, complementos, antigüedad, jornada y todas las demás cláusulas no requiere ningún acto adicional — todo está plenamente vigente.
¿Cómo verificar si tu nómina cumple el convenio?
Identifica primero a qué Grupo Profesional pertenece tu categoría (consulta el Anexo del convenio en el BOP) y a qué Tipo de Establecimiento corresponde tu local (categoría A, B o C). Cruza ambos datos en la tabla 2026 para conocer tu salario base mensual mínimo. Compara la suma de salario base más complementos no salariales (antigüedad si la cumples, plus de transporte, plus de nocturnidad si trabajas en horario nocturno) con la cifra de tu casilla. Si la nómina es inferior, la empresa te debe la diferencia y puedes reclamarla.
Verifica también que se te abonan correctamente las pagas extraordinarias de Julio, Octubre y Navidad — cada una de una mensualidad de salario convenio más antigüedad y garantía personal cuando proceda. Si tu jornada incluye horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00, comprueba que aparece el complemento de nocturnidad (+25% sobre salario base por cada hora nocturna). Si has hecho horas extraordinarias estructurales o de fuerza mayor, deben pagarse al 175% (incremento del 75% sobre la hora ordinaria).
Régimen general estatal del IRPF
Cádiz es provincia de la Comunidad Autónoma de Andalucía y aplica el régimen común del IRPF: la cuota tributaria se calcula sumando la tarifa estatal y la tarifa autonómica de Andalucía publicadas en la Ley General de Presupuestos del Estado y en la Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía respectivamente. No aplica régimen foral.
Para convertir tu bruto anual (salario base × 15 pagas más antigüedad y complementos) en salario neto en Cádiz aplicando el IRPF estatal y autonómico, usa la calculadora de SalarioJusto.
Calcula tu salario neto exacto a partir de tu salario base del convenio.
Calculadora de salario neto →¿Cobras menos de lo que fija el convenio?
Si tu nómina está por debajo del salario base del Grupo Profesional y Tipo de Establecimiento que te corresponde, puedes reclamar las diferencias salariales. Tienes 1 año por mensualidad de plazo desde que debió pagarse (art. 59.2 ET). Presentar papeleta de conciliación ante el SERCLA (Sistema de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Andalucía) interrumpe el plazo de prescripción y es gratuito. La papeleta es un trámite sencillo y obligatorio antes de acudir al juzgado de lo social.
Consulta nuestra guía completa para reclamar diferencias salariales paso a paso, con plantilla descargable.
Fuentes oficiales
- Convenio íntegro 2025-2028 + Anexos con tablas 2025/2026/2027/2028: BOP nº 153 del 12 de agosto de 2025 (CVE 122.302).
- Inscripción en el Registro: 11 de julio de 2025 (Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo).
- Código REGCON: 11000065011981.
- Sección publicación: Junta de Andalucía — Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.