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Convenio Cádiz · Hostelería · Vigente 2025-2028

Convenio Hostelería Cádiz 2026: de 1.253 € a 1.515 € al mes en 15 pagas

Tablas oficiales 2026 publicadas en BOP nº 153 del 12 de agosto de 2025. 5 grupos profesionales × 3 tipos de establecimiento (A, B, C). Vigencia formal hasta 31 de diciembre de 2028. Jornada 1.800 h/año.

Datos clave del convenio
Código REGCON
11000065011981
Ámbito territorial
Provincia de Cádiz
Vigencia formal
1 ene 2025 → 31 dic 2028
Tras vencimiento
Tácita reconducción + ultraactividad articulada
Jornada anual
1.800 h de trabajo efectivo
Pagas anuales
15 (12 mensualidades + 3 extras)
Estructura salarial
5 grupos × 3 tipos establecimiento
Régimen IRPF
Común estatal (Andalucía)
Publicación oficial
BOP nº 153, 12-ago-2025
CVE
122.302
Firmantes patronal
HORECA
Firmantes sindical
UGT + CCOO
Convenio plenamente vigente en 2026 con incrementos pactados a 4 años. A diferencia de convenios provinciales en ultraactividad, el convenio sectorial de Hostelería de Cádiz está vigente formalmente hasta el 31 de diciembre de 2028 (Art. 4). El incremento del 4,5% para 2026 ya está aplicado en las tablas que aparecen como Anexo del propio convenio publicado en agosto de 2025. Adicionalmente, el Art. 4 establece dos garantías: "prorrogándose de forma tácita si no mediara denuncia con dos meses de antelación" y "el contenido articulado del Convenio se mantendrá en vigor, una vez concluida la duración del mismo, hasta tanto no se pacte otro nuevo Convenio que sustituya al presente".

Tabla salarial 2026 — 5 grupos profesionales × 3 establecimientos

Las cuantías son salario base mensual en euros para el año 2026, ya con el incremento del 4,5% aplicado sobre las tablas 2025. El salario que percibe cada persona trabajadora se determina cruzando dos dimensiones: su Grupo Profesional (1 a 5, según responsabilidad y formación de la categoría) y el Tipo de Establecimiento donde presta servicios (A, B o C, según clasificación del local).

Tabla 2026 oficial · BOP 153
Grupo Profesional Establecimiento A Establecimiento B Establecimiento C
Grupo 11.515,80 €1.390,81 €1.314,20 €
Grupo 21.476,50 €1.313,36 €1.287,51 €
Grupo 31.447,69 €1.292,71 €1.272,06 €
Grupo 41.411,04 €1.277,17 €1.253,89 €
Grupo 51.297,14 €1.261,68 €1.253,89 €
Salario Mínimo de Convenio 2026: 1.253,89 €/mes. Según el Art. 16, ningún trabajador o trabajadora afectada por este convenio puede percibir un salario base inferior a 1.253,89 €/mes en 2026, salvo aquellas categorías que tengan establecido un salario específico superior. Esta cifra coincide con la del Grupo 4 y Grupo 5 en establecimientos de tipo C. En 14 pagas equivaldría a 17.554,46 €/año, y en 15 pagas a 18.808,35 €/año.
Tabla salarial 2025 (referencia histórica)
Grupo Profesional Establecimiento A Establecimiento B Establecimiento C
Grupo 11.450,53 €1.330,92 €1.257,61 €
Grupo 21.412,92 €1.256,80 €1.232,07 €
Grupo 31.385,35 €1.237,04 €1.217,28 €
Grupo 41.350,28 €1.222,17 €1.199,89 €
Grupo 51.241,28 €1.207,35 €1.199,89 €
Tabla salarial 2027 (proyección oficial pactada)
Grupo Profesional Establecimiento A Establecimiento B Establecimiento C
Grupo 11.584,01 €1.453,40 €1.373,34 €
Grupo 21.542,94 €1.372,46 €1.345,48 €
Grupo 31.512,84 €1.350,88 €1.329,30 €
Grupo 41.474,54 €1.334,64 €1.310,32 €
Grupo 51.355,51 €1.318,46 €1.310,32 €
Tabla salarial 2028 (último año de vigencia formal)
Grupo Profesional Establecimiento A Establecimiento B Establecimiento C
Grupo 11.655,29 €1.518,80 €1.435,14 €
Grupo 21.612,37 €1.434,22 €1.406,03 €
Grupo 31.580,92 €1.411,67 €1.389,12 €
Grupo 41.540,89 €1.394,70 €1.369,28 €
Grupo 51.416,51 €1.377,79 €1.369,28 €

Pluses, complementos y otros conceptos salariales 2026

Todos los conceptos siguientes se incrementan en el mismo 4,5% pactado para el salario base. Las cuantías que aparecen son las vigentes para 2026 según el Anexo del convenio publicado en BOP nº 153.

Pluses y complementos · cuantías 2026
Concepto Artículo Cuantía 2026
Plus de transporte generalArt. 93,02 €/día trabajado
Plus de transporte hoteles fuera del casco urbanoArt. 93,96 €/día trabajado
Antigüedad — base de cálculoArt. 6653,98 €
Antigüedad — 5 años de servicioArt. 6+4% sobre base
Antigüedad — 10 años de servicioArt. 6+8% sobre base
Antigüedad — 15 años de servicioArt. 6+12% sobre base
Antigüedad — 20 años de servicioArt. 6+16% sobre base
Antigüedad — 25 años de servicioArt. 6+20% sobre base
Nocturnidad (22:00–06:00)Art. 7+25% sobre salario base
Horas extraordinariasArt. 21+75% sobre hora ordinaria
Ropa de trabajoAnexo25,45 €/mes
Manutención (compensación)Anexo39,04 €/mes
Alojamiento (compensación)Anexo7,92 €/mes
Quebranto de moneda (Cajero/a)Anexo31,14 €/mes
Desgaste de útiles y herramientasAnexo38,93 €/trimestre
Premio de natalidadAnexo147,87 €/nacimiento
Ayuda estudiosAnexo11,21 €/mes

Servicios extraordinarios — banquetes, bodas y eventos especiales

El Art. 14 regula como "servicios extraordinarios" aquellos eventos ocasionales (banquetes, lunch, bodas, grupos de desayunos) que no pueden ser atendidos únicamente por el personal de plantilla de la empresa. El convenio exige a las empresas contratar para estos servicios a personas trabajadoras inscritas como Profesionales de Hostelería en la Oficina de Empleo, dándolas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Cuando el servicio se realiza fuera del casco urbano, la empresa cubre desplazamiento y manutención del personal.

Retribuciones servicios extraordinarios 2026
Concepto Cuantía 2026
Camareros/as — hasta 4 horas89,77 €
Cocineros/as — hasta 4 horas95,43 €
Hora adicional (a partir de la 4ª)22,47 €/hora
Servicio Nochevieja y Cotillón — hasta 4 horas56,09 €/hora (mín. 4 h)
Nochevieja y Cotillón — hora adicional22,47 €/hora

Contratos para la formación 2026

Las cuantías mensuales para los contratos formativos durante el año 2026 son:

Estas cuantías corresponden a la retribución mínima del aprendiz o aprendiza durante los dos primeros años, ya con el incremento del 4,5% aplicado para 2026.

Vigencia y prórroga: Art. 4 del convenio

La cláusula de vigencia es una de las más sólidas del cluster Hostelería andaluz, con tres niveles de garantía superpuestos:

"Este Convenio Colectivo comenzará a surtir sus efectos desde el día 1 de enero del 2025, finalizando su vigencia el día 31 de diciembre del 2028, prorrogándose de forma tácita si no mediara denuncia con dos meses de antelación a su vencimiento. La parte que denuncie el mismo, estará obligada a comunicarlo a la otra parte. El contenido articulado del Convenio se mantendrá en vigor, una vez concluida la duración del mismo, hasta tanto no se pacte otro nuevo Convenio que sustituya al presente."

En la práctica esto significa: vigencia formal pactada hasta 31-dic-2028, prórroga automática si nadie denuncia, y mantenimiento del articulado tras vencer hasta que entre en vigor un convenio nuevo. Para 2026, la aplicación de las tablas, complementos, antigüedad, jornada y todas las demás cláusulas no requiere ningún acto adicional — todo está plenamente vigente.

¿Cómo verificar si tu nómina cumple el convenio?

Identifica primero a qué Grupo Profesional pertenece tu categoría (consulta el Anexo del convenio en el BOP) y a qué Tipo de Establecimiento corresponde tu local (categoría A, B o C). Cruza ambos datos en la tabla 2026 para conocer tu salario base mensual mínimo. Compara la suma de salario base más complementos no salariales (antigüedad si la cumples, plus de transporte, plus de nocturnidad si trabajas en horario nocturno) con la cifra de tu casilla. Si la nómina es inferior, la empresa te debe la diferencia y puedes reclamarla.

Verifica también que se te abonan correctamente las pagas extraordinarias de Julio, Octubre y Navidad — cada una de una mensualidad de salario convenio más antigüedad y garantía personal cuando proceda. Si tu jornada incluye horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00, comprueba que aparece el complemento de nocturnidad (+25% sobre salario base por cada hora nocturna). Si has hecho horas extraordinarias estructurales o de fuerza mayor, deben pagarse al 175% (incremento del 75% sobre la hora ordinaria).

Régimen general estatal del IRPF

Cádiz es provincia de la Comunidad Autónoma de Andalucía y aplica el régimen común del IRPF: la cuota tributaria se calcula sumando la tarifa estatal y la tarifa autonómica de Andalucía publicadas en la Ley General de Presupuestos del Estado y en la Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía respectivamente. No aplica régimen foral.

Para convertir tu bruto anual (salario base × 15 pagas más antigüedad y complementos) en salario neto en Cádiz aplicando el IRPF estatal y autonómico, usa la calculadora de SalarioJusto.

Calcula tu salario neto exacto a partir de tu salario base del convenio.

Calculadora de salario neto →

¿Cobras menos de lo que fija el convenio?

Si tu nómina está por debajo del salario base del Grupo Profesional y Tipo de Establecimiento que te corresponde, puedes reclamar las diferencias salariales. Tienes 1 año por mensualidad de plazo desde que debió pagarse (art. 59.2 ET). Presentar papeleta de conciliación ante el SERCLA (Sistema de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Andalucía) interrumpe el plazo de prescripción y es gratuito. La papeleta es un trámite sencillo y obligatorio antes de acudir al juzgado de lo social.

Consulta nuestra guía completa para reclamar diferencias salariales paso a paso, con plantilla descargable.

Fuentes oficiales