Lo firmaron el 10 de abril de 2025 la Confederación de Empresarios de Zaragoza (CEOE Zaragoza) y la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa de Zaragoza (CEPYME Zaragoza), por las empresas, y la FeSMC-UGT Aragón y la Federación de Servicios de CCOO Aragón, por la plantilla (preámbulo y resolución de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza).
En 30 segundos · Qué es. El convenio de las oficinas y despachos de la provincia de Zaragoza sin convenio propio: ocho niveles y dieciséis pagas. Venció el 31 de diciembre de 2025 y quedó denunciado de forma automática; sin convenio nuevo, sigue aplicándose.
Tablas 2026. Rigen las de 2025, un 3 % sobre 2024. La revisión del 1 % exigía un IPC de diciembre por encima del 3 % y fue del 2,9 %.
Lo propio de Zaragoza. Jornada de cuatro horas la semana del Pilar, ascenso de auxiliar administrativo/a a oficial/a de segunda a los cinco o seis años y bajas al 100 % desde el primer día.
El salario mínimo. El nivel 8 queda 103 € al año por encima del SMI de 2026.
Antes de seguir: ¿este convenio te cubre?
Se aplica en toda la provincia de Zaragoza y «regulará las relaciones de trabajo en las empresas que se rigen por la Ordenanza Laboral de Oficinas y Despachos, aprobada por Orden Ministerial de 31 de octubre de 1972, salvo aquellas actividades que posean un convenio propio» (art. 1). Alcanza a toda la plantilla, con las únicas exclusiones del art. 1.3 del Estatuto de los Trabajadores.
- Te cubre si tu empresa, con centro en la provincia de Zaragoza, es de oficinas y despachos y su actividad no tiene convenio propio. Cada puesto se encuadra en uno de los ocho niveles del anexo I, y las categorías se agrupan en cuatro grupos profesionales: titulados/as, personal administrativo, técnicos/as y especialistas de oficina, y «oficios varios y subalternos».
- NO te cubre si tu actividad tiene convenio propio, aunque trabajes en una oficina. El convenio que te aplican figura en tu nómina o en tu contrato.
- Si tu empresa es del metal, del comercio del metal, de hostelería o de limpieza, lo normal es que te aplique su convenio sectorial aunque tu puesto sea administrativo: en Zaragoza tienen convenio provincial propio, como el del metal de Zaragoza, el del comercio del metal, el de hostelería o el de limpieza.
Base: art. 1 del convenio (BOPZ núm. 128, 7 de junio de 2025).
Tabla salarial 2026 · oficinas y despachos de Zaragoza
Cómo leer la tabla. Una fila por nivel, con las categorías que agrupa. «Al mes» es lo que se cobra en cada una de las 16 pagas; «Al año» es la cifra anual que publica el propio boletín. Son las cifras de 2025 del anexo III, que siguen vigentes en 2026 porque no hay convenio nuevo. La última columna es la tabla de 2024 sobre la que se calculó la subida.
| Nivel y categorías | Al mes (16 pagas) | Al año | Al mes en 2024 |
|---|---|---|---|
| Nivel 1 Titulado/a de grado superior |
1.703,57 € | 27.257,10 € | 1.653,95 € |
| Nivel 2 Titulado/a de grado medio, graduado/a social, jefe/a superior |
1.476,91 € | 23.630,52 € | 1.433,89 € |
| Nivel 3 Jefe/a de primera, jefe/a de equipo de informática, analista, programador/a de ordenador, programador/a analista |
1.431,34 € | 22.901,51 € | 1.389,66 € |
| Nivel 4 Jefe/a de segunda, coordinador/a de tratamiento de cuestionarios, jefe/a de explotación, programador/a de máquinas auxiliares, jefe/a de delineación, administrador/a de test, operador/a de primera de fotogrametría, jefe/a vigilante de sector |
1.387,61 € | 22.201,71 € | 1.347,19 € |
| Nivel 5 Oficial/a de primera administrativo/a, coordinador/a de estudios, jefe/a de equipo de encuestas, delineante proyectista, jefe/a de máquinas básicas, jefe/a de transportes |
1.342,34 € | 21.477,51 € | 1.303,25 € |
| Nivel 6 Oficial/a de segunda administrativo/a, operador/a de ordenador, delineante, operador/a de segunda de fotogrametría, inspector/a de entrevistadores/as, encargado/a de oficios varios |
1.298,21 € | 20.771,31 € | 1.260,39 € |
| Nivel 7 Operador/a de máquinas básicas, dibujante, entrevistador/a-encuestador/a, grabador/a, clasificador/a, oficial/a de oficios varios |
1.164,19 € | 18.627,03 € | 1.130,28 € |
| Nivel 8 Auxiliar administrativo/a, auxiliar de caja, auxiliar telefonista, operador/a de reproductoras de planos, operador/a de multicopista, ayudante de fotogrametría, conserje, ordenanza, limpiador/a, portero/a, peón/a |
1.074,81 € | 17.196,98 € | 1.043,51 € |
Cómo se lee. El salario anual es el mensual por 16: doce mensualidades y las cuatro pagas extra de febrero, julio, octubre y diciembre (art. 11). Ejemplo del nivel 8: 1.074,81 × 16 = 17.196,96 €; el boletín publica 17.196,98 € por redondeo. No incluye el plus de transporte, el complemento de permanencia ni el ad personam.
Cotejado: cada salario de 2025 es el de 2024 × 1,03, con desvíos de un céntimo por redondeo, y cada anual del boletín es el mensual × 16 con desvíos de hasta 7 céntimos. Las categorías salen del anexo I y de las columnas del anexo III; el boletín las escribe en masculino genérico y aquí van en forma inclusiva.
Dónde queda el/la auxiliar administrativo/a. Con 17.196,98 € al año, el nivel 8 queda 102,98 € por encima del salario mínimo de 2026 (17.094 €): es el margen más estrecho de la tabla. Con el ascenso al nivel 6, a los cinco o seis años, sube a 20.771,31 €. En Almería, el convenio de oficinas da al o la auxiliar administrativo/a 17.595,11 € al año con 15 pagas y una bolsa de vacaciones.
Por qué los salarios no suben en 2026
El convenio fijó dos años. Para 2024 pactó una paga única de 508,58 €, proporcional a la jornada y al tiempo trabajado, y la tabla de 2024 del anexo II se publicó «solo a efectos de cálculo de tablas 2025». Para 2025, un 3 % sobre esa tabla, también en los pluses salvo el kilometraje (art. 8) y el complemento de permanencia (art. 19). Los atrasos de 2025 se pagaban hasta el 31 de julio de 2025; el plazo de un año para reclamarlos cuenta desde que pudieron exigirse (art. 59.2 del Estatuto), así que ya ha pasado, salvo que se interrumpiera antes, por ejemplo con una papeleta de conciliación: si es tu caso, consúltalo con un sindicato. La vigencia terminó el 31 de diciembre de 2025 y el art. 3 lo da por «automáticamente denunciado» sin necesidad de comunicarlo.
A 29 de octubre de 2026 no se ha publicado convenio nuevo en el BOPZ ni consta un trámite posterior en REGCON. El convenio no pacta qué pasa tras la denuncia, y en ese caso el art. 86.3 del Estatuto de los Trabajadores dice que «en defecto de pacto, se mantendrá su vigencia» durante la negociación: hoy se aplica con las cuantías de 2025. Si pasa un año desde la denuncia sin acuerdo, las partes deben acudir a la mediación del sistema extrajudicial (art. 86.4): con la denuncia al terminar 2025, eso llega en enero de 2027. El convenio se adhiere al del Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (cláusula adicional tercera). Aunque la negociación acabe sin acuerdo, «en defecto de pacto» el convenio mantiene su vigencia (art. 86.4, último inciso).
| Condición | Umbral | IPC a diciembre de 2025 | ¿Revisión? |
|---|---|---|---|
| IPC de diciembre de 2025 «superior al 3%» | 3 % | 2,9 % | No |
Si se hubiera cumplido, el art. 9 sumaba «un incremento adicional máximo del 1% con efecto de 1 de enero de 2026». IPC general nacional del INE, nota del 15 de enero de 2026, variación anual de diciembre; el de Aragón también fue del 2,9 %.
El ascenso de auxiliar administrativo/a a oficial/a de segunda
Es lo más singular de esta tabla. Quien entra como auxiliar administrativo/a de nivel 8 pasa al nivel 6, oficial/a de segunda administrativo/a, «en el momento de alcanzar cinco años de antigüedad en nivel 8 en la empresa, si existiese vacante, o a los seis años de no existir vacante» (art. 22). En 2026 son 3.574,33 € más al año: de 17.196,98 € a 20.771,31 €.
El ascenso no se aplica cuando se cumplen las tres condiciones a la vez: que el o la auxiliar tenga contrato indefinido, que la empresa mantenga al menos un 75 % de contratos fijos (un 50 % en las empresas de dos personas) y que haya mantenido el mismo número de personas en plantilla los dos últimos años. Si alguna falla, el ascenso corre. El art. 22 habla solo de «auxiliares administrativos»: no nombra a auxiliares de caja ni telefonistas, que comparten nivel.
Pluses, complementos y dietas
| Concepto | Cuantía | Quién y cómo |
|---|---|---|
| Plus de transporte | 84,99 €/mes | Toda la plantilla, once meses al año, completo sea cual sea la jornada (art. 12) |
| Nocturnidad | 20 % del salario base | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00. Menos de cuatro horas, solo las trabajadas; más de cuatro, toda la jornada (art. 13) |
| Quebranto de moneda | 48,11 €/mes | Cajeros/as y cobradores/as a domicilio (art. 16) |
| Complemento de permanencia | 24 €/mes por trienio | Trienios desde 1997, máximo seis; igual para todas las categorías y sin subida durante el convenio. Se cobra también en las pagas extra (arts. 11 y 19) |
| Plus de fidelidad | 28,80 €/mes | Con 60 años o más y diez de antigüedad, en doce mensualidades, durante cinco años como máximo; se pierde al llegar a la edad legal de jubilación (art. 31) |
| Vacaciones fuera del verano | 127,26 € | Gratificación si la empresa no deja disfrutarlas en verano (art. 18) |
| Dieta con una comida | 48,11 € | Desplazamiento fuera de la localidad de destino, además de los gastos de locomoción; desde julio de 2025, sin atrasos (arts. 8 y 14) |
| Dieta con comida y pernocta | 91,41 € | Ídem (art. 14) |
| Kilometraje | 0,26 €/km | Vehículo propio por necesidades de la empresa; desde julio de 2025, al margen de la subida del 3 % y sin atrasos (arts. 8 y 15) |
Los trienios reconocidos antes de 1997 se conservan como complemento ad personam, que sube con el incremento pactado para las tablas: en 2026, ninguno (art. 19). El boletín da 84,99 € de transporte y 48,11 € de dieta y de quebranto, un céntimo de diferencia con el 3 % exacto sobre 2024 (85,00 € y 48,10 €): reproducimos sus cifras. El convenio no dice si el plus de transporte es salarial o extrasalarial.
Salario hora y horas extra
El convenio fija la fórmula del salario hora: 16 × (salario mensual + plus ad personam + plus de permanencia) / 1.760 (cláusula adicional segunda). Para un nivel 8 sin trienios son 9,77 € la hora. La hora extra se paga con un 40 % más, 13,68 € en ese caso, o se compensa con descanso equivalente si lo acuerdan la empresa y la persona trabajadora (art. 23).
Bajas: el 100 % desde el primer día
En la incapacidad temporal por cualquier contingencia, enfermedad común incluida, la empresa completa la prestación de la Seguridad Social «hasta alcanzar el 100% del salario real» desde el primer día de la baja y durante un máximo de nueve mensualidades. Además, debe tener un seguro de 24.000 € para la incapacidad permanente parcial, total, absoluta, la gran invalidez y el fallecimiento, siempre que deriven de accidente de trabajo o enfermedad profesional (art. 24).
Jornada, semana del Pilar y vacaciones
- Jornada: 1.760 horas al año, equivalentes a 40 semanales. Del 15 de junio al 15 de septiembre se procurará la jornada continuada, si la producción lo permite (art. 17).
- Semana del Pilar o de las fiestas mayores de cada localidad: jornada continuada o por turnos, de cuatro horas como máximo. Si la empresa no puede reducirla, la compensa con dos días de permiso retribuido o con el tiempo proporcional (art. 17).
- Distribución irregular: la empresa puede aplicarla en el porcentaje que fije la ley, salvo a quien tenga reducción de jornada por guarda legal o mientras haya medidas de reducción de jornada o suspensión (art. 17).
- Vacaciones: 30 días naturales con al menos 22 laborables, de común acuerdo y preferentemente en verano. Si la empresa no deja tomarlas en verano, paga una gratificación de 127,26 € (art. 18).
Permisos: lo que mejora el convenio
| Motivo | Convenio (art. 20) | Estatuto (art. 37.3) |
|---|---|---|
| Fallecimiento del cónyuge (también de la pareja de hecho inscrita, art. 34) | 7 días naturales | 2 días, 4 con desplazamiento |
| Matrimonio de un familiar hasta 2.º grado | 1 día; 2 si hay que desplazarse más de 100 km | No lo recoge |
| Asuntos propios | 1 día, con aviso y de común acuerdo con la empresa | No lo recoge |
El resto de permisos, también el fallecimiento de otros familiares, son los del art. 37.3 del Estatuto. El convenio añade que los permisos por matrimonio, accidente o enfermedad graves y fallecimiento empiezan a contar el primer día laborable si el hecho cae en día no laborable o cuando ya has terminado la jornada. La hora de lactancia se puede cambiar por once días laborables seguidos al permiso por nacimiento, avisando a la empresa antes de que este termine y siempre que se siga trabajando en ella cuando el bebé cumpla nueve meses (art. 20). Y se puede pedir un permiso sin sueldo de hasta dos meses, de acuerdo con la empresa (art. 21).
Contratos temporales y fin de contrato
- Circunstancias de la producción: hasta doce meses (art. 27). El art. 15.2 del Estatuto lo limita a seis y deja que un convenio sectorial lo amplíe «hasta un año».
- Indemnización al terminar el contrato: los contratos de más de un año que se extinguen «por haber transcurrido el tiempo por el que fueron contratados» y sin derecho a otra compensación cobran siete días de salario base por año, contando la fracción de mes como mes entero; el art. 30 nombra los de sustitución y los formativos. En nuestra lectura son justo los que el art. 49.1 c) del Estatuto deja sin los doce días por año del resto de temporales. Cómo encaja una sustitución que termina por la vuelta de la persona sustituida es discutible: consúltalo con un sindicato.
- Contrato de relevo: las empresas estudiarán aceptar la jubilación de quien la pida mediante contrato de relevo, en los términos de la ley (art. 28).
Régimen IRPF común de Aragón
Zaragoza aplica el régimen común del IRPF: el impuesto suma el tramo estatal y el autonómico de Aragón, con sus deducciones propias. Dos personas con el mismo bruto cobran distinto neto en Aragón y en otra comunidad.
Calcula tu salario neto en Zaragoza a partir del bruto del convenio, con la escala autonómica y las deducciones aplicables.
Calculadora de salario neto →Cómo verificar si tu nómina cumple el convenio
Ejemplo: Lucía es auxiliar administrativa (nivel 8) en un despacho de Calatayud cuya nómina indica este convenio. Entró en 2024 y aún no tiene trienios. En 2026, en los once meses con plus de transporte, su nómina debe sumar al menos 1.159,80 € brutos: 1.074,81 € de salario y 84,99 € de transporte; en el mes restante, 1.074,81 €. En febrero, julio, octubre y diciembre cobra además una paga extra de 1.074,81 €. En total, 17.196,96 € al año de tabla (el boletín publica 17.196,98 € por redondeo), más 934,89 € de transporte.
Comprueba también que la nómina indica tu nivel. Cuando cumpla el primer trienio, sumará 24 € en cada una de las 16 pagas. Y si sigue en el nivel 8 al cumplir cinco años, mira el ascenso al nivel 6.
¿Cobras menos de lo que fija el convenio?
Las retribuciones del convenio son mínimas. Si entre salario, pagas extra y pluses tu empresa paga menos, la diferencia se puede reclamar.
- Verifica tu nómina contra la tabla de tu nivel, como en el ejemplo de arriba.
- Reclama por escrito a tu empresa (recomendable, no obligatorio) con los conceptos, el importe estimado y el periodo. Burofax con acuse de recibo o correo con confirmación de lectura. Si el plazo de un año está cerca, no esperes la respuesta.
- Si no responden, lo rechazan o el plazo aprieta, presenta papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación del Gobierno de Aragón. Es gratuita y es el paso previo a la demanda. El plazo para reclamar cantidades es de un año desde que pudieron exigirse (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores).
Los sindicatos firmantes (UGT y CCOO) asesoran a sus afiliados y afiliadas, y cualquier sindicato puede hacerlo. Los conflictos colectivos sobre cómo se interpreta o aplica el convenio pasan antes por su comisión paritaria (art. 4) y, si no hay acuerdo, por el Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (cláusula adicional tercera). Código del convenio: 50000895011981. Guía completa para reclamar diferencias →
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un o una auxiliar administrativo/a con el convenio de oficinas de Zaragoza en 2026?
1.074,81 € brutos al mes en 16 pagas: 17.196,98 € al año según el boletín. Es el nivel 8 del convenio de Oficinas y Despachos de la provincia de Zaragoza (código 50000895011981, BOPZ núm. 128 del 7 de junio de 2025), el mismo que el de conserjes, ordenanzas, limpiadores/as y peones/as. Se suman 84,99 € de plus de transporte en once meses. Son las cifras de 2025, que siguen vigentes en 2026.
¿Está vigente el convenio de oficinas y despachos de Zaragoza?
Sí. Su vigencia acabó el 31 de diciembre de 2025 y el art. 3 lo da por denunciado de forma automática, pero a 29 de octubre de 2026 no se ha publicado convenio nuevo. El convenio no pacta qué ocurre tras la denuncia, así que el art. 86.3 del Estatuto de los Trabajadores mantiene su vigencia mientras se negocia: siguen rigiendo las tablas de 2025.
¿Por qué no han subido los salarios en 2026?
Porque el convenio solo fija tablas hasta 2025. Su art. 9 añadía hasta un 1 % desde el 1 de enero de 2026 si el IPC de diciembre de 2025 superaba el 3 %. El INE lo dejó en el 2,9 %, así que la revisión no se activa.
¿Cuántas pagas tiene el convenio y cuándo se cobran?
Dieciséis: doce mensualidades y cuatro pagas extra de una mensualidad, en febrero, julio, octubre y diciembre. Cada paga extra incluye el salario de tabla y, si se tienen, el complemento ad personam y el de permanencia (art. 11). Por eso el salario anual de la tabla es el mensual multiplicado por 16.
¿Algún nivel cobra menos que el salario mínimo?
No. El más bajo, el nivel 8, suma 17.196,98 € al año con las 16 pagas: 102,98 € por encima del salario mínimo de 2026 (17.094 €, Real Decreto 126/2026). La comparamos en cómputo anual y, por prudencia, sin contar el plus de transporte.
¿Cuándo pasa un o una auxiliar administrativo/a a oficial/a de segunda?
A los cinco años en el nivel 8 dentro de la empresa si hay vacante, o a los seis si no la hay. Pasa al nivel 6, con 20.771,31 € al año: 3.574,33 € más. El ascenso no se aplica si tiene contrato indefinido, la empresa mantiene al menos un 75 % de contratos fijos (un 50 % si son dos personas) y ha mantenido el mismo número de personas en plantilla los dos últimos años (art. 22).
¿Qué cobro si estoy de baja?
El 100 % de tu salario real desde el primer día, sea cual sea la causa de la baja: la empresa completa la prestación de la Seguridad Social durante un máximo de nueve mensualidades (art. 24).
¿Cómo es la jornada en las fiestas del Pilar?
La semana del Pilar, o la de las fiestas mayores de cada localidad, la jornada es continuada o por turnos y dura como máximo cuatro horas. Si la empresa no puede reducirla, la compensa con dos días de permiso retribuido o con la parte proporcional (art. 17).
Marco legal y fuentes oficiales
- Convenio 2024-2025 y tablas 2024 y 2025: BOPZ núm. 128 del 7 de junio de 2025, sección quinta, anuncio núm. 4138, págs. 30 a 55 (anexo I en las págs. 43-44; anexo II, pág. 45; anexo III, pág. 46). Citamos los arts. 1 a 4, 8, 9, 11 a 24, 27 a 31, las cláusulas adicionales segunda y tercera y los anexos I a III.
- Trámites del convenio: REGCON, consulta pública, código 50000895011981.
- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015): art. 1.3 (exclusiones), art. 15.2 (contrato por circunstancias de la producción), art. 27 (salario mínimo en cómputo anual), art. 37.3 (permisos), art. 49.1 c) (indemnización por fin de contrato), art. 59.2 (prescripción al año) y art. 86.3 y 86.4 (vigencia tras la denuncia y mediación, en la redacción del Real Decreto-ley 32/2021).
- Salario mínimo: Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, 17.094 € al año en 2026.
- IPC: nota de prensa del INE del 15 de enero de 2026, IPC de diciembre de 2025, tasa anual del 2,9 % (índice general nacional y de Aragón).
Quién audita esto
Verificado contra el BOP de Zaragoza (BOPZ núm. 128, 07/06/2025). Ficha publicada en octubre de 2026 · última revisión el 29 de octubre de 2026.
Esta ficha de convenio ha sido cruzada manualmente contra el texto íntegro del boletín oficial por el equipo de SalarioJusto. Tomamos las tablas de 2024 y 2025 de los anexos II y III, comprobamos fila a fila que 2025 es 2024 × 1,03 y que cada anual es el mensual × 16, cruzamos cada nivel con el salario mínimo, comprobamos con el INE que la revisión del art. 9 no se activó y repasamos los sumarios del BOPZ desde junio de 2025 por si había convenio nuevo o correcciones. Dejamos el boletín y la fecha de revisión visibles para que puedas comprobarlo tú también.
No somos un bufete: somos una herramienta gratuita de transparencia salarial, sin empresas detrás. Si detectas un error, escríbenos y lo corregimos.
Página actualizada el 30 de octubre de 2026 · Registro de cambios